El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama, que investiga el caso del Banco Popular, ha desestimado el recurso de reforma presentado por el Banco Santander contra en la resolución en la que se acordaba dirigir el procedimiento contra esta entidad y señala que “deviene necesaria la intervención de dicha entidad en concepto de investigada, con todos los derechos propios de tal condición”.

En un auto, el magistrado, tras analizar el informe del fiscal contrario a la admisión del recurso, recuerda que se trata de una cuestión jurídica prácticamente inédita en la práctica judicial –la transmisión de la responsabilidad penal entre empresas- y que en las escasas resoluciones sobre la materia no se ha ponderado la trascendencia que tiene en el ámbito jurídico empresarial.

La resolución analiza el precepto aplicado en este caso, el artículo 130.2 de Código Penal, incluido en el capítulo sobre “las causas que extinguen la responsabilidad criminal” y señala que, a su juicio, el legislador “quiso remarcar una diferencia, en el ámbito de las sociedades: la pérdida de su personalidad jurídica o su transformación no conlleva aparejada la extinción de su posible responsabilidad penal, sino todo lo contrario, de existir dicha responsabilidad, se transmite a la nueva sociedad”.

También hace referencia el instructor a la circular de la Fiscalía General del Estado en la que se menciona, sobre el artículo 130.2, que el precepto “trata de evitar la elusión de la responsabilidad penal por medio de operaciones de transformación, fusión, absorción o escisión”.

Aplicación del artículo 130.2 al Banco Santander

El titular del Juzgado Central de Instrucción 4 considera que si bien la ley enumera como causa de extinción de la responsabilidad criminal la muerte del reo, por el contrario en el caso de las personas jurídicas se adopta un criterio distinto: “la transformación, fusión, absorción o escisión de una persona jurídica no extingue su responsabilidad penal, que se trasladará a la entidad o entidades en que se transforme, quede fusionada o absorbida y se extenderá a la entidad o entidades que resulten de la escisión”.

Por tanto, indica, en el caso de las sociedades mercantiles, la pérdida de su personalidad jurídica –en casos de fusión por absorción- no conlleva la extinción de su responsabilidad criminal, la cual se traslada –por mandato de ley- a la entidad absorbente. Como es sabido, afirma, “el referido precepto tiene naturaleza imperativa y, por tanto, el instructor debe aplicarlo de forma indefectible”.

“El legislador penal dice lo que dice, pudiendo haber dicho otra cosa o haber detallado más los términos de dicha traslación de la responsabilidad penal en los supuestos recogidos en el precepto. O incluso, haber excluido expresamente de su ámbito de aplicación determinadas operaciones societarias enmarcadas en las reestructuraciones bancarias, en base a razones de diversa índole. Pero no ha sido así”. subraya el juez.

Explica Calama que en el recurso del Banco Santander se dice que la resolución del antiguo Banco Popular se equipara a su disolución material, con la consiguiente extinción de su eventual responsabilidad penal. Aclara el instructor que no comparte en absoluto dicha interpretación, “la cual, por otra parte, creemos que es incompatible con el mandato legal”.

También incide el recurso, dice, en que los principios de culpabilidad y personalidad de las penas impiden transferir la hipotética responsabilidad penal del Banco Popular al Banco Santander. “A nuestro juicio –indica- pretende el recurrente una especie de pronunciamiento exculpatorio “a limine litis”, sin esperar la necesaria instrucción penal”.

“Es lo cierto que la instrucción, entre otras cuestiones, deberá analizar el apartado de riesgos legales contemplados en el proyecto de fusión, con especial detenimiento en los de naturaleza penal. Y tras ello, ponderar la posible culpabilidad de Banco Santander SA”, aclara. Y agrega que, en el orden procesal, deviene necesaria la intervención de dicha entidad en concepto de investigada, con todos los derechos propios de tal condición”.

El «banco viejo» y el «banco nuevo»

Diario16 ya indicó que la imputación penal abría la puerta a la adopción de medidas cautelares, ya que, lo que parecía que no era más que un movimiento lógico del juez Calama Teixeira, consecuencia de la desaparición de Banco Popular una vez que se ejecutó la fusión por absorción por parte del banco presidido por Ana Patricia Botín, se podía convertir en algo más. Cuando un juzgado imputa penalmente a una persona física o jurídica (o investiga, según la última reforma de Rafael Catalá) es porque hay indicios sólidos y objetivos de la comisión de un presunto delito.

Ante esta situación, el Banco Santander presentó un recurso que se fundamentaba en dos pilares argumentativos fundamentales: en primer lugar, que en este caso se debería aplicar la misma jurisprudencia que en el caso CaixaBank-Banco Valencia y, en segundo término, que la imputación penal del Santander tendría una consecuencia funesta para todo el sistema financiero de la Eurozona ya que, según la argumentación del recurso, podría destrozar el Mecanismo Único de Resolución.

