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Caso Popular: 2020, el año de la justicia (VI)

Otra causa de nulidad de la operación que deberá ser estudiada por la Justicia es el presunto incumplimiento de la jurisprudencia europea por parte de los organismos que determinaron la resolución

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análisis

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La documentación publicada por Diario16 ha mostrado a los afectados del Popular cómo los responsables de la operación implementaron todas las medidas que fueron necesarias para que la sexta entidad financiera de España fuese resuelta por la JUR y vendida por un euro al Santander. Sin embargo, lo que no se conoce es cómo se ejecutó la resolución.

La JUR publicó una versión tan censurada como los expedientes clasificados de la CIA y, evidentemente, ocultó puntos fundamentales para que los afectados pudiesen conocer las verdaderas razones que motivaron una decisión tan drástica.

Se ocultó, en lo referente al procedimiento, todo lo que sucedió durante los primeros días del mes de junio de 2017. También se omitió toda la información referente a la no adopción de ningún tipo de medida preventiva. Además, tal y como ya hemos publicado en este medio, no hay ningún tipo de información que dé luz sobre el proceso de venta de la entidad, dudas que se incrementan tras la lectura del informe de los peritos del Banco de España, en el que se afirma claramente que «el precio ofrecido por el Santander estaba basado en las pérdidas que se derivaban de vender rápidamente los activos inmobiliarios del Banco Popular y en la rentabilidad de la inversión que precisaba ofrecer para realizar la emisión de capital derivada de la adquisición (13,5%)».

Por otro lado, la información hecha pública por las instituciones económicas europeas tampoco hace referencia a las razones por las que no se adoptó ningún tipo de medida de atención temprana o reestructuración, es decir, lo mínimo que se le debe exigir a un supervisor.

Evidentemente, tampoco se ha hecho público de manera íntegra el informe de Deloitte por el que se tomó la decisión de resolver al Popular, hecho que hace imposible a los afectados tener un mínimo conocimiento de los criterios de valoración utilizados por la auditora, un informe que, además, es absolutamente contradictorio con respecto a las cuentas del Popular del primer trimestre de 2017 o con las estimaciones que los analistas del Santander hicieron del valor real de la acción: 1,16 euros.

En este punto hay que tener en cuenta lo afirmado por el informe pericial del Banco de España respecto a la valoración de Deloitte, en el que consideran «especialmente relevante que sólo se valora la venta, pero no otras alternativas que podrían resultar en una mayor valoración y que, en el caso de una entidad como el Banco Popular que presenta una elevada recurrencia de sus flujos de caja, no se hace una valoración basada en el descuento de dividendos».

Todo lo anterior, va a ser un obstáculo importante para que el TJUE pueda tener pruebas suficientes y sólidas para determinar la legalidad de lo ocurrido el 7 de junio de 2017.

El documento de la resolución de la JUR es incompleto, falto de rigor y técnicamente deficiente en el que se ocultan datos que pueden resultar decisivos a la hora de ejercitar el derecho de defensa de los afectados. Además, no justifica la resolución del Popular que no cumplía las condiciones normativas para ser objeto de tan drástica decisión, hecho que la pericial del Banco de España desmiente rotundamente, ya que, a día 6 de junio, la entidad no incumplía con las ratios de solvencia, no estaba quebrado.

Hay jurisprudencia europea al respecto, en concreto, una sentencia del TJUE del año 2005 en la que se indica que «la insuficiencia o la falta de motivación es un vicio sustancial de forma en el sentido del artículo 230 CE y constituye un motivo de orden público que debe ser examinado de oficio por el juez comunitario». Por otro lado, la Justicia de la UE anuló «la decisión del Banco Central Europeo (BCE) de 1 de abril de 2015 de negarse parcialmente a revelar ciertos documentos relacionados con la decisión del BCE de 1 de agosto de 2014 relativa al Banco Espírito Santo SA, en la medida en que se niega a revelar el importe del crédito indicado en los extractos del acta que recoge la decisión del Consejo de Gobierno del BCE de 28 de julio de 2014 y la información redactada de las propuestas del Comité Ejecutivo del BCE de 28 de julio y 1 de agosto de 2014».

La motivación de una decisión individual lesiva debe mostrar de manera clara e inequívoca el razonamiento de la institución de la que emane el acto, de modo que los interesados puedan conocer las razones de la medida adoptada y el órgano jurisdiccional competente pueda ejercer su control.

El déficit de motivación de la resolución del Popular es manifiesto, puesto que no se explica a los afectados, más allá de señalarse que la entidad era «inviable», por qué las medidas preventivas tempranas no fueron suficientes y qué método de valoración se ha empleó para llegar a la conclusión de que el Popular tenía un valor patrimonial negativo. Una vez acordada la resolución de la entidad, no existía ninguna razón —ni de interés general, ni de ningún otro género— para no hacer público, en su integridad, el contenido de los procesos aplicados en la resolución y los informes de valoración provisional. Por tanto, según esta argumentación, la resolución del Banco Popular es nula.

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6 COMENTARIOS

  1. Si hay justicia en este nauseabundo pais,ahora que tenemos nuevo gobierno a ver si miran de devolver lo robado a mas de 300000 familias españolas dueñas del Banco Popular.Si devuelven lo ROBADO por el anterior gobierno de Rajoy podran tener el apoyo de mas de 1500.000 españoles,a parte de los que tienen.

  2. creo firmemente que tenemos gobierno de izquierdas por culpa de robo a los 305000 accionistas del banco popular si cada uno de los robados por el gobierno del PP mas sus familiares que suman mas o menos 1250000 ciudadanos muchos de signo conservador han votado al PSOE o ERC o PODEMOS como es mi caso podría darse la paradoja que el robo del banco popular ha sus propietarios haya cambiado el mapa político de España acción reacción si este robo no se hubiera perpetrado yo jamas hubiera votado PODEMOS y ERC en las europeas pero no esperemos nada del nuevo gobierno es dedil y ya veremos el tiempo que dura ya que tiene enemigos por todas partes

    • Claro que tiene relación, eso está bastante claro, si no se hubiera desenmascarado como la profunda cloaca corruPPta que es el PP, y si no hubiera llegado en su profunda corruPPción a robar directamente a más de 305.000 familias, seguramente con varios miembros y amigos, el PP no hubiera perdido más de 1.000.000 de votos, en la mayoría de los casos PARA SIEMPRE pase lo que pase y pongan al casado o al soltero. En el caso de mi familia los votos en la multitud de elecciones que ha habido desde el robo, han ido a ERC en europeas (cosa que siempre haré porque han sido los únicos que han denunciado el robo y han sido muy claros en esa y otras comisiones de investigación) y a Podemos o PSOE en municipales o generales, porque donde vivo no puedo votar a ERC. Y esperaré encantado al posible referéndum monarquía o republica, no hace falta decir por qué haré campaña en mi entorno. Supongo y espero que muchísimas familias robadas por este y otros casos de corruPPción harán lo mismo.

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