El tribunal de apelación ha dictaminado hoy que la decisión sobre la suspensión de la actividad parlamentaria de Boris Johnson es contraria a la ley.

Es la segunda vez que la justicia se pronuncia al respecto, pues la semana pasada, el Tribunal de Sesiones de Edimburgo rechazó la moción presentada por los 75 diputados británicos, al considerar que es una cuestión que ha de resolverse en el ámbito político. Según el juez encargado del caso, Lord Doherty «en mi opinión no se ha producido ninguna violación del Estado de Derecho. El Parlamento es dueño de sus propios procedimientos y le corresponde a él decidir cuándo se reúne, además de que podrá hacerlo antes y después de la prórroga», señaló. Y además añadió que «estamos en un territorio político y de toma de decisiones que no se puede medir de acuerdo a los estándares legales, sino sólo a través de juicios políticos. La responsabilidad corresponde al Parlamento y, en última instancia, al electorado, no a los tribunales».

Tras este primer mensaje por parte de la justicia, se presentó un recurso ante el tribunal de apelación, que es precisamente quien hoy ha hecho público su dictamen. Los tres magistrados que componen este tribunal han considerado que la suspensión del Parlamento durante cinco semanas, propuesta por Johnson y confirmada por la reina Isabel II, es ilegal. Han manifestado que el primer ministro estaba intentando evitar que el Parlamento pueda hacer rendir cuentas al gobierno antes del Brexit. Además, entienden que Johnson ha querido engañar a la reina, pues su verdadera intención era «obstaculizar el Parlamento». La consecuencia, según los magistrados, debería conllevar la declaración de nulidad  por parte de la Corte Suprema y dejar de tener efecto.

De manera específica, uno de los magistrados, Lord Brodie, señaló: «Este ha sido un caso atroz de claro incumplimiento de las normas generalmente aceptadas sobre el comportamiento de las autoridades públicas. Debía deducirse que las razones principales para la prórroga eran evitar o impedir que el Parlamento responsabilice al ejecutivo y legisle con respecto al Brexit, y permitir que el ejecutivo siguiera con una política de Brexit sin acuerdo, sin interferencia parlamentaria». Además, añade que «el gobierno de Reino Unido no ha demostrado una razón válida para la prórroga. Las circunstancias, particularmente la duración de la prórroga, evidencian que el propósito es evitar unas elecciones».

Sin embargo, no es la última palabra sobre el asunto, ya que aún está por llegar la decisión final, que vendrá de la mano de la Corte Suprema.

Las reacciones se han sucedido inmediatamente: La primera ministra escocesa, Nicola Sturgeon se ha mostrado satisfecho por este fallo judicial, al considerar que tiene un «enorme significado constitucional». Por su parte, hay quienes consideran que el Parlamento debería reunirse inmediatamente para poder debatir sobre esta decisión judicial, y poder plantear las alternativas pertinentes. Los hay, también, que apelan a la dimisión inmediata del primer ministro, Johnson; y mientras tanto, desde el Gobierno, dicen que no se moverán un milímetro hasta que el Tribunal Supremo del Reino Unido dictamine un fallo definitivo al respecto.

Una sentencia extraordinaria

La de hoy, sin duda, ha sido una sentencia extraordinaria en su sentido más literal, ya que la justicia británica no suele inmiscuirse jamás en cuestiones de índole política. De hecho, la decisión que fue recurrida para dar lugar a este nuevo fallo, se dictaminó en ese sentido.

¿Por qué se han pronunciado los jueces escoceses? Porque en el momento en que fue presentado el recurso el Tribunal Superior de Inglaterra estaba «de vacaciones». Esta cuestión no resta importancia ni validez al fallo, es meramente un punto de información. El fallo en Edimburgo es vinculante para todo el Reino Unido, sin distinción.

Recorrido cronológico: cómo se ha llegado hasta aquí

El 22 de julio un grupo de parlamentarios y miembros de todos los partidos plantean acciones legales para evitar que el Parlamento sea cerrado durante las cinco semanas propuestas por Jonhson.

El 13 de agosto este grupo acude ante el tribunal de Edimburgo y el juez Doherty lo admite a trámite.

El 28 de agosto los parlamentarios buscan un veredicto provisional para intentar bloquear el movimiento de Johnson.

El 29 de agosto el juez Lord Doherty escucha las alegaciones de ambas partes

El 30 de agosto el juez rechaza la prohibición provisional, pero admite el adelanto de la audiencia al 3 de septiembre.

El 4 de septiembre el juez rechaza un intento de declarar ilegal el cierre. Los denunciantes anuncian que recurrirán. Y así lo hicieron.

El 5 de septiembre tres jueces del Tribunal de Edimburgo reciben el recurso de apelación sobre el fallo que dictó el juez Doherty

El 11 de septiembre determinan los tres magistrados que la decisión de Johson sobre la prórroga parlamentaria es ilegal

 

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