Julio Insa, el conocidísimo locutor deportivo de radio y televisión de la comunidad valenciana, ha presentado una denuncia esta misma mañana contra el administrador concursal de sus empresas nombrado por el juzgado de lo Mercantil nº 3 de Valencia, Francisco Javier Jover Sáez, al que acusa de “constantes actos de hostigamiento y represalias contra su persona” después de que el líder y popular comunicador le denunciara en el año 2016 por haber “distraído en su propio beneficio y en el de terceros, bienes y dinero pertenecientes a la masa de acreedores, según hechos que podían ser constitutivos de un delito de malversación de caudales públicos cometido por administrador concursal”.

Según recoge la denuncia presentada hoy, que ha sido firmada por el abogado y también administrador concursal, Mariano Corbalán: “la última de las represalias de las que hemos tenido conocimiento, es la que ha llevado a cabo el referido administrador concursal proporcionando datos falsos y abiertamente manipulados de alguno de los bienes para los que ha solicitado la venta pública, a través de subasta”.

Sigue diciendo el escrito, que “el inmueble que constituye precisamente el domicilio familiar y también el local comercial donde el Sr. D. Julio Insa Serrador ejerce su profesión como locutor de radio y televisión, salen a subasta como si estuvieran vacíos lo que es absolutamente falso”. Según manifiesta Julio Insa  “ya se llevó un coche, sin ser Administrador Concursal, reconocido este hecho por sentencia”.

“Es evidente – dice el letrado Mariano Corbalán– que el administrador concursal Francisco Javier Jover Sáez está dispuesto a dejar sin vivienda y sin trabajo a quien previamente le denunció por corrupción, lo que está expresamente prohibido por la DIRECTIVA (UE) 2019/1937”.

La Directiva de la UE 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de octubre de 2019 relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión, que entró en vigor el pasado 17 de diciembre de 2019, prohíbe todo tipo de represalias a los denunciantes y alertadores de corrupción, y obliga a los poderes públicos a la investigación de los delitos denunciados.

Esta ocasión es la primera vez que se invoca la Directiva de protección del denunciante de corrupción ante un Juzgado Decano, al amparo del Reglamento de Quejas y Denuncias Relativa al Funcionamiento de Juzgados y Tribunales, y también la primera vez que se denuncian las represalias de un administrador concursal.

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