ACODAP, la asociación contra la corrupción y en defensa de la acción pública liderada por el juez Fernando Presencia, denunciará en la mañana de hoy al presidente de la Sala 2ª del Tribunal Supremo que está juzgando el ‘procés’, Manuel Marchena Gómez, por sus vinculaciones mercantiles con una empresa del abogado que se querelló contra Puigdemont, Nicolás González-Cuéllar Serrano.

Como puede leerse en su página web, “Ediciones Jurídicas Castillo de Luna” es una empresa de edición, distribución y venta de libros especializados en Ciencias jurídicas y sociales, así como relativos a temas de actualidad, que comenzó su actividad con la obra «Ecos de Inquisición», del Catedrático de Derecho Procesal y Abogado Nicolás González-Cuéllar Serrano (administrador único de la sociedad), con prólogo del Magistrado del Tribunal Supremo Manuel Marchena Gómez”. Bajo la pestaña de la misma página web  “CONSEJO EDITORIAL”, vuelve a aparecer como uno de sus integrantes el nombre del actual presidente de la Sala 2ª del Tribunal Supremo que está juzgando la causa del ‘procés’.

Su colaboración mercantil con la empresa “Ediciones Jurídicas
Castillo de Luna”, de la que  Manuel Marchena Gómez figura como miembro de su Consejo Editor y también como marca de la actividad mercantil, es absolutamente incompatible con la carrera judicial, teniendo en cuenta además que esta empresa editorial se constituyó para editar y publicar los libros de los integrantes de su consejo editorial, y entre ellos los libros del propio Marchena (según figura en la pestaña “tienda online” de su página web) escritos todos ellos en colaboración con el administrador único de la empresa editorial, Nicolás González-Cuéllar Serrano, miembro también de su consejo editorial.

Según datos del registro mercantil, Nicolás González-Cuéllar figura como socio único de la empresa “Ediciones Jurídicas Castillo de Luna SL”, que se constituyó en el año 2014 coincidiendo con el nombramiento de Manuel Marchena como presidente de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, y que en los tres años siguientes (desde el año 2015 al 2017) facturó más de 400.000 euros.

El problema es que las relaciones de Manuel Marchena con la empresa “Ediciones Jurídicas Castillo de Luna SL” no están nada claras, y deberían de investigarse por el Consejo General del Poder Judicial.

Esta empresa editorial se ha dedicado casi exclusivamente en estos cuatro años de funcionamiento a la edición y publicación únicamente de los libros escritos por tres de los miembros de su Consejo Editorial, del que, además de González-Cuéllar, también forman parte entre otros el catedrático de Derecho Procesal, Vicente Gimeno Sendra, y el actual presidente de la Sala 2ª del Tribunal Supremo, Manuel Marchena Gómez.

De esta forma, podríamos decir que tanto Nicolás González-Cuéllar, como Vicente Gimeno Sendra y también Manuel Marchena, son en realidad editores de sus propias publicaciones. Y si esto puede no suponer ningún problema para los dos catedráticos, sin embargo para el presidente de la Sala 2ª del Tribunal Supremo le puede representar un verdadero quebradero de cabeza, porque, si puede ser autor de libros y publicaciones, y puede celebrar sobre ellos contratos de edición con terceros, sin embargo, por ser miembro de la carrera judicial no puede ser su propio editor. Si a ello le añadimos que la empresa editorial “Ediciones Jurídicas Castillo de Luna SL” de la que Manuel Marchena forma parte de su Consejo Editor y es además su marca, facturó en los años 2015, 2016 y 2017 más de 400.000 euros, la polémica está servida.

Esta  relación de amistad personal y mercantil entre el administrador único de la editorial, el abogado Nicolás González-Cuéllar, y Manuel Marchena resulta de extrema gravedad de cara al juicio al ‘procés’, ya que González-Cuellar fue el abogado que demandó a Gonzalo Boye, abogado del President de la Generalitat Carles Puigdemont, y a la jueza belga que instruyó la causa contra el juez Llarena por presunta falta de imparcialidad. Esto, según fuentes jurídicas consultadas por Diario16, es una contaminación no sólo de Marchena sino de toda la Sala del Supremo que está juzgando a los políticos presos catalanes.

