viernes, 29marzo, 2024
16.5 C
Seville

El Congreso convalida que no se podrá justificar el despido durante la crisis

Se regula el permiso retribuido recuperable como instrumento para contribuir al confinamiento, además se obliga a mantener abiertos centros sanitarios o de atención a mayores

Agustín Millán
Agustín Millánhttp://pompona22.wixsite.com/agustinmillan
Foto periodista especializado en manifestaciones y actos sindicales. Desde 2011 fotografiando la crisis más dura de la historia moderna. Responsable de redes sociales de la Cumbre Social España. Fotógrafo con 5 campañas electorales entre ellas la de Manuela Carmena y la de Enrique Santiago en IU Madrid.
- Publicidad -

análisis

- Publicidad -

El pleno del Congreso de los diputados ha convalidado dos reales decretos leyes sobre medidas complementarias en el ámbito laboral para hacer frente a la crisis del Covid-19. En concreto, se han sometido a debate y aprobación los reales decretos leyes 9/2020 y 10/2020 queprohíbe que se puedan justificar despidos alegando causas relacionadas con el Covid-19.

En ambos RD se regula el permiso retribuido recuperable como instrumento para contribuir al confinamiento, además se obliga a mantener abiertos centros sanitarios o de atención a mayores.
En lo que ha considerado como una “situación inédita para nuestro país”, la ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, ha definido las medidas aprobadas hoy como una necesidad para “conseguir que nadie se quede atrás”. Yolanda Díaz ha explicado que “salvar vidas, proteger a las personas, situarlas en el centro mismo de nuestras preocupaciones como Gobierno es el fin de los decretos que hoy traemos a debate”.

En el Real Decreto-Ley 9/2020 se concretan medidas para la protección de las personas trabajadoras y de las empresas que pueden acogerse a los ERTE para suspender la actividad mientras dure este periodo excepcional sin destruir el tejido productivo y laboral de nuestro país.

Este real decreto ley prohíbe que se puedan justificar despidos alegando causas relacionadas con el Covid-19 y prevé la protección de los trabajadores temporales, interrumpiendo el cómputo máximo de sus contratos si se suspenden en la pandemia. Además, se agiliza el procedimiento para que los afectados por ERTE perciban su prestación ya que solo será necesaria la solicitud colectiva que ha de presentar la empresa sin hacer necesaria la tramitación individual.

El Real Decreto-Ley 9/2020 evita que se puedan aplicar ERTE y, por tanto, cerrar la actividad de los centros sanitarios y de atención a dependientes, considerando estas actividades como esenciales en un momento de emergencia sanitaria.

Permiso retribuido recuperable

El Real Decreto-Ley 10/2020 de marzo, por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales con el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el Covid-19, responde a la necesidad de evitar todos los desplazamientos salvo los necesarios para mantener las actividades señaladas como esenciales en un entorno temporal adecuado como la Pascua y en un momento decisivo en la evolución de la pandemia.

La vigencia de este permiso retribuido recuperable se ha prolongado entre el 30 de marzo y el 9 de abril, ambos días inclusive.

- Publicidad -
- Publicidad -

Relacionadas

- Publicidad -
- Publicidad -

DEJA UNA RESPUESTA

Comentario
Introduce tu nombre

- Publicidad -
- Publicidad -
- Publicidad -
- Publicidad -

últimos artículos

- Publicidad -
- Publicidad -

lo + leído

- Publicidad -

lo + leído