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Banco Popular: el Banco de España incumplió, por omisión, sus responsabilidades

El BCE se extralimitó en las funciones y competencias asignadas mientras el Banco de España omitió sus funciones y competencias en la concesión de la liquidez de emergencia

Manuel Domínguez Moreno
Manuel Domínguez Moreno
Periodista, escritor, sociólogo, politólogo y perito en procesos de paz a nivel nacional e internacional
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análisis

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El recurso presentado por un grupo de afectados contra la decisión del Banco de España de no aceptar su responsabilidad patrimonial indica, en otro de sus puntos, en que dicha responsabilidad es clara tanto por las acciones como por las omisiones en la resolución, así como como en la concesión y provisión de líneas de liquidez de emergencia (ELA).

Todas las instituciones y organismos que participan en el procedimiento de resolución achacan y aducen como único motivo de la misma a una crisis de liquidez.

Según los criterios de Basilea III, ante una crisis de liquidez, las autoridades financieras, tanto nacionales como europeas, deben tomar medidas para que en el plazo de un mes restauren dicho parámetro o coeficiente (LCR).  

«Este documento presenta una de las reformas esenciales del Comité de Basilea para lograr un sector bancario más resistente: el coeficiente de cobertura de liquidez (LCR). El objetivo del LCR es promover la resistencia a corto plazo del perfil de riesgo de liquidez de los bancos. Con este fin, el LCR garantiza que los bancos tienen un fondo adecuado de activos líquidos de alta calidad (HQCA) y libres de cargas, que pueden convertirse fácil e inmediatamente en efectivo en los mercados privados, a fin de cubrir sus necesidades de liquidez en un escenario de problemas de liquidez de 30 días naturales. El LCR mejorará la capacidad del sector bancario para absorber perturbaciones procedentes de tensiones financieras o económicas de cualquier tipo, reduciendo con ello el riesgo de contagio desde el sector financiero a la economía real», se afirma en Basilea III, a lo que añade lo siguiente en su apartado 4:

«El coeficiente de financiación estable neta (NSFR) complementa al LCR, tiene un horizonte temporal de un año y se ha diseñado para hacer sostenible la estructura de vencimientos de activos y pasivos».

En el recurso se indica que una cosa es la retirada de depósitos por parte de los clientes y otra muy distinta es no otorgarle la liquidez suficiente y necesaria para reestablecer su coeficiente LCR, siendo el objetivo marcado en el año 2017 del 80 %, y el Banco Popular disponía de solvencia suficiente, como los asset encumbrance, para poder haber recibido el importe concedido por el Banco de España en su totalidad. Banco Popular dispuso de 3.800 millones de euros, cuando se le habían concedido 9.500 millones.

Respecto a la retirada de depósitos no se puede alegar absolutamente nada, puesto que son decisiones que adoptan los clientes de manera libre, ya fuera con información privilegiada o sin ella. Sin embargo, sobre la concesión de provisión de líneas de liquidez de emergencia, en primer lugar, el recurso indica el documento remitido por el BCE sobre el procedimiento de provisión urgente de liquidez en el que se destaca que dicha concesión es efectuada por el Banco Central Nacional (BCN), es decir, el Banco de España, a entidades solventes. Además, es quien marca las condiciones, el importe y la fecha de devolución o maduración de la ELA. Si la cantidad solicitada sobrepasara los 2.000 millones de euros, el BCN debe solicitar la no objeción del BCE.

Por tanto, la responsabilidad para la adjudicación de la ELA correspondió al Banco de España lo que implica que habrán de asumir los costes y los riesgos que pudieran derivarse de la provisión urgente de liquidez.

El día 5 de junio de 2017, el Banco de España solicita inicialmente la cantidad de 2.000 millones en ELA, siendo su vencimiento o maduración el 14 de junio de 2017. Ese mismo día, vuelve a solicitarse aumentar dicha solicitud ELA hasta los 9.500 millones, solicitando un vencimiento hasta el 21 de junio de 2017.

La concesión de liquidez de emergencia solo se concede a aquellas entidades solventes, cosa que debe garantizar el Banco de España al BCE, por tanto, la concesión de ELA también confirma que el Banco Popular ese día 5 de junio del 2017, era una entidad solvente y dicha solvencia es acreditada por el Banco de España al BCE para poder acceder a las líneas ELA, hasta la cantidad de 9.500 millones.

Hasta el día 6 de junio el Banco Popular dispuso de 3.800 millones de euros, habiendo cubierto hasta esa fecha desembolsos de efectivo o retiradas por un importe de 19.189 millones de euros durante ese primer semestre, siendo significativas las retiradas del 2º trimestre del año 2017 que ascendieron a un total de 18.591 millones de euros.

