En el año 2019, la Unión Europea, a través del informe Greco contra la corrupción, dio un importante toque de atención a España por la laxitud en el control del paso de los cargos políticos a la empresa privada.

Las puertas giratorias son uno de los hechos que más daño hacen a la democracia española, puesto que hay políticos y políticas que, aprovechándose de la experiencia (y de la agenda) adquirida durante sus años de desempeño de un cargo público, consiguen importantes puestos en consejos de administración de empresas cotizadas o, directamente, creando empresas que funcionan como grupos de presión (lobby) que son contratados por las grandes corporaciones, no por la validez de los trabajos que puedan realizar, sino por la capacidad de acceso al poder político.

Ante una situación que genera alarma social, el Gobierno, a través del Ministerio de Política Territorial y Función Pública, está trabajando en un proyecto de ley que tiene la intención endurecer los requisitos para el acceso de los políticos a la empresa privada.

El ordenamiento jurídico español tiene un vacío normativo, ya que los lobbies ni siquiera tienen una definición legal, carencia esta que ha sido puesta de relieve tanto por organismos internacionales como por la sociedad civil.

Por tanto, se hace preciso otorgar a estos grupos de un reconocimiento institucional, siendo necesario definirlos y establecer el marco en el que se han de desarrollar las relaciones de los grupos de interés con los responsables públicos en términos de transparencia e integridad pública, tal y como ocurre en otros países y en el propio Parlamento Europeo.

En tal sentido, el Gobierno considera que el reconocimiento institucional de los grupos de interés supone un claro fortalecimiento en la calidad y la transparencia de la participación en las tomas de decisión. Por otro lado, el establecimiento de un código de conducta y de un Registro obligatorio y público para los representantes de estos grupos en sus relaciones con la Administración General del Estado supone una mejora en la prevención de los conflictos de intereses de los cargos públicos.

La nueva norma que se está estudiando, tiene los siguientes objetivos:

  • Definición de los grupos y colectivos afectados por esta norma.
  • Establecimiento de normas de publicidad y registro.
  • Definición de los deberes y obligaciones de los integrantes de estos grupos.
  • Limitaciones de las puertas giratorias entre altos cargos y empleados públicos, por un lado, y los grupos de interés, por otro.
  • Establecimiento de un código de conducta.
  • Atribución de la gestión de este Registro a la Oficina de Conflictos de Intereses, dadas las competencias de esta Dirección General en relación con el control de los conflictos de intereses de altos cargos y empleados públicos.

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