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El Gobierno aprueba el reglamento de los planes de pensiones de Promoción Pública

El texto regula el funcionamiento y composición de la Comisión Promotora y de Seguimiento y de la Comisión de Control Especial, además se fija una comisión de gestión máxima del 0,30% para las entidades gestoras

Agustín Millán
Agustín Millánhttp://pompona22.wixsite.com/agustinmillan
Foto periodista especializado en manifestaciones y actos sindicales. Desde 2011 fotografiando la crisis más dura de la historia moderna. Responsable de redes sociales de la Cumbre Social España. Fotógrafo con 5 campañas electorales entre ellas la de Manuela Carmena y la de Enrique Santiago en IU Madrid.
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análisis

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El Consejo de Ministros, a propuesta del ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, ha aprobado un Real Decreto por el que se modifica el Reglamento de planes y fondos de pensiones, aprobado por el Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero, para el impulso de los planes de pensiones de empleo.

Planes de pensiones de Promoción Pública  

Esta nueva norma desarrolla la arquitectura institucional de los fondos de pensiones de empleo de promoción pública (FPEPP) aprobados en la Ley 12/2022, de 30 de junio, de regulación para el impulso de los planes de pensiones de empleo

Se trata de una regulación clave para que la Ley 12/2022, que tiene como objetivo facilitar el acceso de los trabajadores de pymes, empleados públicos y trabajadores autónomos a los planes de pensiones colectivos, pueda desplegar plenamente sus efectos en los próximos meses. 

Comisión Promotora y de Seguimiento

El Real Decreto regula técnicamente la Comisión Promotora y de Seguimiento, un órgano colectivo de carácter público, dotándola de carácter supervisor para poder monitorizar y actuar en el caso de que se produzcan anomalías en la gestión de los fondos de pensiones de empleo de promoción pública, estableciendo un procedimiento para velar por su adecuado funcionamiento. La norma también regula el régimen de constitución y funcionamiento del otro órgano de vigilancia de los fondos y planes de pensiones de empleo, la Comisión de Control Especial, y estipula las condiciones de retribución de sus integrantes. 

Comisiones pensiones de Promoción Pública  

El reglamento detalla las comisiones que podrán aplicar las entidades que se ocupen de la gestión de los planes incluidos en los fondos de pensiones de empleo de promoción pública. Así, se establece una comisión de gestión máxima del 0,30%. También se dispone que, de forma excepcional y vinculada a los gastos en los que incurran a la hora de conectarse a la Plataforma Digital Común, las entidades gestoras puedan repercutir estos costes durante un plazo máximo de cinco años. Se establece asimismo un régimen de máxima transparencia en los gastos directos e indirectos incurridos por las entidades gestora y depositaria en los informes trimestrales y semestrales. 

Con la norma aprobada este martes se podrá proceder a la selección de los miembros de la Comisión Promotora y de Seguimiento, al diseño e implementación de la Plataforma Digital Común y abrir el proceso de selección de entidades gestoras y depositarias. 

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