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El Gobierno decide indultar por cuarta vez a María Salmerón mientras la ley permite que los maltratadores vean a sus hijos

El Ministerio de Justicia recibió hace una semana el expediente de solicitud de indulto que evitó que esta víctima de violencia machista ingresara en prisión el pasado verano

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análisis

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Ningún padre maltratador es un buen padre. Este mantra de la lucha feminista aún no ha calado en la ley ni la justicia española y casos como el de la sevillana María Salmerón vuelven a poner en evidencia las lagunas judiciales de una realidad que expone a una lacerante revictimización a estas mujeres víctimas de malos tratos y también a sus hijos. El Ministerio de Justicia tiene desde este pasado 28 de enero la petición formal de indulto, la cuarta que debe tramitar sobre esta misma víctima de violencia de género, a la que la justicia de este país ha condenado en reiteradas ocasiones por incumplir el régimen de visitas establecido por los jueces para que su hija se encuentre con el maltratador de su madre pese a las reiteradas negativas para ver a su progenitor que la propia joven, ya mayor de edad, ha expresado a los jueces en este sentido. Los tres anteriores indultos parciales que evitaron la entrada en prisión de Salmerón lo tramitaron gobiernos del Partido Popular.

La pesadilla judicial de María se prolonga ya durante más de 20 años sin que ningún gobierno haya elaborado leyes que eviten que los maltratadores mantengan un régimen de visitas con sus hijos

La pesadilla judicial de María se prolonga ya durante más de veinte años sin que hasta el momento ningún gobierno haya elaborado leyes concretas que eviten que los maltratadores mantengan un régimen de visitas con sus hijos. Este caso judicial pone en evidencia el maltrato institucional al que ha sido sometida durante años esta mujer y también el maltrato económico que los condenados por violencia de género infringen a sus víctimas sin que el sistema judicial ponga freno a ello.

Suspensión del régimen de visitas

La delegada del Gobierno contra la Violencia de Género, Victoria Rosell, anunció en octubre pasado que la futura ley de protección de la infancia y la adolescencia, que se tramita en el parlamento, incluirá la suspensión del régimen de visitas de los hijos cuando el padre haya maltratado a la madre y únicamente cuando ésta tenga una orden de protección en vigor. Esta normativa incorpora dos enmiendas para proteger a los menores hijos de víctimas de violencia de género. La primera hace hincapié en que los jueces estarán obligados a suspender el régimen de visitas de un progenitor denunciado por violencia de género cuando se hayan dictado órdenes de protección de la madre y haya indicios de que los hijos han estado expuestos a esa violencia. La segunda enmienda va destinada a reforzar que los jueces retiren la custodia compartida a los padres en los casos de violencia de género.

A finales de octubre pasado, María Salmerón, víctima de violencia de género y posteriormente de la justicia patriarcal, evitó por enésima vez su entrada en prisión gracias a la apertura de una pieza separada de su caso que evitó la ejecución de su entrada en prisión dictada en julio pasado por la titular del Juzgado de lo Penal número 6 de Sevilla, Eva María Medina.

María Salmerón ha asegurado a Diario16 que las tres anteriores peticiones de indulto realizadas a los ejecutivos anteriores del PP se tramitaron con rapidez. Desde el Gobierno, la ministra de Igualdad, Irene Montero, ya mostró en julio pasado su apoyo expreso a esta víctima de violencia de género. “Ninguna mujer debería ser condenada, mucho menos entrar en prisión, por proteger a sus hijos de la violencia machista y del maltratador. Haremos todo lo que esté en nuestra mano para que no se cometa una injusticia con María Salmerón. Gracias por luchar por los derechos de todas”, escribió la ministra en Twitter cuando se conoció la orden de ingreso en prisión de Salmerón.

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6 COMENTARIOS

  1. En concreto , el Artículo 2 dice que no se puede aplicar indulto:

    1.º Los procesados criminalmente que no hubieren sido aún condenados por sentencia firme.
    2.º Los que no estuvieren a disposición del Tribunal sentenciador para el cumplimiento de la condena.
    3.º Los reincidentes en el mismo o en otro cualquier delito, por el cual hubiesen sido condenados por sentencia firme. Se exceptúa, sin embargo, el caso en que, a juicio del Tribunal sentenciador, hubiese razones suficientes de justicia, equidad o conveniencia pública para otorgarles la gracia.

    Sin justicia , tenemos un estado totalitario maquillado de democracia.

  2. Este, después de alguna república centroafricana, debe de ser ahora uno de los países con la Justicia más injusta del mundo (incluidos China y Corea del Norte)

  3. Por favor, a ver si contratáis a un corrector de estilo.
    El maltrato, el daño, las heridas y los castigos se INFLIGEN.
    Las normas, reglas o leyes se infringen cuando te las saltas.

    Por favor, usad bien el idioma.

  4. Tendrá queja el terrorismo hembrista de tantísimo (e injusto) favoritismo del que gozan (y abusan) las mujeres sobre los hombres. Ya está bien de que los medios de comunicación sean tan sectarios, tan grotescamente parciales y tan misándricos respecto a este tema. Aún así, por más que mientan, jamás podrán tergiversar la verdad ni engañar a la gente con un mínimo de inteligencia y de cordura. Ni vencen ni convencen.

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