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Condenan a una médico por homicidio por imprudencia

El juzgado de lo Penal Número 1 de León ha condenado a una médico a un año de cárcel por homicidio por imprudencia y tres de inhabilitación profesional

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análisis

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El juzgado de lo Penal Número 1 de León ha condenado a una médico a un año de cárcel por homicidio por imprudencia y tres de inhabilitación profesional. La médica, residente del Hospital de León, ha sido juzgada por no diagnosticar un accidente cerebro vascular en una paciente de 78 años, a la que concedió el alta y falleció a los pocos días.

La denuncia ha sido formulada por las hijas y el esposo de la mujer fallecida. A través de un comunicado, El Defensor del Paciente detalla que la mujer de 78 años tenía un historial médico con antecedentes de accidentes isquémico, siendo ingresada en agosto de 2010 y en febrero de 2011 tras sufrir un síncope mientras realizaba la compra.

Sin embargo, el Servicio de Urgencias examinó a la paciente y le dieron el alta con la recomendación de que volviera al centro en caso de notar alguna molestia. Así fue, y el 15 de febrero, la paciente comenzó a sentir que el lado izquierdo de su cuerpo perdía fuerza. El médico de cabecera se presentó en su domicilio y ante lo que el catalogó de posible ictus traslado nuevamente a la mujer al Hospital.

Una vez en el Hospital, la paciente fue atendida por la que hoy ha sido condenada y que entonces se encontraba en su primer año de MIR. La medica, a pesar de que en el informe del Servicio 112 se especificara que la causa de traslado era un posible accidente isquémico-vascular, decidió realizar una analítica y una prueba de rayos X de rodilla, lo que le sirvió para diagnosticar “artrosis de rodilla”.

“A pesar de contar con el informe de urgencias del día 11 de febrero, en el que se incluyen los antecedentes de la paciente, así como la nota del médico de cabecera manuscrita sobre dicho informe, no valora en absoluto tales datos”, señala El Defensor del Paciente.

Ha sido este diagnóstico y la no valoración de los antecedentes de la paciente lo que ha condenado a esta médico. Asimismo, según advierte el fallo, la residente no recabó la asistencia de su adjunta con el fin de contrastar su exploración y diagnóstico con un médico de mayor experiencia, como es obligatorio. Del mismo modo, la paciente falleció el 22 de febrero a consecuencia de un derrame cerebral masivo que había comenzado días previos.

La sentencia reprocha a la condenada no haber efectuado las pruebas necesarias y no haber valorado el primer diagnostico del médico de cabera que remitió a la paciente al Hospital indicando la posibilidad de un nuevo episodio isquémico-vascular.

Asimismo, recoge que la residente “de forma absolutamente imprudente y temeraria, emite un diagnóstico erróneo, derivado de un absoluto desprecio al deber objetivo de cuidado, al no tener en cuenta los antecedentes dela paciente, no realizar una adecuada exploración física (exploración deficiente, dice la sentencia), ni solicitar la realización de pruebas diagnósticas por imagen”.

“Todo lo cual hubiera evidenciado la presencia de un accidente isquémico-vascular en tiempo precoz, pudiendo haber puesto en marcha las medidas terapéuticas oportunas para evitar su progresión y, con ello, el fallecimiento de la paciente”.

De este modo, imponen la condena de un año de prisión y tres de inhabilitación para el ejercicio de su profesión. Sin embargo, la condena será rebajada debido a las dilaciones excesivas en el curso del procedimiento, que se ha prolongado durante 7 años. Por el momento, la aseguradora de la médico, ha indemnizando a las hijas de la paciente con 200.000 euros.

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