El líder del PSOE, Pedro Sánchez, al que el jefe del Estado, Felipe VI, le encomendó la tarea de formar Gobierno tras ofrecerse en detrimento de Mariano Rajoy, se someterá al debate de investidura en el Congreso de los Diputados el próximo 2 de marzo, según ha anunciado este lunes el presidente de la Cámara baja, Patxi López. A partir de entonces, el líder socialista tendrá dos meses de plazo para conformar un equipo de Gobierno. Si no llega a fructificar su objetivo, se convocarían automáticamente unas nuevas elecciones generales.

López y Sánchez se han reunido en el despacho del presidente del Congreso para fijar una fecha para la investidura del candidato socialista después de que López se comprometiera el pasado martes 9 de febrero ante los grupos parlamentarios a intentar concretar el calendario del debate durante la presente semana.

El artículo 99 de la Constitución Española es el que regula en exclusiva los plazos de investidura del presidente del nuevo Ejecutivo, aunque se desarrolló de una forma muy somera en el Reglamento del Congreso de los Diputados.

La norma establece que el candidato propuesto por el Rey será investido presidente si obtiene la confianza de la mayoría absoluta de los diputados en primera votación o la mayoría simple –más votos a favor que en contra– en segunda convocatoria, 48 horas después. En caso de no lograr esa mayoría, el Rey podrá proponer a otros candidatos. En caso de que transcurran dos meses de la primera votación sin conseguirse la investidura, las Cortes quedarían disueltas y se convocarían nuevas elecciones generales.

Con la fecha anunciada del 2 de marzo para la primera sesión del debate de investidura, se prevé que sea el 3 de mayo la hipotética fecha de disolución de las Cortes en caso de no fructificar ningún acuerdo de Gobierno. Con este panorama, en el mejor de los casos las nuevas elecciones generales serían 54 días después de disueltas las Cámaras, es decir, aproximadamente el 26 de junio. A no ser que se decida esperar el paso de la canícula veraniega y se convoquen los comicios después de los meses tradicionales de vacaciones.

 

27 COMENTARIOS

  1. Hay una condición imprescindible a fin de que un demandante de empleo sea aspirante de una oferta:
    debe estar dado de alta como demandante de empleo, lo que significa estar anotado en el Servicio de Empleo de Cataluña (SOC).

  2. El que lo tiene también jodidísimo es el trabajador que pretenda demandar bien que le fuerzan a hacer
    horas bien que quiere que se las paguen., Así
    por ejemplo, el campo del control de las horas de trabajo no se restringe exclusivamente al centro de trabajo de
    la propia empresa, debiendo ésta supervisar diariamente el horario de aquellos empleados de su plantilla
    que trabajan en lugares públicos, en centros de otras empresas,
    incluso de aquellos trabajadores que prestan servicios
    desde su domicilio particular.

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