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Condena de 8 años de cárcel a dos hombres marroquíes por adoctrinamiento yihadista a dos españolas

Los condenados difundieron más de 600 vídeos, con el fin de enaltecer las acciones terroristas del DAESH

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análisis

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La Audiencia Nacional condeno a ocho años de prisión a dos marroquíes que adoctrinaron en el yihadismo a dos mujeres españolas, una con pasado neonazi. El Tribunal considera acreditado que Tarik Aazane Rachid el Founti, que fueron arrestados en marzo de 2017, acumularon y difundieron más de 600 vídeos, comentarios e imágenes en las redes sociales con el objetivo de enaltecer las acciones terroristas del DAESH. También considera probado que hicieron proselitismo sobre dos mujeres españolas para integrarlas en la causa del terrorismo yihadista.

La sección Primera de la Sala de lo Penal, cuyo ponente a sido Nicolás Poveda, explica que fue en 2016 cuando los Mossos d’ Esquadra recibieron la comunicación de que dos mujeres jóvenes, españolas, residentes en las localidades catalanas de Torello y Roda de Ter habían adoptado costumbres del radicalismo religioso musulmán. Una de ellas, que en el pasado había formado parte de un grupo neonazi, con estética “skinhead”, experimentó un proceso de cambio estético, vistiendo ropa propia de la cultura musulmana. Las investigaciones policiales descubrieron que las dos jóvenes estaban relacionadas con uno de los acusados, Tarik Aazane.

La Policía Local narró en el juicio, en su declaración como testigo, la visita que efectuaron los padres de una de las dos chicas, que denunciaron la dependencia de su hija respecto a Tarik. Según los padres, ella estaba amenazada por el condenado, razón por la que llegó a afirmar que estaba dispuesta “a morir por Alá”. Además uno de los acusados utilizó a esta mujer además para realizar un envío de dinero a través de transferencias a Siria. En el domicilio de Rachid el Founti aparecieron 5 justificantes de transferencias a Siria por valor de 7.271 euros, uno de ellos figuraba a nombre de esta joven.

Respecto a la otra mujer, un policía de los Mossos d’Esquadra explicó durante el juicio que a la Policía Local de Torello le sorprendió el cambio de vestimenta de la joven,  que pasó de la estética “skinhead” a  un atuendo con velo musulmán, y explicó que ese pasado neonazi, a pesar de la paradoja, hacia “más fácil convertirla al islam por su sentimiento antijudío”

La Audiencia Nacional señala que el objetivo del material difundido por los condenados era que “se llegar a la comisión de delitos violentos contra determinadas personas o colectivos por terceros, pues el contenido de los diversos vídeos difunden un mensaje antidemocrático, antioccidental judeofóbico, de incitación al odio y a la violencia que justifica y enaltece la Yihad islámica combativa y menosprecia a las víctimas”

Las dos jóvenes, que testificaron en la vista oral, “llegan a realizar actos no sólo de significación religiosa islámica, lo que es de todo punto legítimo, sino preparatorios de su adscripción violenta, formando parte del grupo de relación que mantiene Tarik con Rachid el Founti, y que como en el caso de la primeramente citada son los comentarios que llega a añadir a los vídeos que le proporciona en internet Tarik; en incluso como en la conversación ya examinada, Rachid le invita a realizar un viaje a Siria, vía Turquía con todos los gastos pagado, lo que no sería lógico ofrecimiento a una persona no iniciada en el yihadismo”.

La Sala de lo Penal concluye que los dos acusados deben ser condenados por el delito de adoctrinamiento, regulado en el artículo 577.2 del Código Penal, como solicitó el fiscal durante la vista oral. Los jueces califican la intervención de los condenados en la radicalización de al menos las dos jóvenes de “muy relevante” dada la multitud de instrumentos informáticos utilizados y la captación de al menos dos personas para la causa del terrorismo yihadista,

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