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El Supremo concluye que Chaves y Griñán no se llevaron dinero público en el caso de los ERE pero los condena por malversación

El Alto Tribunal confirma el fallo de la Audiencia Provincial de Sevilla mientras los abogados de los líderes socialistas anuncian recursos ante el Constitucional y petición de indultos

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análisis

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El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a los ex presidentes de la Junta de Andalucía Manuel Chaves y José Antonio Griñán por el ‘caso ERE’, informa Europa Press. La Audiencia Provincial de Sevilla condenó a Griñán por un delito continuado de prevaricación a 10 años de inhabilitación para empleo o cargo público y en concurso medial con un delito continuado de malversación, a 6 años de prisión e inhabilitación absoluta por tiempo de 20 años. En el caso de Chaves, su condena fue a 10 años de inhabilitación para empleo o cargo público por un delito continuado de prevaricación.

Así lo ha anunciado este martes el alto tribunal, si bien el fallo emitido por los magistrados Juan Ramón Berdugo (presidente), Ana Ferrer García, Susana Polo, Carmen Lamela y Eduardo de Porres (ponente) se conocerá en los próximos días. Algunas fuentes han filtrado ya que el fallo se ha elaborado en medio de una profunda división y opiniones diversas entre los miembros del tribunal. De esta manera, Ferrer y Polo han anunciado un voto discrepante donde exponen que deberían haber sido estimados parcialmente los recursos presentados por Griñán, Miguel Ángel Serrano, Jesús María Rodríguez, Francisco Vallejo y Carmen Martínez, en el sentido de haber sido absueltos por el delito continuado de malversación de caudales públicos.

Griñán fue condenado por un delito de prevaricación y malversación en su etapa como consejero de Economía y Hacienda, entre 2004 y 2009. Por su parte, Chaves, histórico del PSOE, fue condenado por prevaricación en la sentencia de 2019 de la Audiencia de Sevilla que ahora confirma la Sala de lo Penal del Supremo, según ha podido saber RTVE.

La sentencia concluye que Chaves y Griñán eran “plenamente conscientes” de la ilegalidad de las decisiones adoptadas sobre el fondo de los ERE, de manera que el Gobierno andaluz regentado por el PSOE repartió discrecionalmente y al margen de los mecanismos de control más de 680 millones de euros. Este reparto supuestamente arbitrario se habría hecho mediante redes clientelares y con presuntas motivaciones políticas como la compra de votos, según viene denunciando machaconamente la derecha andaluza, algo que está por demostrar. Sobre Griñán, los magistrados le reprochan que haya ignorado las alertas sobre irregularidades de la Intervención General, que en la vista oral declaró que nunca llegó a conocer. A lo largo del juicio, los representantes legales de los exlíderes socialistas andaluces han mantenido una misma argumentación jurídica: los encausados son inocentes porque nunca se lucraron, a título personal, con el fraude de los ERE. Los letrados recuerdan que el delito de malversación consiste en sustraer o permitir que otros sustraigan fondos públicos, de modo que consideran que la sentencia de Sevilla, y ahora también la del Tribunal Supremo, construye un “delito de malversación de riesgo” que no figura tipificado en el Código Penal.

No está de acuerdo con esta tesis el Supremo, que entiende que la agilización del proceso de adjudicación de las ayudas y la modificación de los requisitos para obtenerlas puede constituir un delito castigado con penas de hasta 6 años de prisión. De esta manera, según los abogados de la defensa, conductas como la incorrecta o ineficiente gestión del dinero público, que deberían ser enjuiciadas por los votantes en las urnas, terminan convirtiéndose en ilícitos penales, en este caso en un asunto de malversación de caudales. Algunos expertos en Derecho consideran que esta interpretación es injusta y demasiado “rigorista”, ya que no es lo mismo enriquecerse (meter la mano en el cazo, como suele decirse coloquialmente), que gestionar de forma ineficaz las ayudas del Estado.

Según la sentencia del Supremo, Griñán conoció los informes de la Intervención General pero no hizo nada para evitar las presuntas irregularidades. Es decir, ratifica el fallo de la Audiencia de Sevilla, que ya en su día consideró que los expresidentes andaluces eran “conscientes de la palmaria ilegalidad” del desvío de fondos. “Griñán asumió”, como consejero de Economía, “la eventualidad de que los fondos fueran objeto de disposición con fines ajenos al fin público al que estaban destinados”. Esto, para el Ato Tribunal, constituye un grave delito mientras que para las defensas no sería así. Desde el punto de vista de los acusados, los magistrados del Supremo estarían, no ya interpretando la ley, sino construyendo un nuevo tipo legal delictivo que no existe actualmente en la legislación penal.

Por tanto, el debate jurídico queda abierto y algunos de los condenados ya hablan de sentencia teñida de connotaciones e intencionalidades políticas, es decir, un fallo con un claro objetivo “ejemplificador”. Los críticos con esta sentencia advierten de que si cualquier error o deficiente gestión en los fondos públicos constituye una malversación –con independencia de que haya habido o no apoderamiento de dinero del Estado por parte de los gobernantes, funcionarios o responsables de la administración del patrimonio estatal–, se abre un peligroso precedente, ya que en el futuro cualquier político podrá ser sentado en el banquillo por pura incompetencia o errática gestión. En ese aspecto, el analista Javier Aroca habla de que la sentencia genera un gran “desconcierto político”.

En cualquier caso, la sentencia ha caído como un jarrón de agua fría en el PSOE, que confiaba en la exculpación de Chaves y Griñán en el Supremo. En plena campaña a las elecciones andaluzas, y en un concurrido mitin, el expresidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, hizo un encendido alegato en defensa de los procesados al asegurar que siente “orgullo de todos los que han liderado Andalucía, orgullo de Chaves, de Griñán, de Pepote Rodríguez de la Borbolla, de Susana Díaz”.

La defensa de los procesados ha anunciado que interpondrá un recurso contra la sentencia del Supremo ante el Tribunal Constitucional, mediante un incidente de nulidad por vulneración de derechos fundamentales, y no descartan solicitar el indulto al Gobierno.

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1 COMENTARIO

  1. Don Marcos, es usted un crack del periodismo, que gran articulo, que manera de expresar….. un gran ejemplo de eso que decía un gran preboste internacional, que decía que en España sale más barato alquilar periodistas que comprarlos. Espero que el bocata que se ha ganado con el articulo haya sido de jamón. Alea Jacta Est

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