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El empadronamiento de Toni Cantó: ¿dónde consta inscrito? La Junta Electoral decidirá su inclusión en listas

Consta inscrito en Valencia, pero podría alegar sus vínculos con Madrid al tener dos viviendas y a sus hijos residiendo allí. Será la Junta Electoral la que decida

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análisis

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Ayer se anunciaba que Toni Cantó estaría negociando su inclusión en las listas electorales del Partido Popular en Madrid para los comicios del próximo 4 de mayo.

Hasta hace unos días, Cantó era el portavoz de la formación naranja, Ciudadanos, en las Cortes Valencianas. Allí era diputado y además, responsable regional del partido. La normativa valenciana exige para sus diputados estar empadronados en Valencia.

Algo parecido sucede con la ley electoral madrileña, que establece la exigencia de constar inscrito en el censo electoral con una fecha mínima de dos meses anteriores a la convocatoria de elecciones.

Toni Cantó ha asegurado esta mañana en una entrevista radiofónica que está empadronado en Madrid, aunque no ha especificado desde cuándo. Una afirmación que se desmiente por la información publicada en estos últimos minutos, donde se asegura que Cantó aparece empadronado en Valencia.

No reúne los requisitos legales, aunque podría encontrar la manera de encajarlo

En estos momentos está claro que Toni Cantó no reúne los requisitos que establece la ley. No tiene la condición de elector que requiere la ley electoral madrileña.

Se empadronó en Valencia en diciembre de 2014 y consta registrado allí a día de hoy, según se ha confirmado por El Confidencial. Para tener condición de elector, debería estar empadronado en Madrid como mínimo desde el 1 de enero de 2021.

La Junta Electoral decide

Será la Junta Electoral la que determine si, finalmente, Toni Cantó puede demostrar un fuerte vínculo con el territorio de Madrid. Y puede llegar a darse la circunstancia de que, pudiendo presentarse -si así lo autoriza la Junta Electoral dando por válidas las alegaciones que presente-, lo que no podrá hacer es votar.

Podría alegar Toni Cantó que tiene una residencia en Madrid y que en ella viven familiares directos: sus hijos. De hecho, Cantó tiene dos viviendas en propiedad en Madrid y en base al artículo 4.2 de la citada ley, señala que si no figura incluído en las listas del Censo Electoral vigente, podría ser candidato acreditando en la solicitud de modo fehaciente que reúne las condiciones exigidas para ello.

«Reunir las condiciones exigidas para ello» es una redacción demasiado laxa e indeterminada como para que a través de ella pueda «colarse» la situación de Cantó. Aunque a todas luces no cumple los requisitos establecidos, en esta redacción se podría incluir la residencia de sus hijos, y la propiedad de dos inmuebles.

La Junta Electoral, cuando ha tenido que pronunciarse sobre esta cuestión en otras circunstancias diferentes, ha señalado que se trataría de un asunto que afecta al derecho de sufragio, pero siempre ha subrayado que el cambio de domicilio debería haberse realizado antes de la fecha de publicación de la convocatoria electoral.

Precisamente la convocatoria de las elecciones de Madrid se produjo el 11 de marzo. No fue hasta el día 15 de marzo cuando Cantó dimitió en Valencia, como diputado de las Cortes Valencianas.

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