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Bendodo y el alcalde de Málaga, condenados por repartir publicidad a dedo solo entre medios ‘amigos’

La Diputación de Málaga, con el actual número 3 del PP de presidente entre 2012 y 2019, realizó más de 4.500 contratos publicitarios menores por valor de más de 10 millones y nunca adjudicó un anuncio a la revista ‘El Observador’

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análisis

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha condenado en dos sentencias por “discriminación publicitaria” a la Diputación de Málaga, cuando estuvo gobernada por el hoy coordinador y número 3 del Partido Popular, Elías Bendodo, y al Ayuntamiento de Málaga, gobernado por el también popular Francisco de la Torre, por adjudicar publicidad institucional a dedo solo entre medios ‘amigos’, vulnerando los derechos a la información y a la igualdad. La justicia condena a ambas instituciones a indemnizar a la revista malagueña El Observador, con más de 35 años de historia, por los daños causados durante todo este tiempo al no haber recibido jamás publicidad institucional de estas dos administraciones. Estas sentencias abren la vía a todos aquellos medios de comunicación que se hayan podido sentir discriminados o ignorados en la adjudicación de publicidad institucional para que inicien procedimientos legales contra las administraciones públicas.

Marta Olea, actual directora de Comunicación de la Junta de Andalucía y que fuera anteriormente directora de Comunicación de la Diputación de Málaga durante el mandato de Bendodo, ex número dos del presidente andaluz, Juan Manuel Moreno Bonilla, y Juan De Dios Mellado, actual director general de Canal Sur nombrado también por Bendodo cuando ejercía como consejero de la Presidencia en la Junta andaluza en la anterior legislatura, eran los máximos responsables que insertaban la publicidad exclusivamente en los medios ‘amigos’, según señala El Observador, que recuerda que Olea era conocida durante su época al frente del equipo de Comunicación de la Diputación malagueña “por los sobrecostes que generaban los viajes oficiales a los que acudía, en los que superaba la asignación oficial para pernoctaciones que marca la normativa”. A esto se suma, señala esta revista, que en su actual puesto de directora general de Comunicación de la Junta, Olea se ha visto envuelta en el escándalo de las emisoras ilegales de la cadena COPE en Andalucía, acusada presuntamente de prevaricación según denunció el periodista José Antonio Abellán.

El TSJA condena por “discriminación publicitaria” a Diputación y Ayuntamiento de Málaga a indemnizar a la revista ‘El Observador’ por excluirla siempre del reparto publicitario

Por su parte, Jesús Espino es el director general de Comunicación del consistorio malagueño desde el año 2011. Fue nombrado por De la Torre y ha ninguneado durante todo este tiempo a la revista ganadora de este pleito en el alto tribunal andaluz, ordenando incluso al equipo de prensa municipal que no respondiera a las preguntas que este medio dirige al gabinete de Prensa del Ayuntamiento o que incluso borre los correos que El Observador envía sin tan siquiera abrirlos.

Las dos sentencias del TSJA suponen para El Observador una defensa de la libertad de comunicación y expresión y “un golpe a la actitud dictatorial de los responsables de ambas instituciones, el alcalde de Málaga, Francisco de la Torre, y el ex presidente de la Diputación, Elías Bendodo, ambos del Partido Popular y que durante estos años han insertado publicidad mediante contratos menores, en lugar de procedimientos de libre concurrencia, para favorecer solo a los medios de comunicación ‘amigos’”.

Marta Olea, actual directora general de Comunicación Social de la Consejería de la Presidencia, nombrada en julio de 2019 por Elías Bendodo.

Conductas discriminatorias

El Observador recuerda que, en sus 35 años de historia, nunca ha recibido publicidad institucional por parte del Ayuntamiento o de la Diputación de Málaga, ambas gobernadas por el Partido Popular. La revista malagueña interpuso sendas denuncias contra ambas administraciones por discriminación. Ahora, el alto tribunal andaluz sentencia por partida doble que no se puede excluir a un medio de comunicación del reparto de publicidad institucional, ya que esto afecta al derecho de los ciudadanos a recibir información veraz y a la igualdad y no discriminación en la asignación de publicidad.

El TSJA considera que este reparto de publicidad institucional debe ser equitativo, transparente e igualitario, evitando conductas discriminatorias y garantizando la libertad e independencia de los medios de comunicación. El alto tribunal andaluz añade que la administración pública debe actuar con objetividad y cumplir con la legalidad en sus decisiones, evitando la arbitrariedad.

Las dos sentencias abren la vía para que otros medios denuncien a las instituciones por discriminación en la adjudicación de la publicidad institucional

La sentencia que condena a la corporación provincial malagueña durante el mandato de Bendodo estima que la Diputación ha utilizado la contratación menor de forma sistemática para la asignación de contratos de publicidad institucional, contraviniendo los principios de libre concurrencia, transparencia, eficacia y rentabilidad establecidos en la Ley 6/2005 reguladora de la Actividad Publicitaria de las Administraciones Públicas de Andalucía. El fallo del alto tribunal andaluz recoge que entre los años 2012 y 2019, siendo Bendodo presidente de la Diputación de Málaga, esta institución llevó a cabo un total de 4.592 contratos menores en publicidad institucional, por un gasto total durante esos años de más de 10 millones de euros. El Observador nunca recibió ni tan siquiera una inserción publicitaria durante todos estos años.

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