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El Gobierno extiende hasta el 3 de agosto las limitaciones de entrada por vía aérea a Brasil y Sudáfrica

Como excepción, solo podrán llevarse a cabo cuando se transporte exclusivamente a ciudadanos españoles y residentes en España, por vía aérea desde Brasil y Sudáfrica, además de los residentes en Andorra y a sus nacionales y a pasajeros en tránsito internacional a un país no Schengen con escala inferior a 24 horas

Agustín Millán
Agustín Millánhttp://pompona22.wixsite.com/agustinmillan
Foto periodista especializado en manifestaciones y actos sindicales. Desde 2011 fotografiando la crisis más dura de la historia moderna. Responsable de redes sociales de la Cumbre Social España. Fotógrafo con 5 campañas electorales entre ellas la de Manuela Carmena y la de Enrique Santiago en IU Madrid.
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análisis

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El Consejo de Ministros ha aprobado este martes la duodécima prórroga del acuerdo del 2 de febrero de 2021, por el que se establecen medidas excepcionales para limitar la propagación y el contagio por el COVID-19, mediante la limitación de la entrada vía aérea desde Brasil y Sudáfrica a los aeropuertos españoles.

Vía aérea desde Brasil y Sudáfrica

La medida entrará en vigor desde las 00:00 del día 20 de julio, hasta las 00:00 horas del 3 de agosto de 2021.

Desde la República Federativa de Brasil y la República de Sudáfrica solo podrán realizarse vuelos a España que estén ocupados por ciudadanos españoles o andorranos. También residentes en ambos países o pasajeros en tránsito internacional a un país no Schengen con escala inferior a 24 horas sin abandonar la zona de tránsito del aeropuerto español.

No afectan al personal aeronáutico

Estas restricciones de la entrada vía aérea desde Brasil y Sudáfrica no afectan al personal aeronáutico.

Exenciones

Además, se contemplan otras exenciones relativas a vuelos de aeronaves de Estado, servicios de búsqueda y salvamento (SAR). Vuelos con escala en territorio español con fines no comerciales y que tengan por destino final otro país. También de vuelos exclusivos de carga, posicionales (ferry) y humanitarios, médicos o de emergencia.

Se considera que, si bien es cierto que el riesgo de importación de casos desde ambos países se puede reducir gracias a las medidas de control sanitario aplicables a la llegada a España, ello no obsta para continuar extremando las precauciones ante el potencial de propagación de las variantes brasileña y sudafricana del virus.

Evolución de la pandemia

En función de la evolución de la pandemia y de las decisiones que puedan adoptarse de forma coordinada en la Unión Europea, el Ministerio de Sanidad podrá levantar, por razones justificadas, dichas limitaciones.

Acción decidida del Gobierno por la salud y la seguridad

El acuerdo se encuadra en la acción decidida del Gobierno para proteger la salud y seguridad de los ciudadanos. Para contener la progresión de la enfermedad y reforzar los sistemas sanitarios y sociosanitarios. Todo en sintonía con las recomendaciones en el ámbito de la coordinación europea.

Adicionalmente, están en línea con el objetivo establecido por el Comité de Emergencias de la Organización Mundial de la Salud y por el Centro Europeo para la Prevención y el Control de Enfermedades de interrumpir la propagación del virus, adoptando medidas firmes para detectar la enfermedad de manera precoz, aislar y tratar los casos, hacer seguimiento de los contactos y promover medidas de distanciamiento social acordes con el riesgo.

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