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Banco Popular: Gravísimo error de la Audiencia Nacional

Ya sea por las fuertes presiones que, presuntamente, podría estar recibiendo el magistrado, ya sea por otras cuestiones, la realidad es que centrar la instrucción penal del Caso Popular en la ampliación de capital de 2016, cuando ya hay suficiente documentación oficial que demuestra que la financiación de acciones no fue ilegal, es un grave error que no hace otra cosa que desviar el foco de la única y verdadera razón por la que el Popular fue resuelto y 305.000 familias de pequeños inversores perdieron su dinero

Esteban P. Cano
Esteban P. Cano
Escritor y Periodista de investigación
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análisis

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En estos días, el diario La Información, publicó que el magistrado José Luis Calama Teixeira había ordenado a la Policía, de manera secreta, el interrogatorio de 1.400 personas respecto a la financiación de acciones de Banco Popular durante la ampliación de capital de 2016. El hecho de que esto se hiciera de manera secreta y sin informar a nadie es un grave error desde el punto de vista de la transparencia que se espera de un organismo público y democrático.

Sin embargo, la realidad es que focalizar la instrucción en la ampliación de capital de 2016 y en la financiación de acciones podría ser también otro grave error, puesto que en ese aspecto no se encuentra el quid de la cuestión que no es otro que la razón por la que un banco solvente (hecho ya demostrado), que generaba beneficios en su negocio principal (hecho ya demostrado), que tenía capacidad de capitalizarse sin necesidad de acudir al mercado o a los accionistas (hecho ya demostrado), fue resuelto por la Junta Única de Resolución (JUR) y el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB), dejando en la ruina a más de 1,2 millones de personas y siendo vendido por 1 euro a Banco Santander que, según los cálculos realizados por uno de sus grandes accionistas, ya ha ganado más del doble de lo que indicaban las previsiones en el año 2017. 

Los peritos del Banco de España, en un informe presentado en la Audiencia Nacional el pasado 9 de febrero, dieron por bueno el trabajo realizado por la Auditoría Interna del Popular respecto a la financiación de clientes para que acudieran a la ampliación de capital de 2016.

El magistrado, que tal vez y presuntamente esperaba otro resultado, abrió entonces esa pieza secreta. La realidad es que los peritos fueron claros: «en la práctica totalidad de estas operaciones no se indica que el destino de la financiación sea la compra de acciones». A pesar de esto, Calama inició esas pesquisas secretas.

Por otro lado, en el informe de los peritos del Banco de España de abril de 2019 y en las cuentas del Santander del ejercicio 2017, se confirma que si hubo ese tipo de financiación fue muy poco significativo.

Teniendo en cuenta que el Popular tenía asegurada la colocación de las acciones por los bancos de inversión, es decir, que suscribirían lo que los accionistas no hubieran suscrito, hubiera tenido muy poco sentido financiero que el banco animase a la red comercial para la financiación de sus propias acciones, actividad que, por cierto, es lícita para los bancos, pero que obliga a los mismos a deducir el importe financiado en su declaración de capital regulatorio. Esto no afecta al patrimonio neto, pero la ratio de capital se ve modificada a la baja.

Fuentes internas del Popular consultadas por Diario16 reconocen que cabe la posibilidad de que se pudiera haber financiado la inversión en acciones de la ampliación de capital y que los sistemas del banco no lo detectaran. Eso es posible considerando que el Popular tenía 1.700 oficinas abiertas cara al público y millones de clientes, a lo que se añade que, en la ampliación de 2012, los clientes que invirtieron habían ganado mucho dinero.

Las mismas fuentes señalan que pudiera haber existido presión de algunos clientes para que se les financiase la compra de acciones, por lo que es descartable que los directores de sucursal presionasen a los clientes para que suscribiesen acciones, tomando un crédito para ello. Hay que pensar que, en ningún caso, cabe la coacción, dado que el cliente voluntariamente toma el crédito (se va al Notario) y voluntariamente compra las acciones con cargo a dicho crédito.

La financiación para la compra de acciones es una actividad permitida a los bancos y, en el peor de los casos, una posible irregularidad administrativa si esa financiación, que tendría que ser ad hoc, no se hubiese descontado del cómputo del capital regulatorio, cuyo impacto no era significativo, porque para tener que ser descontada, el Banco de España exigía que la financiación naciese con la compra de las acciones, es decir, si un cliente utilizaba una cuenta de crédito que ya tenía abierta previamente y compra acciones con cargo a esa póliza, en ese caso no hay obligación de descontar nada.

