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Cascada de irregularidades procesales de la Justicia patriarcal en el encarcelamiento de María Salmerón

El movimiento feminista destapa la violencia institucional y la imposición de criterios puramente machistas en su encarcelamiento frente a las razones jurídicas que amparan a esta víctima de violencia machista

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análisis

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María Salmerón es desde este jueves un nuevo y doloroso símbolo para toda la lucha feminista, que ve en su caso particular un cúmulo de incontables incidencias procesales que, a diario, un sistema judicial machista y patriarcal aplica a rajatabla eludiendo principios básicos del derecho. Varias asociaciones feministas que aglutinan buena parte de las sensibilidades del movimiento en la lucha por la igualdad real han elaborado un informe donde detallan las “numerosas razones jurídicas” que existen para poder haber suspendido a tiempo la condena de nueve meses de prisión que ya está ejecutando María Salmerón desde el día 9 en el centro penitenciario de Alcalá de Guadaíra, en Sevilla.

“Una vez más hemos podido comprobar de primera mano cómo se ponen obstáculos formales a la tramitación de las peticiones que plantean las víctimas de la violencia de género en los juzgados, basándose en argumentos, en muchos casos, más que cuestionables desde una perspectiva estrictamente jurídica”, resaltan estas asociaciones feministas de forma unánime. “Creemos que situaciones como ésta demuestran que no se está favoreciendo la aplicación de la Justicia con mayúsculas cuando se trata de la protección a las víctimas de la violencia machista, que es el fin último que se debe perseguir por los tribunales de justicia”, añaden.

La Asociación de Mujeres Juristas Themis, Fundación Mujeres, Federación de Mujeres Separadas y Divorciadas y Federación de Asociaciones de Mujeres Rurales (Fademur) coinciden en subrayar la “violencia institucional” que ha sufrido en todo este proceso María Salmerón, y sobre todo finalmente una justicia “machista” y “patriarcal”. El movimiento feminista está convencido de que “existen razones jurídicas suficientes” para poder adoptar una medida como la suspensión de condena “no de forma graciosa y arbitraria, sino amparadas en los requisitos legales exigidos para este tipo de supuestos”, explican estas asociaciones.

El primer requisito legal que podría haber posibilitado la suspensión de la condena es que los hechos por los que se le condena a nueve meses de prisión datan de 2014 y María Salmerón no ha vuelto a cometer delito alguno desde esta fecha hasta hoy.
A esto hay que sumar que las penas impuestas por procedimientos anteriores se encuentran canceladas o prescritas, como subraya la Asociación de Mujeres Juristas Themis. Además, Salmerón ha pagado ya la responsabilidad civil de este caso.

La desobediencia por la que ha sido condenada Salmerón se produjo porque su hija, que entonces era una menor de 14 años, se negaba a ir con su padre, condenado por violencia física y psíquica a 21 meses de prisión, un lugar que no ha pisado en ningún momento por esta condena.

Otro aspecto legal importante que subrayan las asociaciones feministas es que desde 2015 no se la ha vuelto a obligar a la menor a cumplir un régimen de visitas y a fecha de hoy es mayor de edad, por lo que no se va a volver a cometer el citado delito.

Por último, es muy importante recordar que la legislación actualmente en vigor ha cambiado e inicialmente son suspendidas a priori todas las visitas de los hijos con padres condenados por violencia machista.

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