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De Ruíz Giménez a Gabilondo, la figura del Defensor del Pueblo que se resiste a las mujeres

Sólo una fémina, la popular Soledad Becerril, ha ocupado este puesto de gran prestigio social, a excepción de María Luisa Cava, que lo hizo en funciones

María José Pintor
María José Pintor
Periodista en cuerpo y alma, licenciada en Ciencias de la Información por la Universidad del País Vasco.
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Siete Defensores del Pueblo en Democracia, de Joaquín Ruíz Giménez -uno de los últimos ministros de Franco- a Ángel Gabilondo que tomará posesión en breve, para un cargo que se resiste a las mujeres. De momento, solo una, la popular Soledad Becerril, ha sido elegida para este puesto. Mientras otra, María Luisa Cava, lo ejerció en funciones tras la dimisión de Enrique Múgica.

Fue en el año 82 cuando se creó esta figura de Defensor del Pueblo, aunque la Constitución de 1978 introduce la institución en el orde- namiento jurídico-político español.

En estos 41 años, han ocupado este puesto: Rúiz Giménez, Álvaro Gil-Robles, Fernando Álvarez de Miranda, Antonio Rovira, Enrique Múgica, María Luisa Cava de Llano (en funciones), Soledad Becerril y Francisco Fernández Marugán (en funciones).

Aunque en las últimas horas se barajaba la opción de que la propuesta del PSOE al PP para ocupar este cargo fuera Carmen Calvo, lo cierto es que Moncloa ha optado finalmente por la persona con la que tenía un compromiso de antemano para el puesto.

  • El Defensor goza de inviolabilidad, por lo que no podrá ser detenido, expedientado, multado, perseguido o juzgado respecto a las opiniones que formule o a los actos que realice en su condición de titular de la Institución. Eso sí, salvo en casos de flagrante delito, dependiendo entonces su procesamiento de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.

El Defensor del Pueblo no podrá estar afiliado a un partido político

El cargo de Defensor del Pueblo es incompatible con todo mandato representativo, cargo político, servicio activo en cualquier Administración pública, afiliación a partido político, sindicato o incluso asociación o fundación, con el ejercicio de las carreras judicial y fiscal y con cualquier actividad profesional, liberal, mercantil o laboral. En este sentido, tiene un margen de diez días tras su nombramiento para cesar en todas las situaciones de incompatibilidad en el cargo.

Así, todos los que han ocupado este cargo, han tenido que retirar su carnet de militancia política.

Sin embargo, en todos los casos, la persona elegida, siempre tras el acuerdo entre los dos grupos mayoritarios del Parlamento, procede de la vida política y ha ocupado altos cargos.

Como alto comisionado que es de las Cortes Generales, el Defensor es nombrado por el Parlamento para un periodo de cinco años.

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