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El Gobierno prohíbe subir los precios a las funerarias para evitar abusos

Agustín Millán
Agustín Millánhttp://pompona22.wixsite.com/agustinmillan
Foto periodista especializado en manifestaciones y actos sindicales. Desde 2011 fotografiando la crisis más dura de la historia moderna. Responsable de redes sociales de la Cumbre Social España. Fotógrafo con 5 campañas electorales entre ellas la de Manuela Carmena y la de Enrique Santiago en IU Madrid.
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análisis

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El Gobierno ha intervenido el negocio de las funerarias para las subidas de precios abusivos y prohibir a las funerarias que apliquen subidas de tarifas. Además, lo hace con carácter retroactivo.

A partir de ahora las compañías funerarias estarán obligadas a aplicar las mismas tarifas que ofrecían antes del estado de alarma. Pero el Real Decreto va más allá y obliga a devolver a los clientes lo que hayan cobrado de más durante el confinamiento, desde el pasado 14 de marzo, según se establece en una orden del Ministerio de Sanidad publicada hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Las empresas tendrán que hacer de oficio las devoluciones de los sobreprecios.

“Durante el periodo de vigencia del estado de alarma, los precios de los servicios funerarios no podrán ser superiores a los precios vigentes con anterioridad al 14 de marzo de 2020”, se lee en el texto.

Reembolso

“En el caso de servicios ya abonados a precios superiores a los establecidos con anterioridad al 14 de marzo de 2020, la empresa deberá iniciar de oficio la devolución de la diferencia, dejando constancia de las actuaciones realizadas a tal efecto en el caso de que no pueda llevarse a cabo”. Los usuarios disponen de seis meses una vez finalice el estado de alarma para solicitar el reembolso.

“Se devolverá al consumidor o usuario los importes ya abonados correspondientes a dichos servicios o productos”. En algunos casos se habían seguido cobrando servicios que no se prestaban por estar vetados.

Medidas de protección

Como medida de protección para el personal funerario, Sanidad aumenta las prohibiciones de determinados servicios e impide todos los velatorios y funerales.

Sólo tres familiares en el entierro

Se pospone la celebración de cultos religiosos o ceremonias civiles fúnebres hasta la finalización del estado de alarma. Sí se permite que haya una comitiva de acompañamiento en el entierro o cremación del fallecido, pero se restringen a un máximo de tres familiares o allegados. Durante esos actos se deberá seguir respetando siempre la distancia de uno a dos metros entre los asistentes.

Nueva morgue en Madrid

La Comunidad de Madrid ha puesto hoy a disposición de las autoridades sanitarias las instalaciones de un segundo depósito de cadáveres para afrontar de forma provisional e inmediata la evolución del coronavirus (COVID-19).

El edificio es el futuro Instituto de Medicina Legal de la Comunidad de Madrid, ubicado en el madrileño barrio de Valdebebas

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