La resolución del Banco Popular será tratada en manuales universitarios de derecho y de ciencias económicas como un ejemplo práctico de lo que no deben hacer los organismos supervisores a la hora de iniciar un proceso de intervención de una entidad financiera.

En Diario16 ya llevamos más de 3 años publicando, casi a diario y con pruebas documentales, decenas de causas de nulidad de una operación que, en realidad, no fue otra cosa que un rescate encubierto al Banco Santander. Dichas causas de nulidad han sido analizadas en estas páginas. Sin embargo, hay otros aspectos que han sido presentados ante los tribunales españoles y europeos, escenarios que no han sido archivados o rechazados y, en consecuencia, están siendo estudiados e investigados.

Respecto a la fase de resolución, la autoridad de supervisión nacional, el Banco de España, es el responsable de declarar la inviabilidad de una entidad, iniciando en ese momento la resolución al comunicarlo al Banco Central Europeo. En el caso del Popular no sucedió así sino que Saracho remitió una carta a Daniele Nouy declarando a la entidad inviable, carta que fue aprobada por el Consejo de Administración a través de presiones y falsedades, tal y como se recoge en el acta notarial de Jaime Ruiz Sacristán.

Legalmente, para que una entidad financiera sea resuelta deben darse tres condiciones:

  • Que la entidad de crédito se encuentre en graves dificultades.
  • Que no haya perspectivas de que las medidas que se puedan tomar puedan impedir la quiebra.
  • Que la resolución sea necesaria para el interés público.

Para que se den estas condiciones, el BCE debe analizar la inviabilidad de la entidad, sirviéndose del artículo 18.4 del Reglamento UE 806/2014. En él se describen las situaciones mediante las cuales pueden cumplirse las condiciones previamente mencionadas: que el banco cuente con pérdidas que disminuyan de forma significativa sus recursos propios, que su activo no cubra su pasivo, que no pueda hacer frente al pago de sus deudas y pasivos o que necesite ayuda pública. Ninguna de estas situaciones se daba en el Banco Popular, salvo la crisis de liquidez.

Por su parte, la Junta Única de Resolución (JUR), en base a lo anterior, está obligada a comprobar que se dan las tres condiciones, y debe comunicar a la Comisión Europea la resolución de la entidad de crédito permitiendo el uso del Fondo Único de Resolución (FUR) para financiar este proceso resolutivo.

En 24 horas, la Comisión está obligada a dar el visto bueno o rechazar esta declaración. Si lo aprueba, en las 24 horas posteriores la resolución será legal, algo que no se dio con el caso del Banco Popular, puesto que desde el envío de la carta hasta la resolución apenas pasaron unas horas.

La ejecución de esta resolución se llevará a cabo por el Banco de España y el FROB. Los instrumentos principales disponibles para llevar a cabo la resolución, según el Capítulo 5 de la Ley 11/2015, son:

Venta del negocio: aplicado en el caso del Banco Popular. En este instrumento cabe destacar que los potenciales compradores deben encontrarse en un procedimiento de libre competencia, pudiéndose eliminarse esta libre competencia en el caso de que suponga una clara amenaza para el sistema financiero o para el éxito de la resolución. La transferencia se hará en condiciones de mercado teniendo en cuenta las circunstancias concretas. Todo esto no se hizo debido a las irregularidades en el proceso de subasta publicadas en Diario16.

Segregación de activos: se hace a través de una entidad puente. Es una Sociedad Anónima que puede estar participada por el FROB o por otra autoridad pública cuyo fin es el desarrollo total o parcial de las actividades de la entidad en resolución y la gestión de las acciones u otros instrumentos de capital o de todos o parte de sus activos y pasivos. El FROB controlará este mecanismo de transmisión. Los cometidos de la entidad puente no conllevarán ninguna obligación o responsabilidad respecto a los accionistas y acreedores de la entidad en resolución, y el órgano de administración o dirección no tendrá ninguna responsabilidad frente a dichos accionistas y acreedores por actos u omisiones en cumplimiento de sus obligaciones a menos que tal acto u omisión implique una falta o infracción graves que afecte directamente a los derechos de accionistas y acreedores. Esto no se aplicó con el Banco Popular.

Recapitalización interna: empleado también en el caso del Banco Popular. Dentro de esta fase es de vital importancia que se haga una correcta valoración de la entidad antes de que se lleven a cabo las medidas resolutivas y otra evaluación posterior a la aplicación de dichas medidas. Deben encargarse de ello expertos independientes. Esta valoración, determinará las diferencias que hubiese habido en el caso de haber llevado a cabo un procedimiento concursal. También conviene destacar la necesidad de que durante todo el proceso exista el secreto profesional entre las autoridades para evitar el perjuicio de las personas implicadas en esa resolución y el interés general. Nada de esto se hizo, puesto que las valoraciones hechas públicas tanto por la JUR como por Deloitte están llenas de incoherencias, contradicciones y datos erróneos, tal y como ha publicado Diario16 en base a análisis presentados ante la Justicia española y europea.

En base a todo el análisis anterior, en la resolución del Banco Popular y la venta por 1 euro al Santander, que tuvo como consecuencia la ruina de más de 1,2 millones de personas, los responsables de dicho procedimiento se saltaron toda la legislación. ¿Tendría que ver que el ex gobernador del Banco de España no estaba por la labor de resolver a una entidad sistémica que «sólo» tenía un problema de liquidez?

Además, la declaración de inviabilidad fue redactada por el despacho de abogados de cabecera del Banco Santander, tal y como se denuncia en el acta notarial de Jaime Ruiz Sacristán, es decir, que la parte beneficiaria de la resolución fue la que, en realidad, ejecutó la misma desde dentro del Popular con la connivencia absoluta de Emilio Saracho y la falta de supervisión de los organismos europeos y españoles.

