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El Gobierno denuncia por delitos de odio a los policías locales que insultaron y humillaron a una mujer trans en Benidorm

Los agentes podrían ser castigados con una pena de prisión de seis meses a dos años y multa de seis a 12 meses

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análisis

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La Dirección General de Diversidad Sexual y Derechos LGTBI, dependiente del Ministerio de Igualdad, ha presentado este lunes una denuncia ante la Fiscal Delegada para delitos de odio y discriminación de la Fiscalía Provincial de Alicante por las agresiones verbales que una mujer trans sufrió el pasado viernes 1 de mayo en Benidorm por parte de un policía municipal mientras un compañero lo grababa con su móvil. Los investigados podrían enfrentarse a una pena de prisión de seis meses a dos años y multa de seis a doce meses. El agente que grabó los hechos ha quedado en libertad aunque imputado por un delito de omisión de socorro.

Esta denuncia refuerza la ya presentada por el Observatorio contra la LGTBIfobia de Valencia, así como la actuación de la Delegación del Gobierno en la Comunitat Valenciana para que se investiguen los hechos. También se ha ordenado la apertura de un expediente administrativo por parte de la Vicepresidencia y el Departamento de Igualdad del Gobierno valenciano para investigar si la actuación de los agentes supone una infracción de la Ley 8/2017, creada para garantizar los derechos, la igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI y sus familiares.

La Dirección General de Diversidad Sexual y Derechos LGTBI “deplora profundamente la humillación que esta mujer sufrió por parte de unos agentes cuya función es, precisamente, defender sus derechos, entre el que se encuentra el de ser tratada con respeto y acorde a su identidad de género”.

El Ministerio de Igualdad “deplora profundamente la humillación que esta mujer sufrió por parte de unos agentes cuya función es, precisamente, defender sus derechos”

Los hechos, que además de ser grabados fueron difundidos y rápidamente se convirtieron en virales en las redes sociales, podrían ser constitutivos de delito de odio y contra la integridad moral. El artículo 510.2 del Código Penal considera delito cuando “se lesione la dignidad” de una persona por su identidad sexual. Por su parte, la Ley 8/2017 integral del reconocimiento del derecho a la identidad y a la expresión de género en la Comunitat Valenciana, de 7 de abril, establece el derecho de todas las personas “al libre desarrollo de la personalidad acorde a su identidad y expresión de género” y “a ser tratadas de conformidad a su identidad de género en todos los ámbitos públicos y privados”.

Agentes suspendidos

La Dirección General de Diversidad Sexual y Derechos LGTBI ha agradecido “la pronta y decidida respuesta tanto de la Generalitat Valenciana como del Ayuntamiento de Benidorm, que esa misma tarde abrió un expediente disciplinario y ordenó la suspensión provisional de funciones de los dos agentes que intervenían en el vídeo, además de dar cuenta a la autoridad judicial para el esclarecimiento de los hechos y la depuración de responsabilidades”.

El Ministerio de Igualdad y la Dirección General de Diversidad Sexual y Derechos LGTBI ha emitido un comunicado en el que subraya que la transfobia “no puede tener cabida en nuestro país”, con el que se envía un claro mensaje a toda la sociedad: la identidad de género de las personas es un derecho fundamental protegido por la Constitución Española, “y como tal va a ser protegido por este Gobierno, y muy especialmente a través de su Ministerio de Igualdad, por todos los medios a su alcance”.

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