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Caso Púnica: la Audiencia Nacional archiva la causa contra Esperanza Aguirre por financiación ilegal

Por otro lado, el juez García Castellón propone juzgar a Francisco Granados, al exgerente del PP Madrid y a otras 6 personas por financiación irregular en las elecciones autonómicas 2011, pero rechaza que la Justicia vaya contra el Partido Popular

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análisis

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El juez de la Audiencia Nacional, Manuel García Castellón ha propuesto juzgar a ocho personas, entre ellos el que fuera gerente del PP de Madrid, Beltrán Gutiérrez, y el exsecretario general de la formación, Francisco Granados, por la financiación irregular en las elecciones autonómicas de 2011 y contratos de posicionamiento online de altos cargos.

En un auto, el magistrado finaliza la instrucción de la pieza 9 del denominado caso Púnica y archiva la causa para 71 personas físicas y 3 jurídicas, entre ellas los expresidentes de la Comunidad de Madrid, Esperanza Aguirre e Ignacio González, y los exconsejeros Manuel lamela, Lucía Figar, Salvador Victoria y Juan José Güemes, así como los empresarios Juan Miguel Villar Mir y Javier López Madrid.

Los hechos relatados en el auto de pase a procedimiento abreviado se tipifican como delitos de prevaricación administrativa, malversación de caudales públicos, fraude en la contratación, falsificación, cohecho, delito electoral y tráfico de influencias.

En la resolución, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 6 rechaza la petición de ADADE y PSOE para investigar al PP en relación con estos hechos.

En este procedimiento, que se inició en el año 2014 a raíz de una comisión rogatoria de Suiza por un posible delito de blanqueo de capitales en el que se investigaba a Granados, se ha investigado la financiación del PP de Madrid en las campañas electorales autonómicas de 2007 y de 2011 y las generales de 2008. Además, el magistrado ha analizado todas las adjudicaciones en el ámbito de la contratación pública, así como los contratos de reputación online para posicionar a altos cargos del PP en las redes sociales.

En relación con las elecciones autonómicas de 2011, únicas no prescritas, el magistrado explica la operativa desarrollada desde el comité de campaña del PP para ocultar los gastos reales de la campaña. Así, mientras la cuenta electoral registró unos costes de 2.986.624 euros que fueron declarados ante la Cámara de Cuentas, los costes totales que para el PP de Madrid supusieron las elecciones municipales y autonómicas ascendieron a 6.878.275,04 euros. (Incluyendo la precampaña)

Según explica el juez, la contabilidad presentada ante la Cámara de Cuentas “no respondía a la realidad de lo sucedido”. El juez añade que “para poder ejecutar tal plan, era necesario contar, como se había hecho en periodos electorales previos, desde el punto de vista de los prestadores de los servicios, con empresarios afines que, realizando el servicio, posteriormente lo facturasen bajo otros conceptos y, desde la perspectiva de los ingresos y gastos, se hacía necesario, por una parte, utilizar fuentes de captación de recursos, bien opacas, bien alterando el destino declarado y, por otra, trasladar esos recursos a los prestadores de los servicios, bien en metálico, bien a través de las facturas alteradas”.

Captación de recursos

A lo largo de 257 páginas, García Castellón explica que la principal fuente irregular de captación de recursos fue a través de aportaciones de dinero en efectivo que le eran entregadas, directa o indirectamente, al secretario regional del Partido Popular, el investigado Francisco José Granados.

Una vez entregadas, continúa, el mismo registraba los pagos de forma manuscrita en una libreta negra, tras lo cual, descontaba de las cantidades una cuantía que retenía para sí o para terceras personas ajenas al partido y, el resto, lo hacía llegar al Gerente del Partido Popular Regional y futuro administrador electoral, el igualmente investigado, Beltrán Gutiérrez que se encargaba de hacer los pagos en efectivo que no deseaban hacer constar ante la Cámara de Cuentas.

La relación entre Granados y Beltrán Gutiérrez era de plena confianza, pues el mismo venía desarrollando esa labor con los diferentes secretarios generales de la formación política regional y de los diferentes directores de las Campañas como nexo de unión entre las personas que “recibían” el dinero en efectivo de terceras personas y, posteriormente, lo hacían llegar a la Sede Regional.

Como otra fuente de financiación, indica el auto, se sumó la derivada de la cuenta de la Fundación FUNDESCAM y, ya de forma transparente, la derivada de la propia cuenta electoral.

Prescripción de las campañas de 2007 y 2008

El magistrado explica que los delitos de falsedad electoral vinculados a las elecciones autonómicas de los años 2007 y generales de 2008 estarían prescritos cuando se les citó como investigados, mientras que los vinculados a la elecciones de 2011 se encontrarían prescritos solo para las personas que no hubiesen sido declaradas judicialmente investigadas con anterioridad al 24 de septiembre de 2016, esto es, la fecha en la que el gerente Beltrán Gutierrez presentó la contabilidad de esa campaña electoral en la cámara de Cuentas de Madrid y, por tanto, empezó a contra el computo de la prescripción desde aquel día.

Archivo de la causa contra Esperanza Aguirre

De acuerdo con lo investigado el juez señala que no puede considerarse acreditada la participación de Esperanza Aguirre en los hechos delictivos objeto “de la presente pieza separada, pues, más allá de la prescripción de los delitos electorales asociados a las elecciones autonómicas del 2007 y del 2011, lo cierto es que no se han evidenciado indicios que permitan afirmar que la misma era conocedora de los mismos”.

En relación con los trabajos de reputación llevados a cabo por las empresas de Alejandro de Pedro, afirma que “no ha podido acreditarse que la misma tuviese conocimiento, ni de la contratación de los trabajos, ni de su desarrollo, ni de cómo se abonaban los mismos”.

El auto de pase a procedimiento abreviado acuerda dirigir la causa contra Alejandro de Pedro, Borja Sarasola, Beltrán Gutiérrez, Diego Mora, Francisco Granados, Francisco Lobo, Isabel Gallego, José Martínez Nicolás y las personas jurídicas EICO Reputación Management y Madiva Editorial y Publicidad.

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1 COMENTARIO

  1. Un juez del PP debe absolver a todos cuantos pueda de su propia formación, máxime cuando están demostrando los hechos evidencias incontestables.
    La sentencia es en sí misma un dogma en el partido.
    Pero no era más sencillo ilegalizar la formación que malgastar dinero una y otra vez en lo mismo? Para todos incluyendo a ellos. Y por tanto; cómo se puede dar validez al tongo electoral resultante?
    Mil veces me lo explican; otras mil no lo entiendo.
    Pero hay más; los jueces del PP denunciaban – ésto es inconcebible – la ausencia de ayuda para la resolución de los casos que llegan a las instancias superiores de los órganos judiciales, las que bloquearon durante años y que provocan que las piezas de los sumarios prescriben para absolver – por ejemplo – a la Espe, sin que hayan movido un remo en dirección a la costa.

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