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CCOO ratifica casi por unanimidad el preacuerdo para la subida de salarios

Se trata de un texto no vinculante y especifica que los negociadores de convenios colectivos deberán tener en cuenta las circunstancias específicas de su ámbito para fijar las condiciones salariales

Agustín Millán
Agustín Millánhttp://pompona22.wixsite.com/agustinmillan
Foto periodista especializado en manifestaciones y actos sindicales. Desde 2011 fotografiando la crisis más dura de la historia moderna. Responsable de redes sociales de la Cumbre Social España. Fotógrafo con 5 campañas electorales entre ellas la de Manuela Carmena y la de Enrique Santiago en IU Madrid.
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análisis

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El Consejo Confederal de CCOO, máximo órgano entre congresos, en su reunión de hoy ha ratificado por 146 votos a favor, 1 en contra y 1 abstención, el V Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva (AENC).

El sindicato es el último en conseguir el respaldo de su cúpula al texto, que supone una guía para los negociadores de miles de convenios colectivos de más de once millones de trabajadores afectados directamente por acuerdos colectivos.

La ratificación de la dirección de CC OO se suma a las de las cúpulas del sindicato UGT y a la de las patronales CEOE-Cepyme que obtuvieron ayer el visto bueno de sus respectivas direcciones al acuerdo.

Mediante este acuerdo, el 62% de los asalariados se podrán ver afectados de estas subidas, pero este acuerdo no es vinculante: sólo sirve de orientación para cada sector pero cada uno tiene que pactar su subida y su entrada en vigor.

Firma del acuerdo para la subida de salarios

Ahora los máximos líderes sindicales y empresariales del país firmarán mañana el  V AENC, que recomienda a los negociadores de los convenios que apliquen subidas salariales a los trabajadores del 4% este año y del 3% en 2024 y 2025, junto con una cláusula del hasta el 1% si la inflación de estos tres años supera los incrementos acordados.

V Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva

El AENC facilitará la negociación de los convenios colectivos pendientes. El 62% de los trabajadores asalariados se podrán ver afectados de estas subidas pero este acuerdo no es vinculante: sólo sirve de orientación para cada sector, pero cada uno tiene que pactar su subida y su entrada en vigor.

El acuerdo alcanzado entre las partes contempla además una cláusula de revisión salarial que, en caso de desviación de la inflación, podría implicar alzas adicionales de hasta el 1% para cada uno de los años del acuerdo (2023-2025). Esta subida se aplicaría al inicio del siguiente ejercicio.

Subida salarial

En todo caso, el acuerdo especifica que los negociadores de convenios colectivos deberán tener en cuenta las circunstancias específicas de su ámbito para fijar las condiciones salariales.

En el texto se puede leer que las directrices contenidas en el acuerdo puedan adaptarse en cada sector o empresa, “cuyas situaciones son muy desiguales en crecimiento, resultados o incidencia del salario mínimo interprofesional (SMI), todo ello con el objetivo del mantenimiento y la creación de empleo”.

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