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De la Mata cierra la instrucción de la Gurtel con 21 procesados por los eventos al PP para enriquecerse ilícitamente con dinero público

María José Pintor
María José Pintor
Periodista en cuerpo y alma, licenciada en Ciencias de la Información por la Universidad del País Vasco.
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análisis

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El juez de la Mata pone fin a la instrucción del llamado “caso Gurtel” y que propone juzgar en la llamada “ pieza principal”  a 21 personas físicas y a 19 personas jurídicas (éstas últimas como responsables civiles subsidiarios) por delito contra la Hacienda Pública, delito continuado de falsedad en documento mercantil y delito de blanqueo de capitales.

Entre otros, el juez propone juzgar a los responsables del llamado “ Grupo Correa” , Francisco Correa y Pablo Crespo, a sus asesores fiscales como Luis de Miguel y Ramón Blanco Balín, y a empresarios y testaferros que participaron durante toda las época Gurtel  en la operativa para eludir pagos a la Hacienda Pública y ocultar los recursos económicos ilícitamente obtenidos por las personas físicas y jurídicas investigadas.

En el auto en el que acuerda el pase a procedimiento abreviado de la pieza principal de Gurtel ( D.P 275/08) el magistrado acuerda también  el sobreseimiento provisional y archivo de la causa para otras 28 personas que han figurado como investigadas a lo largo del procedimiento y que según  el juez, no concurren indicios bastantes para atribuirles un conocimiento del origen presuntamente ilícito de los fondos, ni de su ocultación a la Hacienda Pública. Es el caso de varios trabajadores  de las sociedades investigadas  que participaron en la gestión y administración de las empresas de eventos del Grupo Correa. En su caso, no ha quedado suficientemente acreditado, según de la Mata, que fueran conscientes del específico objetivo defraudatorio llevado a cabo por los responsables de estas empresas.

“La finalidad era enriquecerse ilícitamente de forma sistemática, con cargo a fondos públicos

En otros dos casos, el de los investigados ÁÑvaro Pérez y Cándido Herrero, se acuerda el sobreseimiento provisional y archivo porque los hechos que se les atribuían  han sido investigados en otras piezas separadas  de Gurtel.

Respecto a otro de los investigados, Jesús Merino, se acuerda el sobreseimiento provisional y archivo al no haber sido acreditado el delito contra la Hacienda Pública que se le imputaba.

Por último, el juez acuerda el sobreseimiento definitivo y archivo respecto a Plácido Vázquez por prescripción de los delitos.

El magistrado fija un plazo de 20 días para que las acusaciones soliciten la apertura de juicio oral o en su caso el sobreseimiento de la causa.

Última pieza de Gurtel

El auto del juez explica que ésta es la última pieza de Gurtel  que quedaba en fase de instrucción. Para simplificar y activar el procedimiento judicial, a lo largo de los años se han ido incoando piezas separadas en cuanto la investigación permitía enjuiciar separadamente distintos hechos de forma independiente, cometidos por la trama Gurtel.

En esta pieza que ahora concluye  el magistrado explica que  la organización liderada por Francisco Correa,  desde finales de 1999 hasta 2009,   fue un holding empresarial dedicado a la organización de eventos , entre los que se encontraban gran parte de los que realizaba para el Partido Popular.

Lo que se ha investigado en esta pieza son los posibles delitos contra la Hacienda Pública que pudieron haber cometido Correa Sánchez y Pablo Crespo con motivo de la ocultación de su patrimonio; el juez recuerda que ese patrimonio en gran parte presuntamente procede de las actividades ilícitas investigadas en las restantes piezas separadas de Gurtel.

En segundo lugar, el juez desarrolla  en su auto toda la estrategia diseñada por los dos responsables del Grupo Correa para ocultar y blanquear los ingresos procedentes de las actividades ilícitas.

 

El magistrado explica que la finalidad del grupo era enriquecerse ilícitamente de forma sistemática, con cargo a fondos públicos, “ con quienes se concertaron para vulnerar la normativa administrativa en materia de contratación pública, emitieron facturas falsas para opacar los fondos obtenidos, ocultaron a la Hacienda Pública los ingresos ilícitos obtenidos y los blanquearon para tratar de retornar  a la vida mercantil lícita”.

El auto del juez detalla toda la estructura de ocultación de los ingresos, a través de sociedades de eventos vinculadas a Francisco Correa. El escrito del juez recoge también toda la operativa de ocultación del patrimonio llevada a cabo por Correa, bien a través de dinero en efectivo opaco y utilización de sociedades así como de estructuras societarias  patrimoniales en España y el extranjero.

El auto del juez dedica un apartado a la operativa diseñada por los asesores fiscales para  ocultar los fondos en cuentas en el extranjero. Esos fondos tendrían su origen en el cobro de facturas falsas y en el de comisiones indebidas no declaradas a la Hacienda Pública.

Delito contra la Hacienda Pública, falsedad en documento mercantil y blanqueo

En el caso de Correa y Crespo el magistrado les imputa el delito contra la Hacienda Pública a título de autores. EL magistrado considera que “ ha quedado acreditado  que las cantidades multimillonarias que ha obtenido las percibió ocultándolas a través de una compleja estructura societaria y financiera, justamente para conseguir defraudar a Hacienda simulando la inexistencia de ingresos”. EL juez recuerda que de hecho no presentó ninguna declaración tributaria desde al menos el año 1999, ocultando sus ingresos y rentas.

Respecto a Crespo, también ocultó una parte de sus recursos económicos que procederían de su intermediación en adjudicaciones irregulares y de inversiones realizadas con Correa.

El magistrado señala como cooperadores necesarios del delito contra la Hacienda Pública a los asesores fiscales DE Miguel Pérez y Blanco Balín.

Respecto al delito continuado de falsedad en documento mercantil el auto explica que el contenido de las facturas emitidas para obtener un cobro no suponen una simple alteración de la verdad en una operación real, “ sino unos documentos de origen fraudulento que reflejan unas intervenciones que no han tenido lugar y unos servicios que no se han prestado, y que por tanto deben ser calificados de documentos no auténticos con la finalidad de acreditar en el tráfico jurídico una relación jurídica absolutamente inexistente”.

El magistrado incluye por último el delito de blanqueo y detalla los mecanismos y procedimientos realizados por los investigados para dar apariencia de legitimidad o legalidad a los bienes o activos de origen delictivo. El magistrado describe una estrategia planificada bajo la dirección de Correa y Crespo, regida por el principio de jerarquía y con la misión claramente definida de “ enriquecimiento de su líder, Correa Sánchez”. En esa operativa de blanqueo el magistrado destaca el papel de sus asesores jurídicos también investigados, la utilización de una compleja estructura de sociedades interpuestas, movimientos internacionales de dinero, así como canales de blanqueo empleados mediante transferencias internacionales, participación de no residentes en propiedad de sociedades nacionales, inversiones directas en el exterior, préstamos concedidos a no residentes,  financiación concedida a filiales residentes, mezcla de dinero lícito e ilícito, inversiones en el sector inmobiliario y uso masivo de efectivo como medio de pago.

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