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Denuncian grave error en la traducción de la Directiva para proteger a las personas que destapan corrupción y abusos

Desde la plataforma Xnet han enviado un requerimiento urgente a las autoridades de la Comisión Europea y a la Delegación Permanente de España en Europa

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análisis

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Según informa la plataforma Xnet*, se ha producido un «gravísimo error de traducción al español que puede socavar las principales protecciones de la nueva Directiva para proteger a las personas que destapan la corrupción y los abusos sistémicos».

La traducción que se ha llevado a cabo consiste en traducir «whistleblower» como «denunciante», un error que conlleva la pérdida de sentido, puesto que «denunciante» es un concepto con contenido propio en español que no hace referencia de forma expresa a la palabra realmente utilizada en la Directiva 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión.

Desde Xnet consideran que es necesaria una rectificación de la misma porque la actual terminología desvirtuaría su transposición en el ordenamiento jurídico español.

Según señalan desde la plataforma, la utilización de los términos «denunciante» y «denuncia» para referirse a lo que en la versión en inglés se menciona como «Whistleblower» o «reporter person» y «report» en el contexto jurídico español puede crear un agravio comparativo respecto al resto de países para su despliegue, además de crear una excepcionalidad para España, al ser el único país en el que se use un término que ya tiene otra función en su ordenamiento.

Y es que, dicho término «puede suscitar confusión respecto a las distintas normas a aplicar, así como en las obligaciones y efectos que las mismas prevén, colisionando con lo establecido en la Directiva». Se estaría pudiendo excluir la posibilidad de utilizar canales internos existentes en las empresas u otros canales, como el aviso a superiores entre otros, limitando la libertad establecida en la Directiva para que los alertadores elijan el canal o canales que consideren adecuados según sus circunstancias individuales.

Además, el concepto de «denunciante» conlleva la obligatoriedad de identificación de la persona que facilita la información o da el aviso. La Directiva, precisamente, ampara el anonimato para garantizar la seguridad de la persona que dé la información, algo que no sería posible si se considera «denunciante». Desde la plataforma explican que «aunque ya hay instituciones públicas que de facto reciben información anónima, la transposición de la Directiva debe servir para garantizar la legalidad de esta posibilidad y el uso del término «denunciante» compromete esta oportunidad».

Otra de las consecuencias de utilizar el concepto equivocado sería la limitación de en el ámbito de aplicación, pues el ámbito material de aplicación de la Directiva no se limita a los delitos públicos o semipúblicos, sino que pretende ir más allá, dando la posibilidad de alertar sobre irregularidades, malas prácticas, abusos u otros actos u omisiones que no son formalmente ilegales pero que, consiguen frustrar el objetivo o propósito de la legislación y que afecten al interés público.

De no corregirse adecuadamente la traducción al Español, según apunta Simona Levi, se podría estar incurriendo en un agravio respecto a los demás Estados miembro, ya que en otras traducciones de la Directiva se utilizan términos amplios que mantienen la neutralidad jurídica necesaria para respetar las disposiciones de la Directiva y que no conllevan las implicaciones jurídicas ni las connotaciones negativas que sí se encuentran en la traducción española. Se propone utilizar el término «alertador», «alerta», y «canales de alerta», lo que permitiría mantener la esencia de la normativa para favorecer la protección de los alertadores en el ámbito nacional, sin reducir el nivel de protección buscado por la directiva incluso con anterioridad a la transposición nacional.

  • Xnet (2008) es un proyecto activista especializado que trabaja en la renovación democrática en la era digital y contra la corrupción, pionero en España en la apertura de canales de alerta en ONGs e instituciones públicas y ha publicado y llevado a cabo importante caso contra la corrupción sistémica como el caso de las tarjetas black que ha llevado a prisión el exministro de economía Rodrigo Rato y otros 14 políticos más. Miembro de Whistleblowing International Network (WIN), ha aportado enmiendas fundamentales a la Directiva Europea 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de octubre de 2019 relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión y trabaja en la transposición de la misma en el ordenamiento jurídico español. Además, ha trabajado activamente con alertadores para su protección.
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