10 COMENTARIOS

  1. El léxico español es muy rico en adjetivos, robo, usurpación, expropiación, apropiación, enriquecimiento ilícito organización criminal, trama criminal, acto criminal, usurpación de funciones, incidencia, audio de confianza, suplantación de identidad, receptación, etc etc.
    Hablando de otro tema totalmente distinto:
    Dice el artículo, que este caso será estudiado en las facultades de derecho y económicas de todo el mundo y sin duda así será para escarnio de la sociedad española, que provocado por una serie de individuos que espero que más pronto que tarde den con sus huesos en la cárcel.
    porque no se trata solo de restituir el bien a sus legitimos propietarios sino que es necesaria la aplicación de las penas que correspondan a los posibles delitos cometidos.
    La justicia tiene que garantizar la imposición de condenas justas que correspondan a los delitos cometidos.
    Quiénes han provocando la pérdida de nuestros bienes han provocado asimismo y como efectos colaterales a numerosas personas para las cuales estos bienes formaban parte de garantías de otros activos, como por ejemplo: préstamos personales, e hipotecas para la subsistencia de otros negocios y otras propiedades y qué debido a la situación sobrevenida fueron ejecutados causando un daño inmensamente mayor que el provocado en principio por el tema primario de la pérdida de las acciones y otros activos del banco popular.
    Cómo consecuencia de esta situación y que principalmente el montante de las personas afectadas en este tema son personas entradas en años se les ha causado una merma de calidad de vida y de pérdida de salud con innumerables patologías sobrevenidas en algunos casos que han provocado la pérdida de la vida y que en su momento también tendrá que ser valorado por está nuestra justicia española.
    Sin extenderme más porque el mensaje espero que esté claro, solo vivo para ver el desfile de todos los responsables entrando en prisión, …. porque el dinero no sé si algún día le recuperaré. Un saludo.

  2. Muy bien expuesto, espero que la justicia tenga igual de claras sus ideas y declaren lo antes posible la nulidad de la resolución.

    Muchas gracias por su labor de información independiente y alentadora para todos los afectados.

  3. Pues muy bien,a ver si es verdad y lo tribunales hacen su cometido y anulen este salvaje robo cometido por delincuentes financieros,Guindos, Rajoy, La botina ,Ponce, Albella, Saracho, etc….Que se devuelva el banco a sus dueños y metan en cadena a todos los respinsables,en ese momento ya se podria confiar en la justicia,en la constitucion y en España,De lo contrario mientras no devuelvan lo robado seguira siendo todo en este pais una porqueria.

  4. (TOTALMENTE DE ACUERDO CON EL ANTERIOR COMENTARIO DE «JUSTICIA….Y AL MENOS CARCEL» si es perpetua, de alli no saldran y,si salen,ya les encontraremos alguno de los 305000 afectados).
    Ayer no podia publicar(«¿tiene usted Java Script»-me decia esta cosa boba de internet).Hoy,aun no se…..Decia yo ayer que:
    «¡Que despacio pasa el tiempo para que llegue septiembre y tengan que declarar estos «chorizos»(Guindos,Albella,Botina etc etc)y,por contra,que rapido pasa para mi:¡¡No se si viviré para verlos pudrirse en la carcel!!…….Se presenta apasionante la vuelta del verano y,muy…¡¡MUY!! incierto para nuestra causa(a pesar de esas miles de evidencias destapadas por Diario 16-y sus SEÑORES periodistas de investigacion).Yo no creo en eso que llaman «justicia»(solo para los poderosos,que pueden pagarse los mejores abogados y no,como yo,»los que me caen» a los que hay que sacarles algo de informacion «con sacacorchos» e insistiendo mucho)….Mi eterna pesadilla:»¿habré contratado abogados que son como los famosos Uria y Mendez»?…¡¡NO!!-me digo-son demasiado caros y tu solo eres…!un pringao mas al que han dejado en la ruina»….Ya …se me pasa la pesadilla,al menos hasta la noche siguiente…….Animo amigos «arruinados» que como dijo el Guindilla:»ESTE ES UN BANCO SOLVENTE Y,……..BLA,BLA,BLA……

  5. Desesperación y angustia nudo en la boca del estómago y no se cuantos síntomas mas puedo tener pero esta claro y sera lo último que pueda desear y es que si no me devuelven el dinero ahorrado de toda la vida trabajando como un cabron y pagando mis impuestos pensando que en este pais hay justicia si esa justicia no existe no la tomaremos .Muerte al que roba a un pobre salud a todas las personas de bien .

  6. Muchas gracias Diario 16 por el seguimiento del atraco/asalto al Banco Popular, que están haciendo desde el inicio. Esperemos se resuelva positivamente para los afectados, quedando mediante sentencia judicial nula la resolución y los afectados finalmente recuperen su dinero.

  7. Espero seguir vivo para poder celebrar el fin de alguno de los que nos robaron y sus familias asi como hicieron con nosotros y nuestrs familias ( no nombro a ninguno pero si alguno de los ladrones lo lee que se por aludido ).Yo si fuera uno de ellos creo que no podria seguir vivo despues del daño hecho,pero estes se creen mucho y sin embargo son una autentica basura.

  8. Gracias por la informacion.
    No entiendo porque ningun otro medio habla del tema.
    supongo que B.Santander, gasta mucho en publicidad y no quieren perderle como cliente.

  9. Gracias por la informacion.
    No entiendo porque ningun otro medio habla del tema.
    supongo que B.Santander, gasta mucho en publicidad y no quieren perderle como cliente.

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