La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha acordado la suspensión cautelar del acuerdo del Gobierno de Castilla-La Mancha, de 28 de julio de 2015, que pretendía proteger el espacio natural donde el Gobierno tiene proyectado el Almacén Nuclear de Villar de Cañas y cuyo emplazamiento fue aprobado por el Consejo de Ministros el 30 de diciembre de 2011.

La junta de Comunidades de Castilla la Mancha, en un intento de frenar la construcción del almacén, aprobó en 2015 la ampliación de un espacio protegido, conocido como la Laguna del Hito, y que incluía el paraje donde se construiría el almacén nuclear.

El Estado planteó recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Supremo por esta decisión.

El Supremo considera prevalente “preservar la adecuada gestión de los residuos radioactivos”

Ahora en la sentencia de aquel recurso, el Supremo considera que, en la ponderación de los intereses públicos y generales en conflicto, “es más atendible el de proseguir las actuaciones para la instalación del ATC, que pretende una pronta y correcta gestión de los residuos radioactivos amparando a todas las especies animales y al medio en general, que la aprobación inmediata de la ampliación de un espacio protegido para aves para proteger a una o varias especies animales”.

Al Supremo le parece prevalente “preservar la adecuada gestión de los residuos radioactivos en orden a una mejor seguridad nuclear, mientras se sustancia el pleito, que la aprobación inmediata de la ampliación de un espacio protegido para las aves y la modificación de un Plan de Ordenación de los Recursos Naturales”.

 

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