El recurso indica que el Banco de España «realizó y cumplió con sus funciones a la hora de solicitar la ELA al BCE, por tanto, el incumplimiento de su rol y funciones fueron las realizadas por el BCE, al extralimitarse en sus funciones y saltarse las competencias de exclusividad que legalmente compete al BdE y cambiar la maduración de la ELA al día 8 de junio, así como  hacer la declaración FOLTF a una institución financiera que tras el informe de solvencia presentado por el BdE para acceder a la ELA, en 24 horas es declarado inviable y por tanto insolvente. Por tanto, si el incumplimiento de la legalidad fue del BCE, por omisión en el cumplimiento de la legislación, también el BdE no realizó, ni ratificó lo que el día de antes había valorado e informado en el escrito remitido al BCE para la concesión de la ELA», indica el recurso.

Si la inviabilidad se realiza sólo por la crisis de liquidez, el BCE incumplió las normas de Basilea, puesto que el incumplimiento del coeficiente LCR lo tiene el Banco Popular desde el 13 de mayo del 2017 y los requerimientos de las normas de Basilea III especifican que se reestablecerá la liquidez en el plazo de 30 días naturales, hecho que se acrecienta tras otorgarse una liquidez de emergencia de 9.500 millones de euros y dispuestos sólo un importe de 3.800. Por tanto, incumplimiento es claro tanto en la forma, por no agotar los 30 días naturales, como en la materia, por no acceder a la totalidad de la liquidez que le fue otorgada desde un principio.

Por tanto, el Banco de España no realizó aquello que es su propia responsabilidad, no tanto por acción, sino por omisión en el cumplimiento de sus funciones que marcan los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo.

El BCE se extralimitó en las funciones y competencias asignadas. El Banco de España omitió sus funciones y competencias en la concesión de la ELA.

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2 COMENTARIOS

  1. el escandalo es monumental europa y alemania tienen unas reglas para ellos de engaño de su ruina y otra de robo y saqueo respecto al banco popular.

    «König? Alemania veta a la JUR y sale al rescate de ‘su’ banco
    veto de las autoridades alemanas a la Junta Única de Resolución (JUR) para intervenir en bancos germanos en crisis. Que los hay, incluso en mayor número de lo que parece.

    El último, el escándalo Wirecard, ha conmocionado a la sociedad alemana. La compañía, que comenzó gestionando pagos online de casas de apuestas y páginas pornográficas, se había convertido en un gigante bursátil que llegó a superar la capitalización del mismísimo Deutsche Bank.
    Todo iba sobre ruedas hasta que, a finales de junio, la entidad reconoció que habían desaparecido 1.900 millones de euros de su balance. El CEO y gurú de la compañía, Markus Braun, dimitió inmediatamente y el día 25 de ese mes, el grupo se declaró en quiebra y Braun fue detenido por la policía, acusado de haber inflado las cuentas. Tranquilos, Markus pagó la fianza de 5 millones de euros impuesta por el juez y actualmente sólo tiene que presentarse ante la policía una vez a la semana.
    A lo que vamos: durante todo este escándalo -las sospechas sobre Wirecard se remontan varios años atrás-, la JUR no ha dicho ni mu. Su presidenta, Elke König, tan solícita con el Popular, ahora brilla por su ausencia a pesar de que Wirecard Bank forma parte del grupo declarado insolvente.

    El BCE no se atreve con los bancos alemanes y han sido las propias autoridades germanas las que han determinado el camino a seguir. Para empezar, nada de resolución y mucho menos ejecutada por la JUR.»
    pensamos en corralito y lo asociamos con argentina ,asocienlo con alemania tambien ,por culpa de la falta de supervision del BCE
    del bafin de alemania y de la jur tenemos un corralito mundial por culpa del europa y su BCE y su nefata supervision cuando sus entidades son las afectadas ,esto no lo han puesto en los medios de masa porque es la verguenza alemana completa.
    eso si con un banco solvente como el popular no tuvieron piedad cuando ellos estan cien veces peor que que el banco popular a cual no le pasaba nada grave
    la tarjetas payonner congelaron sus fondos ,no se pudo sacar dinero ,ni comprar
    son tarjetas emitidas por wirecard card solutions limited WCSL empresa acusada de fraude y lavado de dinero ,esta empresa alemana en la ruina sera salvada por alemania como sea ,impresentables dos vara para medir, la suya de plumas y la de acero para el banco popular .
    tenia que dimitir el bafin en pleno, la jur y todos los cargos de supervision de europa.
    y todavia esconden muchos mas desastres
    ya esta bien por dios ,ya esta bien .

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