Banco Santander ha convocado su Junta General de Accionistas para el próximo 26 de marzo. Como ya es tradicional, la fecha coincide con el viernes previo a la Semana Santa, un hecho que algunos accionistas califican como una maniobra estratégica.

A diferencia de otros años, en esta ocasión hay un asunto que tiene muy preocupado tanto al Santander como al resto del IBEX35: el juicio que, en principio, está señalado para el próximo 5 de mayo y en el que Ana Patricia Botín tendrá que declarar en calidad de demandada (imputada si la causa hubiera sido penal) acusada, entre otras cosas, de la presunta manipulación de las juntas de accionistas.

Las consecuencias de este juicio parece que han generado cierto miedo en la entidad cántabra porque se encontraron con un magistrado que determinó que había que llegar al juicio y no cayó en los argumentos jurídicos que presentó el abogado estrella de Uría y Menéndez. El hecho de que se asignara a Jesús Remón Peñalver a defender este caso demuestra la importancia que en el Santander se le da a la causa. Hay mucho en juego y no tienen la seguridad de poder «controlar» lo que pueda dictaminar el titular del Juzgado Mercantil nº 2 de Madrid.

En concreto, en la convocatoria de la Junta General de Accionistas, el Santander ha incluido en el orden del día varios puntos relacionados con los que se señalan a Ana Patricia Botín y al banco en la demanda interpuesta por el accionista Eduardo Martín Duarte.

En espera de lo que se determine en la Junta General, lo que queda claro es que la llegada a los tribunales de la gestión de las juntas de accionistas es un hecho que afecta a todas las empresas del IBEX35, lo que podría haber supuesto presiones hacia el Santander para evitar que los sistemas actuales pudieran ser modificados por un juzgado. Lo que desde luego no quieren las grandes empresas cotizadas de España es que se pueda repetir lo que ya ha sucedido en Abengoa y que los minoritarios se puedan imponer a los mayoritarios.

La demanda que ha provocado esta situación, que fue adelantada en exclusiva por Diario16 en marzo de 2020, se centra principalmente en la utilización de los medios materiales y empleados del banco para la captación de delegaciones de voto en beneficio exclusivo de Ana Patricia Botín de forma que ésta presuntamente se aprovecha de los medios de la entidad para no formular solicitud pública de representación, la utilización de una tarjeta de delegación de voto con una redacción muy compleja en beneficio exclusivo de las propuestas del consejo de administración y en contra de las de los accionistas y la utilización de un sistema de voto discriminatorio que establece una fórmula de cómputo de voto a favor de las propuestas del consejo de administración y en contra de las propuestas de los accionistas.

En la contestación a la demanda del Santander, el letrado de Uría y Menéndez reconoció los hechos denunciados, pero justificándolos con argumentos que el demandante calificó de fraude de ley, abuso y ejercicio antisocial del derecho, dado que Banco Santander, al amparo de un precepto legal, perseguía un resultado contrario al ordenamiento jurídico y sus actos sobrepasaron los límites normales del ejercicio de un derecho.

Banco Santander reconoció que se utilizan los resortes y medios personales y materiales del banco para la captación de delegaciones de voto, que en su inmensa mayoría son a favor de Ana Patricia Botín.

De igual modo, el Santander reconoció que los empleados de la entidad utilizan los medios materiales de las sucursales y su jornada laboral para la captación de votos que, a la postre, benefician a Ana Patricia Botín. Además, tampoco se opuso al hecho de que el banco da instrucciones a sus empleados al efecto y que la captación de delegaciones se computa en los objetivos de éstos.

Otro aspecto que se incluye en la demanda y que ha sido reconocido por el Santander es que los accionistas que delegan el voto obtienen regalos que son pagados por el banco y no por Ana Patricia Botín que es la beneficiaria de las delegaciones.

Por otro lado, la defensa del banco cántabro también reconoció en la vista, a la que la presidenta del Santander no se presentó que Ana Patricia Botín a pesar de estar citada, no remite a los accionistas ninguna comunicación solicitando la delegación de voto, lo que, según se indica en la demanda, constituiría una infracción de la normativa sobre la solicitud pública de representación que le obliga a ello.

Duro auto del juez Sánchez Magro

Según publicó también en exclusiva Diario16 el pasado mes de noviembre de 2020, el magistrado Andrés Sánchez Magro dictó un duro auto en el que se señalan una serie de aspectos que estarían mostrando algunas de las presuntas irregularidades que el Santander realiza para la captación de delegaciones de voto en favor de Ana Patricia Botín y el Consejo de Administración y que están incluidas en la demanda.

Según el auto, las tarjetas para la delegación de voto generan «dudas que se reflejan en que solo son los cargos propuestos por el consejo en vigor los que son aceptados en las juntas, siendo relevante que no haya claramente otras propuestas de consejeros distintos que hayan sido apoyados en las propias juntas».

Respecto a la utilización de los medios del banco para captar las delegaciones en favor de Ana Patricia Botín, el auto señala que «estar amparados en el texto de las tarjetas, ya que también, […] el delegar el voto en el secretario del consejo de administración en caso de conflicto de interés, siendo que el referido secretario está incrustado de forma permanente en el organigrama del propio banco puede conducir a que no se den los requisitos de objetividad e imparcialidad que establecen los criterios de la directiva o la ley de sociedades de capital».