Si lo anterior no fuera suficientemente grave, todo da a entender además que Manuel Marchena no ha escrito los libros de esa editorial que aparecen con su nombre, o no todos ellos. Todos los libros en los que aparece como coautor el presidente de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, que son 4 (1/3 del total de las publicaciones de “Ediciones Jurídicas Castillo de Luna SL”), fueron publicados en un solo año, en el 2015 con una diferencia a veces de un solo mes, y alguno de ellos sobre materias (como el proceso civil o la ley orgánica del poder judicial) que no son ni de lejos la especialidad de Marchena, que proviene de la carrera fiscal.

De ello se deduce que la relación de Manuel Marchena con Nicolás González-Cuéllar no es la propia de un autor con su editor, sino que va mucho más allá, quedando sumergida en el vínculo de las relaciones mercantiles, donde son varios los socios “de hecho” y solo uno de ellos aparece formalmente como “hombre de paja” en el Registro Mercantil.

Por esta misma razón, por llevar a cabo “una actividad empresarial en toda regla” fue expulsado de la carrera fiscal Emilio Valerio Martínez de Muniaín, ex teniente fiscal de Madrid, como consecuencia de las constantes denuncias del abogado Sebastián Gómez Marfil.

Y es que, el artículo 417 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) sanciona como falta muy grave, pudiendo estar castigada con la expulsión de la carrera judicial, el ejercicio de cualquiera de las actividades incompatibles con el cargo de juez o magistrado establecidas en el artículo 389 de la misma ley, donde se menciona expresamente “el ejercicio de toda actividad mercantil, por sí o por otro” y “las funciones de Director, Gerente, Administrador, Consejero, socio colectivo o cualquier otra que implique intervención directa, administrativa o económica en sociedades o empresas mercantiles, públicas o privadas, de cualquier género”, entre cuyas funciones se encuentra desde luego la de quien es miembro del consejo editorial de una empresa de edición.

Hay que tener en cuenta que, no es la primera vez que Manuel Marchena (procedente también de la carrera fiscal) ha utilizado la figura de miembro del consejo editor para vincularse mercantilmente con una empresa editorial. Según el periódico digital eldiario.es, lo hizo también cuando fue miembro del consejo editorial de Vocento (vinculado a la fundación FAES de José María Aznar) participando en la redacción de los editoriales del grupo.

13 COMENTARIOS

  1. Bueno, la realidad es que los delincuentes son los golpistas que prepararon y ejecutaron el referéndum de independencia ilegal del 1-O, y a estos se juzga. Veo, por la emisión del juicio en las TV, que Marchena tiene una disposición ecuánime tanto a las defensas como a los fiscales.
    Hay unos delitos tipificados en el código Penal y en la Constitución y unas penas correspondientes a estos delitos, evidentemente los inculpados inocentes no son.
    No veo partidismo y además la sentencia será colegiada de todo el Tribunal, Marchena es uno más.

    • Eso debera decidirse en un juicio imparcial, es decir, un juicio sin que el juez tenga relacion con el querellante. A ver si ahora vas a redefinir la imparcialidad de la justicia con un comentario… que se nota que de imparcial tienes poco

  2. No veo partidismo y además la sentencia será colegiada de todo el Tribunal, Marchena es uno más.
    La realidad es que los delincuentes son los golpistas que prepararon y ejecutaron el referéndum de independencia ilegal del 1-O, y a estos se juzga.
    Veo, por la emisión del juicio en las TV, que Marchena tiene una disposición ecuánime tanto a las defensas como a los fiscales.
    Hay unos delitos tipificados en el código Penal y en la Constitución y unas penas correspondientes a estos delitos, evidentemente los inculpados inocentes no son.