¿Por qué? Porque por naturaleza una cuenta de crédito es de libre disposición para atender las necesidades de financiación circulante de una empresa que puede disponer de la misma para comprar acciones y puede, a continuación, pasados días o semanas, rebajar la cuenta ingresando el resultado de la venta de sus productos. Este es el funcionamiento normal de un banco comercial, nada tiene de ilegal, ni de irregular.

En resumen, la financiación de las propias acciones es una actividad legal, permitida a los bancos, que hay que deducir del capital regulatorio sólo en el caso de que dicha financiación nazca con la adquisición de las acciones. Tiene poco sentido que un banco financie sus acciones si su colocación la tiene asegurada por un tercero, como es el caso.

La clientela, en ocasiones, puede tener interés en suscribir acciones a un precio de oferta, como el caso de la ampliación de 2016, y cabe también, sin existencia alguna de «trama de clientes rentables», que alguna oficina aislada tomase la decisión de incrementar la financiación del circulante de esas empresas para facilitar la suscripción de acciones. En caso de impago, el banco no tiene como garantía las acciones del propio Banco, que tendría que vender o amortizar, sino los bienes del cliente. Por tanto, ni trama, ni nada ilegal.

Sin embargo, Calama sigue empeñado en investigar esta parte olvidándose de la fuga de depósitos en el segundo trimestre de 2017, de la presunta filtración de información privilegiada a los organismos públicos y las grandes empresas que retiraron su liquidez en el primer día laborable tras la aprobación del Proyecto Hipócrates, de la filtración de noticias negativas durante la etapa de Emilio Saracho o por el propio Emilio Saracho (según confirmaron varios testigos en la Audiencia Nacional) y que tanto daño hicieron al Popular, tanto en el valor de la acción como en la salida de liquidez, o de las supuestas coacciones y engaños a los que se sometió a los consejeros para que aprobaran la declaración de inviabilidad.

La clave para entender la resolución del Popular está en la etapa que va desde febrero a junio de 2017 y las consecuencias habría que mirarlas en los beneficios obtenidos por el Santander, beneficios que deberían haber sido para los accionistas o para el propio Banco Popular si la ministra Nadia Calviño no hubiera aprobado de manera precipitada la fusión por absorción que provocó la pérdida de naturaleza jurídica de la entidad.

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6 COMENTARIOS

  1. Sin embargo, Calama sigue empeñado en investigar esta parte olvidándose de la fuga de depósitos en el segundo trimestre de 2017, de la presunta filtración de información privilegiada a los organismos públicos y las grandes empresas que retiraron su liquidez en el pimer día laborable tras la aprobación del Proyecto Hipócrates, de la filtración de noticias negativas durante la etapa de Emilio Saracho o por el propio Emilio Saracho (según confirmaron varios testigos en la Audiencia Nacional) y que tanto daño hicieron al Popular, tanto en el valor de la acción como en la salida de liquidez, o de las supuestas coacciones y engaños a los que se sometió a los consejeros para que aprobaran la declaración de inviabilidad.

    CONTRARON AL TOPO SARACHO PARA PROVOCAR LA RESOLUCION DEL BANCO POPULAR PORQUE HABÍA QUE REGALARLO AL BANCO SANTANDER.
    ESTO NO SE VA A DESTAPAR. AL SARACHO LE PROMETIERON DE QUE NO LE IBA A PASAR NADA Y QUE COBRARÍA MUY BIEN.
    FUE EL ÚNICO QUE SE APRESTÓ A LA ESTAFA
    LA ESTAFA ESTÁ AVALADA POR EL PP CON LA COMPLICIDAD EL PSOE,…

    UNA VEZ MÁS NOS TOMAN AL PUEBLO POR IMBÉCILES A LOS CUALES MANIPULAN A SU ANTOJO….

    ESPAÑA PAIS BANANERO.

