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El Gobierno flexibiliza los requisitos sanitarios de entrada a España para personas entre 12 y 17 años procedentes de estados no comunitarios

La incorporación de menores de 18 años a la vacunación en muchos países ha sido relativamente reciente sin ser posible en algunos casos completar dicha pauta. Esta situación está suponiendo que familias en las que sus progenitores están vacunados, no puedan viajar con sus hijos e hijas

Eva Maldonado
Eva Maldonado
Redactora en Diario16, Asesora de la Presidencia de la Conferencia Eurocentroamericana.
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análisis

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El Gobierno de España ha modulado los requisitos sanitarios de entrada a España para personas entre 12 y 17 años procedentes de terceros países no comunitarios o asociados Schengen, donde el acceso a la vacuna contra el SARS-CoV-2 de este grupo etario presenta dificultades o aún no es posible.

Así, a partir de las 00:00 horas del próximo 14 de febrero, los viajeros entre 12 y 17 años procedentes de estos países y que no estén en posesión de un certificado válido de vacunación, podrán presentar una prueba de amplificación de ácido nucleico molecular NAAT (RT-PCR o similar) del SARS-CoV-2 con resultado negativo, realizada 72 horas antes de su llegada a nuestro país. En esta orden, firmada por el Ministerio de Interior, han participado los ministerios de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación; Industria, Comercio y Turismo y Sanidad.

Asimismo, los menores de 12 años, que viajen con un adulto, no estarán sometidos a ningún tipo de requisito sanitario, tal y como se realizaba hasta ahora.

Mediante esta Orden, el Gobierno de España da respuesta a la situación de desigualdad, que afecta a la conciliación de aquellas familias en las que, debido a la actual normativa, progenitores vacunados frente a la COVID-19 no pueden viajar con sus hijos e hijas por la falta de acceso a la vacuna por parte de estos últimos.

Esta medida está, además en sintonía con la propuesta de modificación de la Recomendación (UE) 2020/912 sobre la restricción temporal de los viajes no esenciales a la UE que actualmente está siendo revisada.

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1 COMENTARIO

  1. Y si la persona no presenta nada, nada se le puede hacer, ni negarle la entrada en España, y mucho más si es un ciudadano español. Todas estas medidas son ilegales. No hay obligación de nada. Solamente hay que plantarse, esperar a que llegue un aguerrido Guardia o Guardio Civilo o Civila, si viene, que te anoten tus datos para una posible «propuesta de sanción», y salir por la puerta como un ciudadano libre que se es, y si llega la propuesta de sanción, se recurre por vulneración de derechos fundamentales, e incluso se puede proponer denuncia penal contra el instructor del expediente, y listo, a limpiarse el culo con la propuesta. LIBERTAD

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