Foto: Confilegal

ACODAP, la Asociación contra la Corrupción y en Defensa de la Acción Pública liderada por el ex juez decano de Talavera de la Reina, Fernando Presencia, ha presentado un escrito dirigido al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) en el que pide la activación del Protocolo de actuación frente a todas las formas de acoso y violencia en la Carrera Judicial contra el entonces jefe del Servicio de Personal Judicial, Javier Aguayo Mejía.

Aguayo fue el encargado de notificarle al juez Presencia el acuerdo 1.1.1, adoptado el 16 de febrero de 2016 por la Comisión Permanente del órgano de gobierno de los jueces.

Mediante ese dudoso acuerdo se ordenaba la suspensión provisional de funciones del titular del juzgado de 1ª instancia e instrucción nº 2 de Talavera de la Reina, como consecuencia de la apertura de juicio oral por el supuesto primer delito, aún por aclarar, de prevaricación judicial al que fue sometido el ex juez decano de la Ciudad de la Cerámica.

La notificación que se produjo al día siguiente. Tenía que haberse limitado únicamente a poner en conocimiento del interesado el acuerdo de suspensión provisional a la espera de juicio, sin que ello supusiera nunca la separación de la carrera judicial.

La coletilla “procediéndose en consecuencia al cese inmediato de dicho magistrado en el juzgado del que es titular”, sobraba a juicio de la asociación denunciante,

De acuerdo con ACODAP, el jefe del Servicio de Personal Judicial, Javier Aguayo Mejía, se extralimitó en sus funciones cuando ordenó al juez de guardia que cesara con extremada e inexplicable urgencia al magistrado Presencia, sin esperar a que se celebrara el juicio y se dictara sentencia como es lo establecido.

El juez de guardia en esos momentos, José María Ortiz Aguirre, dio cumplimiento sin rechistar a esa orden “ilegal” expidiendo un acta de cese contra el magistrado Presencia que solo había sido suspendido provisionalmente “como si ya hubiera sido ya juzgado y condenado”, con lo que de facto Presencia acababa de ser expulsado de la carrera judicial por su propio compañero.

El juez Decano Presencia venía anunciando públicamente desde hace tiempo que estaba siendo represaliado por sus mismos compañeros, dejando claro que se le pretendía juzgar por el mero hecho de ser denunciante de corrupción recurriendo a “un paripé en forma de querella y provocando una farsa de juicio”.

Cuando se hizo firme la sentencia de inhabilitación por el poco claro delito de prevaricación judicial Aguayo Mejía se encontró con un grave dilema al verse obligado a ejecutarla: Si proponía públicamente el cese del magistrado condenado se descubriría entonces que el primer cese había sido ilegal” prosigue el escrito de ACODAP, aclarando que “nadie puede ser cesado en su puesto de trabajo dos veces seguidas”.

Para evitar ese escándalo, al jefe del Servicio del Personal Judicial recurrió a lo más sencillo, que es no proponer nada. Por esa razón, la inhabilitación del Juez Presencia nunca se publicó en el Boletín Oficial del Estado.

“A todos los efectos legales, Fernando Presencia sigue siendo titular del juzgado de 1ª instancia e instrucción nº 2 de Talavera de la Reina”, asegura fundadamente en su escrito la asociación denunciante de corrupción.

Por todo lo expuesto, ACODAP exige al máximo órgano de gobierno de los jueces la aplicación del Protocolo de actuación frente a todas las formas de acoso y violencia en la Carrera Judicial (aprobado porel Acuerdo de la Comisión Permanente de 28 de enero de 2016).

“Sin perjuicio de las acciones penales que correspondan contra el entonces jefe de la Sección de Personal Judicial, Javier Aguayo Mejía la asociación denunciante de corrupción interesa en su escrito que “se apoye al magistrado injustamente represaliado para que pueda recuperar su proyecto de vida personal y profesional”.

Para ello se solicita que el Pleno del CGPJ (art. 642.3 LOPJ) proceda de oficio a la revisión de la orden ilegal de “cese inmediato” de 17 de febrero de 2016, dejando sin efecto el “acta de cese” de la misma fecha, y devuelva su plaza a Fernando Presencia Crespo con la situación administrativa que le corresponda.

ACODAP también pide al máximo órgano de gobierno de los jueces que “mientras se resuelve lo oportuno sobre su situación administrativa, se autorice al referido magistrado para que pueda usar la toga y la placa de acuerdo con su rango, en los juicios en los que viene siendo emplazado como consecuencia de las represalias que han quedado denunciadas”.

La asociación denunciante de corrupción les advierte que las represalias están tajantemente prohibidas por la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión.

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