  2. Por qué el juez Calama no ordena que la policía entre en el Banco Santander para investigar sobre toda la trama ,ayer mismo la policía de ALEMANIA entro en el Deutsche Bank por sospechas de lavado de dinero de este banco, un asunto muchísimo menos importante que el robó del Banco Popular.
    El juez Calama recuerda al juez Andreu. está actuando de la misma forma .se Le está frenando para que no investigue lo que ha ocurrido de verdad. este es el cuento de nunca acabar.
    quizás el robo del banco Popular fue para salvar al Banco Santander. para impedir que se hundiera y que por simpatía hiciera explotar al Deutsche Bank.
    al final todo explotará

    https://www.elconfidencial.com/empresas/2022-04-29/deutsche-bank-policia-registra-oficinas-alemania-francfort_3416623/

    INVESTIGACIÓN EN CURSO
    La policía alemana registra las oficinas de Deutsche Bank en Fráncfort por supuesto blanqueo

    Viernes con mucho movimiento para Deutsche Bank, que cae más de un 4% en bolsa en un día alcista para las bolsas. ¿El motivo? La policía alemana y otras autoridades judiciales registraron este viernes las oficinas del primer banco comercial privado de Alemania por activos financieros por sospechas de blanqueo de capitales. Las oficinas se encuentran en Fráncort, que supone un gran núcleo financiero para el país, puesto que allí también se ubica el Banco Central Europeo (BCE) La Fiscalía de Fráncfort, la Oficina Federal de Investigación Criminal y las autoridades de supervisión financiera BaFin inspeccionaron edificios del Deutsche Bank, según informaron. No obstante, medios alemanes esgrimen que el trasfondo de estos registros es un caso aislado en el área de clientes tras una denuncia bancaria contra un cliente por la sospecha de lavado de dinero, según señala el medio germano Handelsblatt. Deutsche Bank dijo a EFE que «se trata de una medida de investigación de la Fiscalía de Fráncfort en relación con informaciones de sospechas de blanqueo de dinero que ha dado el banco». «Deutsche Bank coopera completamente con las autoridades», añadió el portavoz.
    La situación para Deutsche Bank es delicada. Christian Sewing, su consejero delegado, se enfrenta a un gran número de desafíos legales y regulatorios. Hace semanas, Estados Unidos amplió su supervisión sobre la entidad después de que descubrieran que el banco se saltó un acuerdo de procesamiento diferido al demorar en informar sobre las acusaciones de un denunciante. Anteriormente (2019), la entidad pactó con la Justicia alemana el pago de una multa de 15 millones para cerrar una investigación por presunto lavado de dinero.

  3. A la espera de la inminente sentencia del TJUE sobre el caso Popular, y después de leer el informe del abogado general de la UE, que aunque no es vinculante, pocas veces es contradicho por el TJUE, la perplejidad, o mejor dicho, la cara de tonto que me queda es para fotografiar.
    El abogado sostiene que como ya no somos accionistas, no tenemos derecho a reclamar nada. Y se queda tan pancho el tío.
    Es decir que antes de la resolución no podíamos reclamar, porque el hecho aún no se había producido y después tampoco porque ya no somos accionistas.
    ¿Aparte de robarnos, nos están llamando idiotas a la cara?

    Esto es desesperante. Mi cabeza no puede aceptar que la sentencia del TJUE coincida con el informe del abogado general. En breve saldremos de dudas.

  4. Según dicen algunos ahora, no es ilegal financiar la compra de acciones, la normativa y el folleto de la ampliación así lo indicaban, pero el folleto solo servía ANTES, ya no vale para nada… Pues bien, el hecho es que este procedimiento si se producía: lo que nos ofrecieron desde el banco fue una financiación donde te hacían firmar ante Notario el préstamo y a la misma vez la «Pignoración» de dicho importe, ya que estaba destinado única y exclusivamente a la ampliación.
    Te redirigían a su antojo, haciendo campaña y alardeando de que ellos (empleados Popular) también acudían a la ampliación, pues era una oportunidad única de inversión. El banco desde lo que debiera ser su obligación de velar por el bien de su cliente, ya que ostentaban la posición de «confianza», nos ha generado la deuda de un préstamo bancario.
    Esta entidad ya no está (POPULAR), mis acciones ya no están (POPULAR), pero mi deuda SÍ está (POPULAR/SANTANDER) = Santander se desvincula de la responsabilidad sobre mis acciones del POPULAR que NO están, pero sí me reclama la deuda del préstamo del POPULAR.
    El TJUE sale ahora a escena y dice que : vela por el bienestar del sistema financiero. Pero no vela por mi ruina financiera, o sea, yo debo pedir otro préstamo para pagar al SANTANDER, y el banco obtiene un beneficio limpio a COSTE 0€ .
    YO LO LLAMARIA UN ROBO A LA CIUDADANÍA PARA ENRIQUECER AL BANCO. LA JUSTICIA ESTÁ ROBANDO EL DINERO AL CIUDADANO.

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