El 26J y la noche del Destino (Lailat ul-qadar)

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¿Qué es la noche del Destino? “La Noche del Destino es mejor que mil meses: los ángeles descienden en ella en huestes, portando la inspiración divina con la venia de su Sustentador” (Corán 97:3-4). Para las personas musulmanas, es la noche más importante del mes de ramadán, en la que dio comienzo el descenso del Corán y es la noche en la que se plantean los destinos individuales para el año siguiente. Este año, como si de una señal se tratase, es posible que confluyan la misma noche, la decisión de los destinos individuales y colectivos de la población de todo el territorio del Estado Español.

Más allá de las decisiones individuales en torno a la participación de la población musulmana en los próximos comicios, y sin afán de influir en ningún sentido, es imposible olvidar el mes en el que nos encontramos y la situación de ayuno. Tomemos la decisión que tomemos, también es imposible olvidar aquello que nos inspira y da fortaleza en nuestra precariedad, y que nos dice: compartir con “los demás de las cosas buenas que habéis adquirido y de lo que, para vosotros, hemos hecho brotar de la tierra” (Corán 2:267), dedicar “de lo que [se] tiene –a pesar de su apego a ello– en sus parientes, en los huérfanos, los necesitados, los viajeros, los mendigos y en rescatar a otros [tanto de la esclavitud como del cautiverio o de la necesidad y la pobreza]” (Corán 2:177)…

El derecho de las personas musulmanas a participar en las decisiones políticas está garantizado por el artículo 23 de la Constitución de 1978, aunque no se nos ofrezcan las mejores condiciones para facilitar nuestra participación a través del sufragio activo. Y es inevitable que en nuestro estudio sobre las propuestas programáticas de los partidos, tengamos en cuenta, además de nuestras necesidades colectivas e individuales, aquellas propuestas y formas de hacer política que más se acerquen a nuestros principios, los principios del islam.

Al-Lah ha hecho lícito el intercambio y ha prohibido la usura. Así pues, quien sea consciente de la advertencia de su Sustentador y desista [de la usura], podrá quedarse con sus ganancias” (Corán 2:275)… “[Por otra parte,] no incurriréis en falta si entráis [libremente] en casas no usadas como viviendas [viviendas sin gente], que tienen una función útil para vosotros [como habitarlas]: pero Al-Lah conoce lo que hacéis públicamente y lo que ocultáis [distinguiendo las intenciones y si son por usura]” (Corán 24:29). Y nos recuerda: “si [el deudor] está en apuros, [concededle] una prórroga hasta que esté desahogado; y sería mejor para vosotros –si supierais– condonarle [toda la deuda] considerándola una dádiva” (Corán 2:280).

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