En el Boletín Oficial del Estado (BOE) nº 150 del día 22 de junio de 2009, Sec. V-B. Pág. 74350, aparece publicada la resolución 21338 del MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, Y MEDIO RURAL Y MARINO sobre “publicación de Resoluciones sancionatorias dictadas por la Confederación Hidrográfica del Tajo, cuya notificación se ha intentado sin que se haya podido practicar”, en la que se indica que: “A los efectos previstos en el artículo 59 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común de 26 de noviembre de 1992, se hacen públicas las Resoluciones sancionatorias dictadas por la Confederación Hidrográfica del Tajo que se relacionan a continuación cuya notificación se ha intentado sin que se haya podido practicar, respecto de los cuales se indica: Expediente, interesado, código de identificación fiscal/número de identificación fiscal”, apareciendo a renglón seguido, entre otras, la siguiente identificación relativa al procedimiento sancionador del chalet del fiscal decano de Talavera de la Reina, Ángel Demetrio de la Cruz Andrade, que por razones que se desconocen aparece solo a nombre de su esposa, a pesar de que rige entre ambos el régimen de sociedad de gananciales:

“D-30681. Doña María García García. 6.970.889-A”

Sigue diciendo el comunicado del BOE que: “Se significa a los interesados que en las oficinas del citado Organismo, Avenida de Portugal, 81, planta baja, tienen a su disposición las correspondientes Resoluciones”.

La Confederación Hidrográfica del Tajo abrió en 2007 expediente Sancionador D-1566-2007 (D-30681) contra la titular aparente de la referida parcela, María García García, en base a la denuncia del Servicio de Vigilancia del D.P.H. de fecha 21/09/2007, por los siguientes hechos: “Limpieza del cauce del Arroyo Berrenchín y obras de construcción de una vivienda en zona de policía del citado cauce, en T.M. de Pepino (Toledo), sin autorización administrativa de este Organismo”.

El 06/03/2009 se dictó resolución por la Confederación Hidrográfica del Tajo imponiendo a los propietarios la obligación de reponer las cosas a su estado anterior, de acuerdo con lo establecido en el artículo 118 del Texto Refundido de la Ley de Aguas, salvo que fueran legalizadas las obras o autorizados los trabajos denunciados a instancia del interesado, lo que nunca ocurrió.

Termina diciendo el comunicado del BOE que “La(s) presente(s) Resolución(es) pone(n) fin a la vía administrativa y es inmediatamente ejecutiva

ACODAP, la Asociación Contra la Corrupción y en Defensa de la Acción Pública liderada por el juez Fernando Presencia, ha denunciado ante la Fiscalía General del Estado la construcción del chalet del Fiscal Decano de Talavera, y pondrá todo su empeño en que de una vez se lleve a efecto la ejecución de la orden de demolición, después de más de 8 años de paralización.

 

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