Vicente Manuel Rouco Rodríguez, presidente del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.

El pasado 6 de abril el gabinete de prensa del CGPJ hacía público el resultado de las sorprendentes actuaciones e informaciones realizadas por la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia en el ámbito de los Registros Civiles de Castilla-La Mancha, por las que se ordenaba revisar las inscripciones de fallecimiento por el Covid-19 practicadas por los Registros Civiles en el ámbito de la comunidad autónoma.

A la información del órgano de gobierno de los jueces se acompañaba efectivamente el inusitado “ACUERDO EXCMO. SR. VICENTE MANUEL ROUCO RODRIGUEZ PRESIDENTE DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIADE CASTILLA-LA MANCHA de 6 de abril, por el que se daba a conocer un pretendido desfase en la lista oficial de fallecidos proporcionada por el Ministro de Sanidad en Castilla La Mancha.

El mencionado Acuerdo aparecía firmado solo por el presidente del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha, y no había sido documentado por la Secretaría de la Sala de Gobierno. Tampoco aparecían en el documento las firmas de los distintos magistrados de la Sección o el Pleno que deberían haber adoptado la decisión que habilitaba al Presidente. Ni siquiera se les mencionaba en la resolución.

La resolución daba por supuesta la existencia de un órgano nuevo que en realidad había sido “inventado” por Vicente Rouco (ya que no existe regulado como tal en la Ley Orgánica del Poder Judicial, salvo para el presidente del CGPJ) como es la “Presidencia”.

Según resultaba de los documentos que acompañaba el propio comunicado, Vicente Rouco decidió abrir unilateralmente un expediente gubernativo y dictó en solitario un Acuerdo, suplantando a la Sala de Gobierno, sabiendo que el tribunal regional no tenía competencias para dirigir ninguna prevención a los Jueces encargados de los Registros Civiles de la comunidad.

Las prevenciones dirigidas a los jueces encargados de los registros civiles en cuanto al cometido de sus funciones, por parte del TSJ, están prohibidas  por la Ley del Registro Civil, que establece con claridad que “los Encargados del Registro Civil (solo) deben cumplir las órdenes, instrucciones, resoluciones y circulares del Ministerio de Justicia y de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública del Ministerio de Justicia”, sin que dependan funcionalmente de los Tribunales Superiores de Justicia.

Por su parte, el artículo 390 del Código Penal castiga con las penas de prisión de tres a seis años, a la autoridad o funcionario público que, en el ejercicio de sus funciones, cometa falsedad suponiendo en un acto la intervención de personas que no la han tenido, en este caso la de los magistrados componentes de la Sala de Gobierno del TSJCLM que fueron suplantados, o faltando a la verdad en la narración de los hechos, dando por supuesto que las cifras de fallecidos por coronavirus ofrecidas por el Ministro de Sanidad son falsas.

Según la Ley Orgánica del estado de alarma, el incumplimiento o la resistencia de las autoridades judiciales a las órdenes que se dicten en ejecución del estado de alarma, además de constituir delito, puede provocar que sus funciones sean asumidas por la Autoridad competente, en este caso por el Ministro de Justicia.

2 COMENTARIOS

  1. Estos srs. Se creen seres superiores por encima del bien del mal les importa un bledo (están convencidos que no les pasara nada) con tal de conseguir el objetivo fundamental volver al gobierno como sea hay que hacerlo caer como sea,justicia MEDIOs de comunicacion y por desgracia hasta ciertos personajes en el gobierno, intentando paralizar propuestas de un gobierno de progreso

  2. El problema que late por debajo, en mi opinión, y al margen de que el presidente del TSJCM deba ser sancionado, que todo parece indicarlo, y no comprendo porqué motivo el Ministerio de Justicia está tardando, es el del desastre de las cifras oficiales de la pandemia que nos vienen enseñando cada día, y que le ha terminado estallando al gobierno una semana después de que se convirtiera en un clamor en los medios. No es extraño que Catalunya haya optado por la lógica, centrándose en el dato de los fallecidos mediante el conteo de las funerarias, a los que llegan todos sin excepción, y con la causa del fallecimiento firmada por un profesional ajeno. Cuando la gestión centralizadora de un gobierno provoca tantos errores, estamos dejando decenas de huecos para la victoria de quienes estarían encantados de que desaparecieran las libertades y la democracia. Este es el verdadero problema.

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