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Banco Popular: la Audiencia Nacional tampoco investigará el posible falseamiento del acta de la inviabilidad

El acta notarial de Jaime Ruiz Sacristán pone de manifiesto que se incluyeron en el acta parcial de la reunión del Consejo de Administración del 6 de junio asuntos que no fueron tratados. A pesar de esta grave irregularidad, la Audiencia Nacional ha decidido que no se iniciará una investigación para esclarecerlo

Esteban P. Cano
Esteban P. Cano
Escritor y Periodista de investigación
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análisis

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Tal y como publicamos en Diario16, la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha decidido dar la razón al juez José Luis Calama y a la Fiscalía a la hora de negar la apertura de nuevas diligencias respecto a las presuntas irregularidades perpetradas en la reunión del Consejo de Administración de Banco Popular celebrada el 6 de junio de 2017.

Abrir una investigación sobre este asunto es muy importante, puesto que de esa reunión salió la carta enviada por Emilio Saracho en la que se declaraba el estado FOLTF (fail or likely to fail), es decir, la inviabilidad. Se trata de un punto crucial del Caso Popular, puesto que si en ese Consejo no se hubiera aprobado dicha declaración, ni el BCE ni la JUR podrían haber iniciado el proceso de resolución.

Sin embargo, existen una serie de documentos, que obran en poder de Diario16 y que fueron entregados a la Audiencia Nacional, que muestra gravísimas irregularidades en esa reunión. El acta notarial del exconsejero Jaime Ruiz Sacristán denuncia, además de presuntas coacciones, amenazas y engaños, que el acta parcial no incluyó elementos importantes que sucedieron en aquella reunión.

En el acta parcial, de la que los consejeros no tuvieron noticia hasta dos semanas después, se incluyeron aspectos que no fueron debatidos ni tratados en la reunión. Así lo indica el acta notarial de Jaime Ruiz Sacristán.

Según el documento, el borrador del acta no fue mostrada ni leída ni entregada hasta el día 28 de junio de 2017, algo que, ya de por sí, es una irregularidad. A esto hay que unir un hecho que es clave y que es indicado por el acta notarial: «Los consejeros no precedieron, al final de la reunión del Consejo del Banco de 6 de junio de 2017, a aprobar ni el acta parcial […] ni ninguna otra acta. Únicamente se firmó, al comienzo de la sesión, una lista de asistentes que, en el caso de los consejeros que asistieron por teléfono, fue suscrita por el propio ex secretario del Consejo de Administración del banco».

Firmas de los asistentes a la reunión de Consejo de Administración del Popular del 6 de junio de 2017

Por otro lado, según se indica en el documento notarial, el acta de la reunión del Consejo «no refleja la realidad de los debates, manifestaciones y cuestiones tratadas en la reunión y ello no sólo porque la misma haya sido calificada de parcial. Así, se incorporan en el acta parcial numerosas referencias, manifestaciones, datos e informaciones que no fueron objeto de análisis, debate ni aprobación por parte del Consejo de Administración del banco».

En concreto, el acta notarial afirma que no se recogen ninguna de las manifestaciones de Jaime Ruiz Sacristán en las que «reiteradamente, manifestó que el Banco Popular presentaba un problema de liquidez, pero no de solvencia».

«El acuerdo que se refleja en el acta parcial como aprobado por unanimidad por el Consejo de Administración no refleja el contenido de lo acordado. Lo único que el Consejo aprobó (ante las reiteradas advertencias de los abogados externos asistentes a la reunión de potenciales responsabilidades en las que podían incurrir los consejeros) fue dirigir al Banco Central Europeo la carta en inglés leída por el secretario Sr. Hervada», afirma el acta notarial de Ruiz Sacristán que añade, más adelante, que ni los abogados de Uría y Menéndez, ni Saracho ni Hervada «explicaron, advirtieron o aclararon a los consejeros el impacto o los efectos que la carta dirigida al Banco Central Europeo podían tener, más allá de constituirse como una mera notificación formal advirtiendo problemas de liquidez».          

Por tanto, si el contenido del acta fue manipulado, se incluyeron afirmaciones que no se dieron en la reunión y se omitieron las objeciones de los consejeros, además de remitir la carta en la que se declaraba la inviabilidad (una carta donde la firma de Saracho está en duda y cuyo análisis pericial caligráfico ha sido reclamado en reiteradas ocasiones a la Justicia para determinar si corresponde a la rúbrica del ex presidente del Popular) y cuyas consecuencias no fueron comunicadas al Consejo, nos enfrentamos ante una nueva causa de nulidad de la resolución y de la posterior venta al Santander que la Audiencia Nacional se niega a investigar.

