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El Caso Acuamed y el delito de malversación

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análisis

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El juez de la Audiencia Nacional, Joaquín Gadea, tiene prácticamente cerrado el sumario del Caso Acuamed en el que se investiga un supuesto pacto entre la cúpula directiva de Acuamed, empresa estatal dependiente del Ministerio de Medio Ambiente, y las adjudicatarias de las obras para inflar sus precios a cambio de regalos. A los imputados se les acusa de presuntos delitos de malversación, fraude, cohecho, falsedad, prevaricación, tráfico de influencias, pertenencia a organización criminal y maquinación para alterar el precio de los concursos públicos. Una causa que lleva, ya, varios años instruyéndose y que no tendría mayor trascendencia de no haber sido porque el magistrado ha pedido al Fiscal que revise sus conclusiones provisionales y las peticiones de penas, sobre todo las que se refieren a los delitos de malversación, al haberse modificado el artículo 432 del Código Penal. La petición no ha pasado inadvertida a la derecha mediática que ya lo pone como ejemplo de lo que se viene encima tras reducir las penas del delito de malversación.

Pero no es así. Se ha tergiversado la noticia. El asunto es muy complejo de entender, pero muy simple desde el punto de vista jurídico. Actualmente, el sumario se encuentra en la fase de procedimiento abreviado. La Fiscalía ha pedido “la transformación a sumario” que supondría el cierre de la instrucción y la apertura de juicio oral. Sin embargo, el juez, pide a la fiscal de la causa que se pronuncie sobre si este procedimiento es el adecuado toda vez que han cambiado las reglas en lo que a uno de los delitos imputados se refiere, la malversación, que ha sido modificado por la Ley Orgánica 14/2022 de diciembre pasado.

La Fiscal debe ponderar este cierre de la instrucción porque, tal y como funciona la justicia en España, totalmente garantista, si se cierra el procedimiento se podrían estar vulnerando los derechos de los procesados. El juez sugiere la citación de todos ellos y una nueva toma de declaración antes de marzo, fecha en que finaliza la prórroga solicitada para completar las actuaciones judiciales. Estas nuevas actuaciones se adecuarían a la reforma del delito. No sólo de los limites de las penas que se pueden imponer, sino también de las circunstancias que concurren en los hechos que llevaron a la comisión de estos.

Y eso es todo lo que está pasando. Pero no lo que están diciendo los medios afines a la derecha, por varias razones. La principal, porque no hay todavía penas impuestas. El proceso está en fase de instrucción. Por lo cual, será lo que sentencien los jueces, en base a las peticiones del Ministerio Público y las defensas, lo que quedará al final.

No hay que generar alarma de ningún tipo. No está sucediendo como ocurre con la ley Montero, gracias a la cual jueces y magistrados están revisando las penas impuestas en sentencias que ya son firmes. Algo que no ocurre en el supuesto de la malversación de caudales.

Pero la derecha mediática anda diciendo por ahí que la reforma del delito de malversación puede llegar a afectar a casos como los de Gürtel, Púnica y los Eres de Andalucía. Está, todavía, por ver si eso llegará a suceder. De momento, lo único que ha salido a la luz pública, lo del Caso Acuamed, se ha tergiversado torticeramente porque todavía no se han impuesto penas por malversación, y habrá que ver si, al final, las hay. La prensa conservadora está incumpliendo un principio democrático: la de la presunción de inocencia.

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