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El Congreso ha aprobado la derogación del artículo 315.3 del Código Penal, que tipifica como delito el derecho de huelga

UGT y CCOO consideran necesario continuar con la recuperación de los derechos y libertades fundamentales y proceder a derogar la Ley Mordaza

Agustín Millán
Agustín Millánhttp://pompona22.wixsite.com/agustinmillan
Foto periodista especializado en manifestaciones y actos sindicales. Desde 2011 fotografiando la crisis más dura de la historia moderna. Responsable de redes sociales de la Cumbre Social España. Fotógrafo con 5 campañas electorales entre ellas la de Manuela Carmena y la de Enrique Santiago en IU Madrid.
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análisis

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El Congreso de los Diputados ha aprobado hoy la derogación del artículo 315.3 del Código Penal, que tipifica como delito con penas de cárcel la conducta de quienes participan en piquetes informativos durante una huelga, presionando a otras personas trabajadoras a apoyarla. El texto pasa ahora al Senado para su debate por los grupos de la Cámara Alta.

UGT y CCOO consideran necesario continuar con la recuperación de los derechos y libertades fundamentales y proceder a derogar la Ley Mordaza

Para UGT hoy es un día de celebración para los demócratas de este país. El Sindicato ha estado siempre contra esta normativa antidemocrática, desproporcionada e injusta que criminaliza a las personas que ejercen un derecho fundamental recogido por la Constitución Española.

La huelga es un derecho fundamental, manifestación de la libertad sindical y máxima expresión democrática del conflicto social que no se ha podido solucionar por la vía del diálogo. Sin derecho de huelga no hay democracia, ni Estado social.

Los piquetes informativos, en este sentido, son instrumentos de difusión y publicidad de la huelga, reconocidos y garantizados constitucionalmente “con funciones de información, propaganda, persuasión a los demás trabajadores para que se sumen a la huelga o disuasión a los que han optado por continuar trabajando”, como declara el Tribunal Constitucional, formando parte del contenido esencial del derecho de huelga. 

Anulación de sentencias

Además de la citada derogación, la ley aprobada hoy contempla la anulación de las sentencias aplicadas con arreglo a ese precepto, una condición exigida por UGT y CCOO como consecuencia indispensable de la derogación del Art. 315.3 del Código Penal.

En los años de gobierno del PP la acción concertada entre el Ministerio Interior con sus reformas legales (Ley Mordaza) y la acción de la policía y el Ministerio Fiscal llevó a una aplicación generalizada y abusiva del Art. 315.3 CP, solicitando a sindicalistas que participan en piquetes penas de hasta 5, 7 y 8 años de cárcel. Ahí están los casos de los miembros de la Federación de Hostelería de UGT, o los de Airbús, Arcelor, Baleares, y un largo etcétera. Cerca de 300 sindicalistas se vieron amenazados de cárcel por ejercer el derecho de huelga en defensa de los trabajadores y trabajadoras y algunos de ellos entraron en prisión. La causa de esta actitud fue claramente política. Los sucesivos recortes en derechos laborales y sociales llevados a cabo por gobiernos de la derecha dieron lugar a una multitud de protestas, especialmente de los sindicatos, muchas veces en forma de convocatorias de huelgas generales y parciales.

Han sido muchas las acciones informativas, de movilización, apoyo y solidaridad internacional a los compañeros y compañeras que sufrieron las consecuencias de este artículo del Código Penal. Ha sido una pelea social, sindical y política en la que nuestras razones, que son las de toda la ciudadanía, han terminado dando sus frutos con la derogación del Art. 315.3 CP.

Derogación de la Ley Mordaza

UGT y CCOO consideran necesaria continuar en esta línea de recuperación de los derechos y libertades arrebatados a la ciudadanía durante los años de la crisis, e insta a los grupos políticos a derogar la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de Protección de la Seguridad Ciudadana, más conocida como Ley Mordaza por impedir el ejercicio libre de los derechos de expresión, reunión y manifestación.

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