Sin embargo, el Santander iba más allá y afirmaba en su recurso lo siguiente: «Como consecuencia de la resolución, nació un nuevo Banco Popular, materialmente distinto del antiguo Banco Popular, en cuyo seno se habrían eventualmente cometido los supuestos delitos objeto de investigación y cuyos consejeros se encuentran investigados en este procedimiento. La decisión del poder público europeo que, en protección de relevantes intereses generales, acordó la resolución de Banco Popular supuso la creación de una nueva realidad, un nuevo Banco Popular, para venderlo a un tercero (en este caso, Banco Santander)».

Es decir, el Santander se inventó un banco nuevo para que los presuntos delitos que se le imputan sean responsabilidad de ese «antiguo Popular» que indican. Sin embargo, la personalidad jurídica de la entidad era la misma hasta el momento de la fusión por absorción, los clientes que tenían sus depósitos y sus créditos mantenían sus contratos firmados con Banco Popular Español S.A.

Por otro lado, el Santander se ha estado lucrando del patrimonio, del know how, de los créditos fiscales, de las emisiones de bonos, de la marca, de la actividad comercial, etc. del antiguo porque todo eso ya estaba y se lo llevó todo por un euro. Para ganar dinero es válido lo anterior al 7 de junio, pero para asumir la responsabilidad penal, no.

Otro aspecto que demuestra que el argumento de la diferencia de bancos era esperpéntico lo dio el propio Santander cuando sacó al mercado los bonos de fidelización para accionistas del Popular que lo eran, siguiendo la argumentación del recurso, del antiguo y no del nuevo. Si no existía responsabilidad penal tampoco había obligación de emitir esos bonos.

Tampoco se entendió cómo pretendían aplicar en el Caso Popular la doctrina del Banco de Valencia dado que, en esta causa, tanto el criterio de la Abogacía como de la Fiscalía no tenía relación con que no existieran responsabilidades penales para CaixaBank, sino las condiciones en las que se aplicaría dicha responsabilidad. Además, Banco de Valencia tenía un patrimonio neto negativo como consecuencia de las pérdidas acumuladas, contaba con una red de oficinas desproporcionada y una plantilla sobredimensionada, además de una cartera crediticia de muy baja calidad, algo que no ocurrió con el Popular.

Lo que se demuestra con esta decisión de la Audiencia Nacional es que, a día de hoy, la estrategia del juez Calama Teixeira dista mucho de la que tuvo Fernando Andreu y que se abren nuevas expectativas para que los afectados puedan recuperar el dinero que perdieron aquel fatídico 7 de junio de 2017.

24 COMENTARIOS

    • El Andreu… El investigador de crímenes en el extranjero, que apuñala a la justicia y mira para otro lado en su propio país… El amigo del otro como él, el de querido Emilio pagame unos cursos y unas subvenciones y miro para otro lado y apuñalo a la justicia por la espalda sin pestañear.

  1. Dios bendiga al juez CALAMA y le de fortaleza ante las influencias y presiones de los malnacidos políticos y clan Cantabron. REZARE POR ESO.

    • En este puito pais de mierda. Si un juez , por una casualidad , sale honrado, sencillamente se lo quitan del medio. La puta de las bragas rojas tiene mucho poder

  2. El juez José Luis Calama tiene que denunciar cualquier minimo intento de soborno coaccion o chantaje que
    intenten para que paralice su investigacion y sus diligencias .
    tanto del santander del gobierno o de quien sea .
    acordemonos lo que ocurrio con el juez fernando presencia y eran asuntos menos graves que este .
    presencia no se acobardo y denuncio ante el acoso al que fue sometido
    que no se pasen un pelo y le dejen hacer justicia ante la mayor estafa de la democracia .

    • El Juez este que se ande con cuidado , porque como no pase por el aro por las buenas, esta gentuza no les tiembla el pulso para cargàrselo fìsicamente. Solo hay qye ver lo qeu le paso al padre. solo le deseo a esta estafadora , la misma muerte que su padre , y del mismo brazo ejecutor. Y a ser posible que le pase lo antes posible.

      • pasara lo que tenga que pasar no solo han robado a ciudadanos honrados también a queste con mucho poder y también muy peligrosa vamos de la que no querrías encontrarte en un callejón oscuro y o recuperan lo que les han robado por las buenas o rodaran cabezas y recuperan su lana seguro que muchos de los robados por su propio gobierno el BCE y el santander querían agarrar a algunos de los responsables por el cuello

  3. Doy gracias al juez Calama por defenfer lo que es logico y legal,no como el Andreu que se vendio por unas monedas,asi como el presidente del pp en galicia Feijoo que miro para otro lado como su amigo Mariano cuando robaron el patrimonio a mas de 305000 familias. vai ,vai, PP.que os hundais en la mierda.

