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El juez ex líder andaluz de Vox pierde una demanda al desconocer que el derecho de rectificación no se ejerce contra el usuario de una cuenta personal de Twitter

El dirigente de Facua publicó un mensaje en la red social sobre la causa que investiga a Francisco Serrano por un fraude millonario de subvenciones públicas

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análisis

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Francisco Serrano, magistrado y fiscal en excelencia y ex líder del partido ultraderechista Vox, actualmente investigado por un presunto fraude millonario de subvenciones públicas, ha perdido una demanda interpuesta contra el secretario general de la asociación de consumidores Facua, Rubén Sánchez, al desconocer que el derecho de rectificación no puede ejercerse contra el usuario de una cuenta personal de Twitter, aunque este sea periodista, como es el caso de Sánchez. La titular del Juzgado de Primera Instancia número 25 de Sevilla, Marina del Río Fernández, ha desestimado la demanda interpuesta por Serrano contra Sánchez por un tuit que ni siquiera publicó dentro de su actividad periodística, para la que también usa su cuenta personal de Twitter.

Facua asegura que se trataba de una publicación realizada para informar de sus actuaciones como acusación popular en la causa donde se investiga al ex dirigente andaluz del partido ultraderechista por posibles delitos de fraude en ayudas públicas y estafa tras una denuncia interpuesta por el propio Sánchez ante la UDEF de la Policía Nacional.

El fallo judicial, dictado el pasado 2 de noviembre, determina que, tal y como argumentó el abogado de Sánchez, Francisco Tejado, “efectivamente en el presente caso el demandado no tiene legitimación pasiva para ejercer la acción que se ejercita frente a él”. La Ley Orgánica 2/1984, de 26 de marzo, reguladora del derecho de rectificación, establece en su artículo primero que “toda persona, natural o jurídica, tiene derecho a rectificar la información difundida, por cualquier medio de comunicación social, de hechos que le aludan, que considere inexactos y cuya divulgación pueda causarle perjuicio”.

Ante esto, la magistrada recuerda que la citada ley “no contiene un concepto legal que defina qué se entiende por ‘medio de comunicación social”, por lo que dedica su sentencia a determinar “qué se entiende por ‘medio de comunicación social’ a los efectos del derecho de rectificación” para llegar a la conclusión de que una cuenta personal de Twitter no lo es.

La magistrada asegura en la sentencia que “en sentido vulgar puede considerarse a Twitter o sus cuentas como un medio de comunicación, pero en sentido jurídico para considerar que una cuenta de Twitter pueda ser un ‘medio de comunicación social’ dependerá de quién es el titular de la misma y el fin con que se utiliza y si puede la misma ponerse en relación con alguno de los medios de comunicación social tradicionalmente admitidos, que la utilicen como instrumento para sus fines de difusión informativa”.

De este modo, la jueza concluye que “no puede por tanto considerarse que la cuenta personal del demandado, por mucho que sea periodista y que tenga un elevado número de seguidores (lo mismo ocurre con muchos usuarios de otras profesiones), sea un ‘medio de comunicación social. Pero es que además, el derecho de rectificación nunca se ha configurado como un derecho ejercitable frente a particulares ni en relación a informaciones publicadas por los mismos”.

“El sujeto pasivo del derecho de rectificación es el medio de comunicación social que ha publicado la noticia o información en concreto y no el periodista o comunicador que la redacta o elabora”, prosigue la sentencia, que recuerda que según la ley orgánica de 1984, “la solicitud de rectificación con remisión del escrito se remite al director del medio”.

“Lo relevante ha sido siempre la rectificación de la información emitida pero no su concreta autoría, por ello no está previsto que el derecho [de rectificación] se ejercite contra el periodista autor de la noticia o información difundida en cuestión, sino contra el medio de comunicación que lo difunde”, señala la jueza.

La Fundación Internacional de Derechos Humanos ha mostrado su satisfacción por el fallo judicial y ha dado la enhorabuena al dirigente de Facua. “Resulta extraño que este político ultraderechista —expulsado de su propio partido, quien llegara a ostentar responsabilidades jurisdiccionales, ignorarse tan incuestionable fundamento de Derecho. Lo celebramos, en defensa de la libertad de expresión”, ha asegurado esta organización de carácter feminista, laica y filantrópica.

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