Otro aspecto clave de la demanda de Eduardo Martín Duarte es la redacción confusa de la tarjeta de delegación de voto y, según señala el auto, dichas tarjetas «tienen una redacción que delega casi por la fuerza de la gravedad, ya que en la delegación de la tarjeta se consigna por un lado una casilla donde se puede delegar a la presidenta del consejo de administración el voto, otra casilla donde se puede delegar a un tercero, pero luego cuando alguien no delega según la casilla inicial la intención de voto, establece que se entenderá conferida a la presidenta del consejo de administración. Esta cuestión es de dudosa imparcialidad ya que si el accionista no ha delegado el voto en la presidenta poniendo una cruz o un indicativo en la casilla donde ésta se ofrece a representarle, es evidente que puede ser interpretado de dos maneras».

La primera de las interpretaciones que señala el magistrado es que el accionista no quiera delegar en Ana Patricia Botín y señala la primera casilla. Sin embargo, es la segunda interpretación la que más favorece al Santander y a su consejo, puesto que cuando el accionista lee la frase «se entenderá conferida a la presidenta del consejo de administración toda la delegación que no contenga expresión nominativa de la persona física o jurídica en la que se delega» puede entender que su voluntad está interpretada por esa frase y por tanto su intención sería delegar en la presidenta del banco. «La redacción de la delegación de voto en este terreno es dudosa», señala el auto.

No obstante, ahí no acaban las posibles irregularidades por las que Ana Patricia Botín tendrá que declarar en calidad de demandada, puesto que en la tarjeta, tras las instrucciones de voto para las diferentes opciones de propuestas del consejo se añade otra frase muy confusa: «si el representante designado conforme a las indicaciones precedentes se encontrase en conflicto de interés en la votación de alguna de las propuestas, que dentro o fuera del orden del día se sometan a la junta, y el representado no hubiera impartido instrucciones de voto precisas a lo previsto en esta tarjeta, la representación se entenderá conferida al secretario general», es decir, a Jaime Pérez Renovales.

En este sentido, el auto de Sánchez Magro es demoledor: «Si tenemos en cuenta que el secretario general está vinculado al órgano de administración, en primer lugar, la delegación de voto de esa manera pudiera, […] vulnerar los derechos de ese mismo accionista, que ve como en caso de conflicto de interés no tiene alternativa y que no hay ninguna salida para no delegar en una persona tan ligada en ese preciso conflicto de interés».

El magistrado señala, además, que las tarjetas están redactadas de manera que hay una atracción clara hacia la defensa de los que gobiernan la entidad en el momento en que se va a producir la junta.

1 COMENTARIO

  1. Hace mucho que no se habla del feo asunto del posible asesinato de papá SATANder, ya lo tapan, como el robo del popular y los libros de Josep Novoa sobre los corruptos Pujol, Botín, etc… está muy podrido el país, políticos trincones sin escrúpulos, periodistas y dueños de editoriales corruptos y comprados… la única esperanza que queda es que se impongan los valientes señores PERIODISTAS que hacen honor a su profesión, que la gente empiece a ver como la manipulan, que dejen de mirar solo al futbol y a Cataluña o la cortina que le pongan delante en cada momento, y que aún queden fiscales y jueces honrados por ahí que no se dejen achantar, tipo Castro, aunque luego siempre llega alguno a quitarles el caso o a desmentirles… este país hiede a podrido.

    “La verdad se corrompe tanto con la mentira como con el silencio”…la mayoría de los medios de este país están muy corruptos, los de grandes cadenas y grandes tiradas especialmente.

    Aquí unos decían que apareció muerto en la bañera de casa, otros que en la cama, que murió en la noche y no encendió la luz a la mañana…cama…bañera…yaya.

    http://www.vozpopuli.com/buscon/Emilio_Botin-Muerte-Santander_0_733426693.html

    https://www.economiadigital.es/finanzas-y-macro/emilio-botin-el-banquero-que-siempre-supo-de-que-iba-a-morir_159052_102.html

    La conexión de la hija de … y de Papá con el narco, puede ser muy cierta. Para que una avioneta aterrice en una finca hace falta que haya construida una pista para esto. En una finca propiedad de esta siniestra familia, seguramente habrá bastante seguridad, no pueden entrar vehículos a cargar o descargar sin autorización, el aterrizaje de avionetas y la carga y descarga de mercancías lleva un rato y se ve bastante, no pasa desapercibido para nadie de seguridad. Raro sería que en una única vez que se fuera a hacer esto se estrellara la avioneta, por simple probabilidad, este sería uno de los aeropuertos habituales y de ahí habrán salido entrado toneladas en muchas ocasiones ¿cuántas fincas iguales tendrán en este «país» o lo que sea y en otros países?

    Bien, dicho esto, ahí va un poco de hemeroteca. Hasta raro se me hace que en su día lo publicaran sus medios subvencionados.

    http://www.abc.es/hemeroteca/historico-26-04-2008/abc/Nacional/una-avioneta-cargada-de-droga-se-estrella-en-una-finca-de-botin_1641824124683.html

    https://elpais.com/elpais/2008/04/25/actualidad/1209111425_850215.html

    http://cadenaser.com/ser/2008/04/25/sociedad/1209089606_850215.html

    http://red.diariocritico.com/noticia/954740/noticias/se-estrella-una-avioneta-con-droga-junto-a-una-finca-de-botin.html

    http://www.libertaddigital.com/sociedad/una-avioneta-con-200-kilos-de-hachis-se-estrella-y-mueren-dos-ocupantes-1276328853/

    Hieden a podrido.

DEJA UNA RESPUESTA

Comentario
Introduce tu nombre