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El Congreso aprueba por unanimidad el RDL sobre violencia de género

Carmen Calvo ha incidido en la situación de los menores víctimas de violencia, que en España son casi un 60%. Ya que la corta edad del 93,7% de ellos, no les permite identificar como tal la situación en la que viven

Agustín Millán
Agustín Millánhttp://pompona22.wixsite.com/agustinmillan
Foto periodista especializado en manifestaciones y actos sindicales. Desde 2011 fotografiando la crisis más dura de la historia moderna. Responsable de redes sociales de la Cumbre Social España. Fotógrafo con 5 campañas electorales entre ellas la de Manuela Carmena y la de Enrique Santiago en IU Madrid.
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El Pleno del Congreso ha convalidado, con el apoyo casi unánime de todos los grupos parlamentarios, el Real Decreto Ley de medidas urgentes para el desarrollo del Pacto de Estado contra la violencia de género, que será tramitado como Proyecto de Ley por el procedimiento de urgencia. La iniciativa ha salido adelante por 335 votos a favor y 2 abstenciones.

La vicepresidenta del Gobierno, ministra de la Presidencia e Igualdad, Carmen Calvo, ha sido la encargada de defender el texto como trámite previo a la votación. Ha requerido el consenso de todas las formaciones algo que al final ha conseguido, pero con las críticas de Unidos Podemos y Ciudadanos por falta de diálogo y por considerarlo insuficiente, y del PNV y ERC, que discrepan en materia sobre las competencias de las comunidades autónomas.

Carmen Calvo ha incidido en la situación de los menores víctimas de violencia, que en España son casi un 60%. Ya que la corta edad del 93,7% de ellos, no les permite identificar como tal la situación en la que viven. “Esto nos obliga a poner en marcha la ayuda en ese tramo de minoría de edad y por eso se contempla la modificación del Código Civil”.

La atención y asistencia psicológica quede fuera del catálogo de actos que requieren una decisión común en el ejercicio de la patria potestad

La portavoz socialista en la Comisión de Seguimiento del Pacto, Carmen Cuello, ha subrayado que “el Gobierno asume su responsabilidad: abordar la violencia de género como una cuestión de Estado impulsando las políticas públicas que la lucha contra la violencia machista exige”.

957 mujeres han sido asesinadas en nuestro país desde 2003 y 33 en lo que va de año, ha recordado. “Nadie se puede poner de perfil en la lucha contra la violencia de género. Este tema requiere unión y estar por encima de intereses políticos. La lucha contra el machismo es una tarea colectiva del país. No es posible entenderla sin las organizaciones de mujeres, sin la sociedad civil… y tampoco sería posible entender la lucha contra el terrorismo machista con la ausencia de algún partido político”, ha dicho Carmen Cuello.

La portavoz socialista recalcó que las medidas contempladas en el Real Decreto “son resultado del consenso y del debate político”. “El espíritu de consenso del Pacto debe perdurar en la fase de su puesta en marcha con este RDL” sostuvo y, por ello, “el Gobierno ha acudido al diálogo, a la negociación, y quiere seguir contando con las aportaciones de todas las fuerzas políticas durante la tramitación como Proyecto de Ley de este Real Decreto-Ley”.

“Diligencia y diálogo son las dos señas de identidad de este Gobierno. Contra la violencia de género, van a encontrar al PSOE firme, leal a los pactos, creando acuerdos e impulsando consensos que hagan de la lucha contra el machismo un objetivo de país”, finalizó.

 

Menores víctimas

El decreto incluye la modificación en el artículo 156 del Código Civil para desligar la intervención psicológica con menores expuestos a violencia de género del ejercicio de la patria potestad, a fin de que en estos casos no sea necesaria la autorización de los dos progenitores para acceder a la asistencia psicológica.

Una víctima de violencia machista acudirá antes a una casa consistorial que, a una comisaría

La reforma del artículo 156 del Código Civil establece que la “atención y asistencia psicológica quede fuera del catálogo de actos que requieren una decisión común en el ejercicio de la patria potestad, cuando cualquiera de los progenitores esté incurso en un proceso penal iniciado por atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro progenitor o de los hijos e hijas de ambos”.

 

Administraciones locales

La nueva norma plantea la necesidad de adoptar las modificaciones legales oportunas “para que la Administración local pueda llevar a cabo actuaciones en la promoción de la igualdad entre hombres y mujeres, así como contra la violencia de género”, “ya que se trata de la administración más cercana a la ciudadanía y, por ende, a las víctimas”. Estas materias pasarán a ser competencia propia de los municipios en el artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Ha juicio de la vicepresidenta, “una víctima de violencia machista acudirá antes a una casa consistorial que, a una comisaría, de ahí que este decreto busque este cambio de competencias y permita a los ayuntamientos contratar personal especializado para la detección de casos. Se trata, de convertir el ayuntamiento en un espacio seguro para la mujer.

 

Acreditación victima violencia de género

Para “fortalecer la tutela judicial y el acceso a la justicia, y a los recursos de asistencia de las víctimas de violencia de género”, el RDL modifica los artículos 20 y 23.

Se amplían los mecanismos de acreditación de las situaciones de violencia de género, de modo que se podrá realizar mediante una sentencia condenatoria por un delito de violencia de género, una orden de protección o “cualquier otra resolución judicial que acuerde una medida cautelar a favor de la víctima, o bien por el informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la demandante es víctima de violencia de género”.

También podrán acreditarse las situaciones de violencia de género mediante informe de los servicios sociales, de los servicios especializados, o de los servicios de acogida destinados a víctimas de violencia de género de la Administración Pública competente; o “por cualquier otro título”, siempre que ello esté previsto en las disposiciones normativas de carácter sectorial que regulen el acceso a cada uno de los derechos y recursos.

También podrán acreditarse “las situaciones de violencia de género mediante informe de los servicios sociales, de los servicios especializados, o de los servicios de acogida destinados a víctimas de violencia de género de la Administración Pública competente”; o “por cualquier otro título, siempre que ello esté previsto en las disposiciones normativas de carácter sectorial que regulen el acceso a cada uno de los derechos y recursos”, señala el texto.

 

Mejorar la participación de la víctima en el proceso penal

El artículo 20 contiene tres tipos de medidas “destinadas a mejorar la participación de la víctima en el proceso penal”. Se reforma su apartado 4 y se añade un apartado 5 para reforzar la asistencia jurídica de las víctimas. Y se añade un nuevo apartado 6 “para implementar una medida del Pacto de Estado referente a la habilitación legal del Letrado de la víctima a fin de que pueda ostentar su representación procesal hasta la personación de la víctima en el procedimiento”, estas medidas deben armonizarse con la tercera medida consistente en la adición de un nuevo apartado 7 con el objeto de permitir a la víctima personarse como acusación particular en cualquier fase del procedimiento.

 

Ayudas sociales

Por último, se modifica el artículo 27, referente a las ayudas sociales, a fin de permitir la compatibilidad con cualquiera de las prestaciones previstas en la Ley 35/1995, de 11 de diciembre, de Ayudas y Asistencia a las Víctimas de Delitos Violentos y contra la Libertad Sexual, así como con cualquier otra ayuda económica de carácter autonómico o local concedida por la situación de violencia de género.

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