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¿Cuándo es recomendable heredar a beneficio de inventario?

Aunque se trata de una opción segura y eficaz existe un gran desconocimiento sobre esta figura que garantiza la seguridad del heredero ante un legado sobre el que haya dudas

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análisis

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Hay mucha literatura novelesca sobre las herencias. Junto con la lotería, hay para quien esta es una forma fácil de ganar una fortuna. Por lo general, se trata de un procedimiento doloroso ya que unido a la pérdida de un ser querido viene un torrente de burocracia que, si todo va bien se soluciona con cierta rapidez, pero si se enquista puede desembocar en disputadas familiares y largas esperas.

Pero hay otra cara de las herencias más allá de los casos más convencionales. Es en esas situaciones, en las que los herederos no saben exactamente la herencia que les corresponde -bien porque el fallecido es un familiar lejano, bien porque descubren deudas inesperadas-, cuando cobra relevancia la opción de aceptar la herencia a beneficio de inventario.

“Solo vas a responder de las deudas que tenga el causante con los bienes que has adquirido. No respondes más allá” explica desde Simarro Abogados el especialista José Simarro sobre esta figura que viene regulada en los artículos 1010 a 1034 del Código Civil español.

De esta forma el heredero se asegura “no perder su propio capital” ya que, según recuerda Simarro, cuando aceptas una herencia “pura y simplemente, respondes con tu patrimonio de las deudas del causante”.

Herencias con deudas

En la última década se han disparado los casos de renuncia a las herencias: el pago de impuestos en algunas comunidades hace que en algunos casos no compense recibirla. Otro de los motivos, en parte vinculado a la coyuntura económica, está en el hecho de recibir un legado donde el debe supere al haber.

Pero, ¿qué pasa si no hay constancia de la situación? “La aceptación a beneficio de inventario es ideal en casos donde hay desconocimiento apunta Simarro, quien pide extremar la precaución en casos de “herencias de un familiar que haya tenido un pequeño negocio, ya que no sabes lo que puede haber dejado a deber”.

No obstante, aferrarse al beneficio de inventario “lleva unos costes, por hacer una valoraciónque pueden oscilar entre 2.000 y 3.000 euros. La realización de este inventario, fiel y exacto, es necesaria para conocer si existen acreedores.

De esta forma se conocerá qué lado de la balanza es más pesado, si el de las deudas o el del patrimonio. La deuda con los acreedores quedará satisfecha y el montante que reste irá a parar, limpio de cargas, para los herederos.

¿Cómo realizar una aceptación de herencia a beneficio de inventario?

Al ser un trámite muy regulado los herederos deberán dejar constancia de su voluntad ante notario, según indica Teresa de la Cruz, al frente del despacho DCS Abogados.

“El heredero, si tiene en poder la herencia, dispone de 30 días para comunicar al notario la formación de inventario. Y si no la tiene, cuenta con un plazo también de 30 días a partir del día siguiente al fijado por el notario para aceptar o repudiar la misma, a petición de cualquier interesado” completa la jurista madrileña.

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