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El Consejo de Ministros permitirá a las comunidades recurrir al Supremo las restricciones tras el estado de alarma

El alto tribunal podrá así generar jurisprudencia. "Salimos del estado de alarma, pero no de la lucha contra la pandemia", ha destacado, Carmen Calvo

Agustín Millán
Agustín Millánhttp://pompona22.wixsite.com/agustinmillan
Foto periodista especializado en manifestaciones y actos sindicales. Desde 2011 fotografiando la crisis más dura de la historia moderna. Responsable de redes sociales de la Cumbre Social España. Fotógrafo con 5 campañas electorales entre ellas la de Manuela Carmena y la de Enrique Santiago en IU Madrid.
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análisis

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Las comunidades autónomas podrán recurrir en casación al Tribunal Supremo si los Tribunales Superiores de Justicia rechazan las restricciones se establezcan tras el decaimiento del estado de alarma, el próximo 9 de mayo. El alto tribunal podrá así generar jurisprudencia. «Salimos del estado de alarma, pero no de la lucha contra la pandemia«, ha destacado, La vicepresidenta primera.

Se trata de la única medida con la que el Gobierno intenta dar una mayor cobertura jurídica a los gobiernos autonómicos. Será vía Decreto de Medidas urgentes para la Nueva Realidad tras el estado de alarma. Hasta ahora la última palabra estaba supeditada a la decisión de los Tribunales Superiores de Justicia de cada comunidad. Ahora el Supremo podrá así generar jurisprudencia y unificar doctrina.

“Salimos del estado de alarma, pero no de la lucha contra la pandemia», ha advertido la vicepresidenta primera, Carmen Calvo, quien ha coordinado con el resto de los ministerios este decreto, aunque se ha mostrado optimista debido a la evolución de la vacunación. El objetivo del cambio legal es que el Supremo, concretamente su sala tercera, dicte la última palabra «en tiempo récord”, según ha explicado la vicepresidenta primera y ministra de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, destacando “la necesidad de ofrecer seguridad jurídica e igualdad en la capacidad para luchar contra la pandemia por parte de los ejecutivos autonómicos”.

Carmen Calvo ha defendido que se puede decretar “de forma independiente, sin necesidad de recurrir a medidas de excepcionalidad, restricciones a la movilidad como lo cierres perimetrales o los toques de queda”, a pesar de que algunas CCAA lo hayan reclamado posteriormente la autorización judicial, amparándose en la Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública.

Escudo social

El Gobierno también ha aprobado la prórroga de parte del escudo social hasta el 9 de agosto. Se mantiene la moratoria en los desahucios y los contratos de alquiler, cuya actual prórroga finalizaba este próximo 9 de mayo.

Se trata de una extensión del escudo social que ya había anunciado el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, durante su última comparecencia en el Congreso para dar cuenta tanto sobre el estado de alarma como del plan de recuperación vinculado a los fondos europeos.

La prórroga extraordinaria de los contratos de arrendamiento de vivienda habitual permite solicitar una extensión extraordinaria del contrato por un periodo de cuatro meses, con las mismas condiciones que las actuales. Se amplía asimismo el plazo de petición de la moratoria arrendaticia, pero para el caso de grandes tenedores o empresas públicas.

El decreto anti-desahucios incluye una disposición adicional para prohibir los cortes de suministros básicos, que se extienden tanto a la luz como al agua y al gas natural. Desde Unidas Podemos, concretamente desde el ministerio de Derechos Sociales que dirige Ione Belarra, se había propuesto una ampliación hasta el 31 de diciembre de estas moratorias o, al menos hasta el 30 de septiembre, coincidiendo con la de los ERTE, para evitar que coincidiese su finalización en plenas vacaciones.

Esta medida de ampliación del escudo social por la pandemia del coronavirus se aplica actualmente tanto a los titulares del contrato como a aquellas personas que no puedan acreditarlo, pero que reúnan dichas condiciones.

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