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El Supremo mantiene seis años de prisión por violación a un amigo de la víctima, que acababa de sufrir otra agresión sexual de un desconocido en Pamplona

El violador amigo de la joven fue ayudado por un desconocido que la agarró fuertemente del pelo provocándole una “contractura de la musculatura cervical”

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análisis

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El Tribunal Supremo ha confirmado las condenas a siete años y medio de prisión y seis años y medio respectivamente a dos hombres que violaron de forma consecutiva en plena calle de Pamplona a una joven, el segundo de ellos amigo de la víctima. Estas mismas penas fueron impuestas en enero de 2019 por el Tribunal Superior de Justicia de Navarra. Los hechos se produjeron el 15 de mayo de 2016, apenas un mes y medio antes de la violación grupal de la denominada Manada de Sevilla en los Sanfermines de ese mismo año y por la que el alto tribunal condenó a 15 años de prisión por agresión sexual a los cinco acusados, que antes habían sido condenados por el Tribunal Superior de Justicia de Navarra a nueve años de prisión únicamente por un delito de abusos sexuales.

Los magistrados de la Sala de lo Penal del Supremo Andrés Martínez Arrieta, Ana María Ferrer García, Vicente Magro Servet, Carmen Lamela Díaz y Ángel Luis Hurtado Adrián han decidido desestimar el recurso de casación presentado por el segundo condenado por violación y amigo de la víctima tras la sentencia del 3 de enero de 2019, dictada por la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Navarra.

Violador huido oculto entre coches

En la sentencia se recoge que el primer condenado por agresión sexual, J.P.Á., que no ha recurrido al Supremo y se enfrenta a una pena en firme de siete años y medio de prisión, “quien no conocía a Miguel José V.”, el amigo de la víctima que sí ha recurrido su condena a seis años y medio de prisión, “al observar que este llamaba a la denunciante por su nombre, se apartó. Miguel José V., en determinado momento agarró fuertemente el pelo de la denunciante, dándole tirones hacia atrás tratando de introducirle, contra la voluntad de ésta, con ánimo libidinoso el pene en la boca, sin que se haya acreditado que lograra la introducción, al tiempo que el varón desconocido la sujetaba por detrás. Como consecuencia de esta maniobra de sujeción intensa del cuello y cabeza, la denunciante sufrió una contractura de la musculatura cervical”. Los agentes de la policía detuvieron poco después de madrugada a los dos condenados, y concretamente al amigo de la víctima oculto entre dos vehículos.

El primer agresor sexual, que huyó cuando llegó el segundo violador, fue condenado a siete años y medio de prisión y no recurrió la sentencia en casación al alto tribunal

La joven debió someterse a tratamiento profiláctico para evitar el contagio de enfermedades de transmisión sexual, además de tratamiento psiquiátrico por ansiedad y depresión. La primera agresión sexual provocó en la joven “la contractura del músculo elevador del ano, zona perianal”, según consta en la sentencia a la que ha tenido acceso Diario16.

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra condenó en mayo de 2018 al amigo de la joven violada a seis años y medio de prisión aplicando la atenuante contemplada en el artículo 21.7a del Código Penal por confesión tardía de los hechos. El día de la agresión sexual continuada, el amigo de la víctima “había ingerido alcohol y sustancias estupefacientes en grandes cantidades, y que al pasar por ese lugar vio a una pareja manteniendo relaciones sexuales”, según consta en la sentencia de la Audiencia de Navarra. En lugar de defender a su amiga de la agresión, Miguel José V. comenzó también a violar a la víctima una vez que el primera agresor huyó del sitio.  

El TSJ de Navarra constató que la denunciante siempre manifestó que “tres personas” (los dos violadores condenados y un tercero no identificado) “le obligaron a hacer lo que no quería”, y que recuerda “como un flash lo de Miguel, manifestándole: no, Miguel, no”. Añade que además “consta acreditado que aquélla conoce a este acusado y ha manifestado, en todo momento, que el ahora apelante intentó introducirle el pene en la boca, si bien no recuerda si lo efectuó o no”.

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