  4. Al Juez este se lo cargan , lw quedan como juez tres telediarios.
    Què ajutoridades econònmkicas tenemos en españistan, y que organismos supervisiores en materia econòmica tenemos digase CNMV, Banco de españa, etc. que estàn manteniendo con sus oficinas abiertas , un banco que està quebrado. es de dominio pùblico, que el Santander, es totalmente insolvente. Los expertos financieros dan un valor objetivo a la accion del santander de CERO, aunque segùn balance real, sin ingenieria financiera , el valor liquidativo del banco es negativo de muchas cifras, con lo que el valor de la accion es CERO. y M,E PREGUNTO , SI un dia de estos hay a primera hora un anoticia negativa del banco y van a sacar sus depositos los clientes en solo un 15% de lo habitaul d ecualquier dìa, las oficinas sencillamente no pagarìan, y el tsunami , seria UN HECHO , POR MUCHO QUE SALIERA EL GUINDOS de turno llamando a la tranquilidad. y hojo eso puede pasar el dìa menos pensado. España hoy dia no ofrece ni la màs minima garantia, y los bancos igual , todos sus datos estàn falseados- Solo se habla de la quiebra del Santander, pero los demàs estàn sanos ? Yo de mopmento en los bancos ni un euro

  5. españa es igual a corrpcion totla y generalizada.
    Soy una jubilada de 75 años. antiguamente cualquier banco por pequeño que fuera , te ofrecia unas garantias para tus ahorros. Ahora no ofrecen ninguna garantìa. estàn los bancos abiertos, pero yo no estoy seguro de que si hoy voy a sacar mi dinero, me lo van a entregar. Hoy sin ir mas lejos estando en el hogar del jubilado, varios colegas daban por seguro que el Banco de Santander, està quebrado, de hecho la conversaciòn a salido, porque uno de ellos acababa de sacar todo su dinero, y cancelado la cuenta. Yo no soy cliente del Santander, pero la verdad es que no duermo tranquilo, porque si el Banco de Santander està en quiebra mi banco BBVA, no andarà muy lejos, con lo que se oye ùltimamente

  6. Sr Calama. Usted hace grande la Democracia de nuestro País , que empezaba a ser el paraíso de las corruptelas de los más fuertes.
    Aún hay esperanza. Haga usted Justicia caiga quien caiga.

  7. Todos sabemos do que o Santander é capaz. Isto é positivo para nós acionistas roubados do Banco Popular, mas nao é nenhuma vitoria, pois lutamos contra tubarões corruptos capazes de tudo. Contra Deus e contra o poder da oração o Santander e todas estas autoridades corruptas nao têm poder. Por isso peço-vos que hoje façamos uma pequena oração por este Juiz, por toda a Justiça Espanhola e Europeia para que nao se deixem corromper. Rezemos tambem por toda a equipa do diario16. Que o Espirito Santo continue a ajudar e iluminar toda esta gente de bem e que procura a Justica. Obrigado abraço

    • muy bien dicho amigo Portugués muy bien si señor
      solo una cosa que todos los responsables lo paguen en el infierno cargados de cadenas ardientes

      buenas noches

  8. Si es que, al final va a resultar que los de Uría y Menéndez ( «el perejil de todas las salsas» ), son unos cachondos mentales.
    Y al Andreu deberían trasladarlo a llevar juicios por robos de gallinas, conejos y otros semovientes.

  9. El juez calama si hiciera justicia ante tanta injusticia tendría el respeto de la mayoría de los españoles sería muy admirado y estaríamos muy orgulloso de él y permanecería en nuestras memoria siempre y para siempre

    • se expone a la furia de la botina y si fue capaz de cargarse a papa botín el señor juez ya se puede andar con cuidado pero claro para eso es juez le deseo lo mejor

  10. A Botin deve estar a trepar paredes. Sim que deve estar muito furiosa. Esta gente nao esta habituada a isto e fará o que for necessario, REPITO O QUE FOR NECESSARIO, para reverter esta decisao do Juiz.
    Cuidado Sr Juiz e cuidado diario16, está muita coisa em jogo, estao-se a meter com o diabo.

  11. Buenas tardes por fin empezamos a escuchar noticias que nos dan esperanza de recuperar nuestros ahorros de toda nuestra vida laboral trabajando dieciocho horas al dia siete dias a la semana( un robado)seguiremos rezando para que se haga justicia a los que llevamos cincuenta años sacando este corrupto gobierno.

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