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Diez años de prisión por falsa denuncia de maltrato

La condenada convenció a un amigo para engañar a las autoridades judiciales y policiales, mediante la simulación de varios delitos de malos tratos y la denuncia a su exnovio como autor de los mismos

María José Pintor
María José Pintor
Periodista en cuerpo y alma, licenciada en Ciencias de la Información por la Universidad del País Vasco.
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análisis

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Aunque el porcentaje de denuncias falsas de malos tratos es muy pequeño, según datos del Consejo General del Poder Judicial, lo cierto es que cuando se da esta circunstancia la Justicia es implacable. El último caso, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León confirma la pena de diez años de cárcel para la mujer que protagonizó la falsa acusación. Una condena que supera, en muchos casos, a la que reciben los maltratadores cuando se confirman los hechos.

De hecho, de un total de 913.000 denuncias por malos tratos, sólo 164 resultaron ser falsas el pasado año, según datos oficiales.

Claro ejemplo de ello es el auto dictado esta misma semana en la Sala de lo Civil y Penal del TSJCyL, que ha confirmado la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de León que condenó a una mujer por simulación de delito y detención ilegal, y a un hombre como cómplice de simulación de delito. La Audiencia Provincial impuso a la mujer un total de diez años de prisión y al hombre siete meses de multa.

La condenada convenció a un amigo para engañar a las autoridades judiciales y policiales, mediante la simulación de varios delitos de malos tratos y la denuncia a su exnovio como autor de los mismos, y así conseguir que éste fuera detenido y encarcelado, según el comunicado de prensa de la Audiencia.

La mujer recurrió la sentencia de la Audiencia Provincial de León al entender que hubo error en la apreciación de las pruebas. Según ella, más que a su actuación, a la que se atribuyen sin fundamento una serie de complejas maquinaciones que no se corresponden con sus limitadas capacidades y su frágil personalidad, las privaciones de libertad que sufrió su expareja fueron fruto del automatismo de la policía al aplicar los protocolos de violencia de género y de la presión de los medios.

En cambio, la Sala entiende que la condena del tribunal provincial se halla suficientemente fundada y resulta concluyente frente a la hipótesis exculpatoria que esgrime la defensa. Atendiendo al análisis de las pruebas de la sentencia recurrida, se desprende que la intervención de la acusada en los hechos fue la causa eficiente de las privaciones de libertad acordadas para su expareja.

Agentes y juez como instrumentos

El TSJCyL cree acreditado que los mensajes intimidatorios recibidos se los remitió ella a sí misma. Además, los testimonios de los efectivos de Guardia Civil que realizaron la reconstrucción de los hechos, junto con los de los otros testigos y de ambos condenados, dejan fuera de toda duda la falsedad del secuestro preparado por la condenada para conseguir que su expareja fuera detenido y encarcelado.

La Sala estima que la mujer planeó una utilización de los agentes actuantes y del juez de instrucción como instrumentos para actuar conforme a derecho, y acordar la detención y el ingreso en prisión de su exnovio ante unos hechos que, tal y como fueron presentados por la entonces denunciante, revestían fundados indicios de delito y riesgo para su integridad física.

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3 COMENTARIOS

  1. Siguen uds con la engañifa.
    Denuncias falsas son también las que no son sentenciadas como tales, pero la denunciante no ha tenido sentencia a su favor.

  2. El 77 % de las denuncias presentadas son desestimadas, es decir son falsas denuncias.

    De entre las aceptadas 164 han podido finalmente probar que también eran falsas. Otros no han tenido tanta suerte y no han podido probar su inocencia.

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