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3 COMENTARIOS

  1. «Sin embargo, existen una serie de documentos, que obran en poder de Diario16 y que fueron entregados a la Audiencia Nacional, que muestra gravísimas irregularidades en esa reunión. El acta notarial del exconsejero Jaime Ruiz Sacristán denuncia, además de presuntas coacciones, amenazas y engaños, que el acta parcial no incluyó elementos importantes que sucedieron en aquella reunión».

    SI LA AUDIENCIA NACIONAL TIENE DOCUMENTACIÓN SOBRE IRREGULARIDADES Y NO ABRE UNA INVESTIGACIÓN
    SI ESTO LO HICIERA UNA PERSONA FÍSICA

    ¿Qué es el delito de encubrimiento?

    Encubrir significa tapar u ocultar algo. En sentido penal, el encubrimiento es una conducta dolosa que realiza una persona que, sin haber participado en un delito anterior cuya comisión conoce, ayuda al autor del mismo a eludir la acción de la Justicia o a aprovecharse de los efectos del crimen cometido.
    El encubrimiento puede realizarse mediante una conducta activa (esconder, disfrazar, alterar, inutilizar o tapar) o pasiva (callar hechos conocidos).

    Se recoge en los artículos 451 a 454 del Código Penal, en el título de los delitos contra la Administración de Justicia. Ahora se regula como un delito autónomo, pero antes era considerado una forma de participación, junto con la autoría y la complicidad.

  2. https://www.hispanidad.com/economia/caso-popular-fallo-tgue-ana-botin-se-apresura-exigir-exencion-responsabilidad-civil_12034892_102.html

    Caso Popular. Tras el fallo del TGUE, Ana Botín se apresura a exigir la exención de responsabilidad civil
    Cinco años después, toda la unión bancaria europea está paralizada ante la falta de acuerdo sobre cómo se resuelve un banco en crisis… porque el problema es que el Popu no estaba en crisis.

    El asunto tiene su punto divertido. No habían pasado ni 72 horas desde que el TGUE (Tribunal General de la Unión Europea) con sede en Luxemburgo, dictaminara que sus colegas de la Junta de Resolución Bancaria, liderada por la inefable Elke König, había estado de lo más legal al intervenir el Popular, cuando el Banco Santander, -trabajan rápido los juristas y Ana Botín- ya había presentado en la Audiencia Nacional una petición de exención de responsabilidad civil. Vamos, que si la intervención había sido ajustada a derecho -lo que no se lo cree ni Elke König- pues resulta que el Santander, que se hizo con el Popular ¡por 1 euro!, no tiene que atender reclamación alguna de unos accionistas que perdieron 1.300 millones de euros, que era lo que capitalizaba el Popular el 6 de junio de 2017. Eso, por no hablar de que el patrimonio arrebatado a accionistas y bonistas fue, según los peritos del Banco de España, de más de 11.000 millones de euros. Desde luego, el Santander no está dispuestos a pagar.

    El juez José Luis Calama ha dado una semana para responder a las partes y ya hay exconsejeros del Popular que han vuelto el argumento del Santander del revés. Porque, en efecto, el Santander, en tanto heredero del Popular, no puede ser reclamado por la ampliación del 2016, porque el TGUE dice que son los accionistas los que tienen que responder de las pérdidas que causó la resolución. Es decir, que el Santander se quedó con el Popular, pero el Santander no es el Popular. Por el mismo motivo, los consejeros del Popular tampoco eran el Popular, sólo su Consejo. Y es que los fraudes generan parodias.

    Uno comprende la actuación del Santander… y la del Popular. Lo que no comprende de es la del altísimo tribunal europeo que no ve pena en intervenir un banco viable y solvente.

    Porque el fracaso de la intervención del Popular es de tal calibre y el modelo ahí ensayado resultó tal fiasco… que toda la unión bancaria europea continúa empantanada cinco años después… ante la falta de acuerdo sobre cómo se resuelven los bancos en crisis. Todo porque se empezó con un banco de un Gobierno débil… que no estaba en crisis.
    ——————————————————————

    Los bancos estan heridos de muerte
    menos el santander
    pero todos callan como putas ,esa debilidad hace que cometan iregularidades al estar ameneazados, porque ser solventes saben que no sirve para nada en esta europa corrupta .
    o haces lo que te mandan o te resuelven.
    esto se ha vsto desde la plandemia hasta la guerra de ucrania .
    ya no hay normas que puedan salvar un banco ,la unica norma es es ser obediente o ser un banco Aleman

  3. ¿Dónde están los exconsejeros del Banco Popular presentes en aquel Consejo de Administración, que no salen por dignidad, diciendo todo lo que pasó allí, lo que les dijeron, las presiones recibidas y lo que realmente les hicieron firmar? ¿No eran accionistas? ¿Han recuperado ellos su dinero?

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