  3. No ves partidismo ni cambio de criterio según sea fiscalía o defensa, o según de quién sea el testigo…seguro que estás mirando el juicio? Y qué sabes de derecho, ya que aseguras que son culpables? Y los catedráticos, ex-ponentes del TC que dicen que ambos delitos no se sostienen , quienes redactaron el art.155 donde dicen el mal uso y manipulación que se ha hecho…Eso también lo has visto?
    Y la hija de Marchena con su plaza inventada para ella… tampoco hay abuso de poder???
    Si no ves nada de lo que digo…plantéate tu objetividad

  4. Por REDACCION:

    El Tribunal Supremo ha confirmado la segunda condena firme de 10 años de inhabilitación y una multa de 3.600 euros al exjuez Fernando Presencia, que estuvo al frente del Juzgado de Instrucción número 2 de Talavera de la Reina (Toledo), por prevaricación, al archivar una querella contra un amigo.

    La Sala II desestima el recurso de casación de Presencia contra la sentencia de Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha de 2017, por lo que ratifica la segunda condena contra el exmagistrado, que ya con la primera resolución de 2016 había sido expulsado de la carrera judicial.

    El TSJ de Castilla La Mancha consideró probado que el magistrado dictó una resolución judicial injusta a sabiendas, para favorecer a un querellado con quien mantenía una relación de amistad en un procedimiento por delito de estafa vinculado con la compra de un local y la suscripción de un préstamo hipotecario sobre dicha finca.

    Cuando fue citado a declarar, el amigo del juez presentó otro contrato que documentaba la misma operación de venta y cuestionó el contrato de compra-venta presentado por el querellante. Y una vez terminada su declaración, el juez, en presencia del mismo, «acordó en ese acto el sobreseimiento provisional de las actuaciones y el archivo de las mismas, sin esperar al resultado de la práctica de diligencias ya acordadas (como la información solicitada al Banco )».

    Argumentando, añade, que «de acuerdo con lo dispuesto en el art. 641.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal al considerar que no queda debidamente justificada la perpetración del delito objeto de la querella a la vista de los documentos aportados en este mismo acto por el propio querellado y los argumentos dados por el mismo».

    En su sentencia, el Supremo considera que se ha evidenciado «la ausencia de cualquier aval en la norma a la insólita decisión de sobreseimiento adoptada por el acusado» por «la zafia inclusión como resolución verbal en el acta de la declaración del investigado de casi imposible presencia en caso alguno en la praxis judicial» Sino también porque en esta causa «se decide no investigar cual de los dos (querellante o querellado ) puede resultar criminalmente responsable», una «exótica argumentación» que «ni el más lego en Derecho puede compartir».

    Añade que, como hizo el TSJCM, nada era más lógico que inferir «que el acusado, jurista que llegó a superar unas no fáciles pruebas para acceder a la carrera judicial, tenía que saber que era necesario no dejar sin culminar la investigación de la falsedad indudablemente cometida».

    Se trata de la segunda vez que el exjuez es inhabilitado, ya que en mayo de 2016 la misma sala del TSJCM le condenó también a 3.600 euros de multa e inhabilitación por 10 años por prevaricación al favorecer también a otro amigo suyo en un procedimiento. En aquella ocasión, la prevaricación se produjo en la tramitación de unas diligencias previas abiertas en su juzgado «por delitos de lesiones imprudentes y omisión del deber de socorro» en un supuesto atropello de un peatón y posterior fuga ocurrida en Talavera.

  5. Hombre, si cambio 16 buscaba un caso de presunta prevaricación judicial, podia haber empezado por la jueza Nuñez de Bolaños que está sobreseyendo los casos de los ERE por haberlos dejado prescribir previamente. Pero claro, esos son de los nuestros y hay que taparlos ¿verdad Cambio 16?

  6. Nunha soa década, a España vermella e gualda será tan pequena que morreredes de fame, porqué? Por ser tan fachas. Solución non hai mentres que non comprendades o significado de democracia. Por certo, está nun dicionario calquera.

  7. Lo dicho: Los criminales juzgando a los honrados ciudadanos. Espero verlos en las cárceles que ellos, prevaricadoramente, metieron a gente honrada.

DEJA UNA RESPUESTA

Comentario
Introduce tu nombre