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Banco Popular: ¿Abogacía del Estado o defensa del Santander?

Los afectados del Banco Popular están expectantes por la sentencia que se hará pública el próximo día 1 de junio, un proceso en el que la Abogacía del Estado defendió las irregularidades de las valoraciones de la JUR y Deloitte y justificó su defensa de la resolución en el hecho de que se trataba de una situación de emergencia y que sólo se pudo actuar así, lo cual es un argumento contrario a lo indicado por la normativa europea

Esteban P. Cano
Esteban P. Cano
Escritor y Periodista de investigación
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análisis

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Tal y como hemos demostrado en Diario16, los informes de valoración del Banco Popular realizados por Deloitte y la JUR están plagados de irregularidades.

La valoración 2 (Deloitte) no podía calificarse de «razonable, prudente y realista», según los criterios marcados por el Reglamento 806/2014. Dicho informe sobre el Popular no debió realizarse como si se tratara de una empresa en liquidación, sino como una empresa en funcionamiento. Debió determinarse su valor de mercado como entidad que seguirá con su actividad financiera.

En consecuencia, la valoración se basó en una metodología errónea, ya que se obvió cualquier capacidad de Banco Popular para generar resultados futuros, algo que, como se ha podido comprobar, sí que logró. Sin embargo, la decisión de Nadia Calviño de aprobar la fusión por absorción terminara con la supresión de la personalidad jurídica por parte del Santander, impidió que continuara generando beneficios.

La valoración de Deloitte fue contradictoria

Por otro lado, el informe de Deloitte no fue razonable, ya que la horquilla relativa al valor de Banco Popular es de una amplitud exagerada y tiene escasa credibilidad. Además, es contradictoria con otros análisis que arrojan un resultado positivo.

En otro orden, dado que el informe de Deloitte fue realizado en un corto período de tiempo y con un acceso limitado a la información, no puede servir de base para la toma de decisiones y que, en consecuencia, era necesario realizar una valoración definitiva ex post.

La JUR estaba obligada realizar dicha valoración y, sin embargo, a día de hoy, no lo hizo, a pesar de que así lo señala la normativa. Este hecho provocó que el magistrado José Luis Calama Teixeira afirmara en la Audiencia Nacional que «la ley está para cumplirla».

Conflicto de intereses

Tal y como hemos demostrado en Diario16, Deloitte no podía ser considerada una sociedad independiente debido a un conflicto de intereses, ya que tenía contratos activos tanto con Popular como con Banco Santander. Asimismo, la JUR exigió a Deloitte que elaborara su informe aplicando única e imperativamente el instrumento de venta del negocio.

El Reglamento 806/2014 no contempla la escisión del informe de valoración en dos documentos elaborados por distintos autores. Las conclusiones del informe de Deloitte (las que se han podido conocer porque lo más importante del documento está censurado) entran en contradicción con las de la valoración que realizó la JUR en el mes de mayo. Según se indica en un informe del Tribunal General de la UE, se ha aportado un informe pericial que destaca que la valoración 2 adolece de errores técnicos que invalidan sus conclusiones relativas a la valoración de determinados activos.

¿Abogacía del Estado o del Santander?

Según el informe del Tribunal General, el Reino de España alega que el informe de Deloitte se corresponde con una valoración en caso de situaciones de urgencia. Si Banco Popular tenía solvencia y su mayor problema era la crisis de liquidez acentuada por, precisamente, los organismos públicos españoles, ¿cómo se puede afirmar que se trataba de una situación de urgencia? Por otro lado, Deloitte comenzó a realizar el informe el 26 de mayo de 2017 cuando aún no se habían incumplido las ratios de liquidez ni se había producido la filtración a Reuters. ¿Ya existía una situación de emergencia 10 días antes de la resolución?

Además, la Abogacía del Estado, señala, en un alarde de sinceridad espontánea, que el informe de Deloitte era una valoración provisional y su contenido no puede ser tan completo como el exigido por el Reglamento 806/2014. Esto no debe haber gustado nada al Santander, porque, más que una alegación, parece un allanamiento.

El informe de Deloitte, según el Estado español, se distingue de la valoración 3, que tiene por objeto determinar el trato que hubieran recibido los accionistas y acreedores en caso de seguirse un procedimiento de insolvencia ordinario. En consecuencia, señalan que dicho informe no puede juzgarse a la luz de la situación posterior a la adopción del dispositivo de resolución.

Las irregularidades de las valoraciones

La realidad es que los informes de valoración sobre los que se adoptó la decisión de resolver al Banco Popular son causa de nulidad de todo el proceso porque, según fuentes jurídicas consultadas por Diario16, están basados en una reglamentación emanada de una entidad que no tiene capacidad legislativa, sino que es una autoridad independiente de la Unión Europea.

El día 23 de mayo de 2017, la Autoridad Bancaria Europea (EBA, por sus siglas en inglés) finalizó el diseño y publicó un borrador para normalizar las valoraciones de los bancos antes y después de que se produjera una resolución de una entidad de crédito.

Ese mismo día se realizó de modo urgente la primera valoración del Popular por parte de la JUR, porque no se podía realizar dicha valoración sin que hubiera un documento «legal» sobre el que apoyar las conclusiones de tal informe.

Sin embargo, el hecho de que las valoraciones se realizaran en base a una normativa emanada de una autoridad independiente y no del poder legislativo, es decir, del Parlamento Europeo, es una prueba más de que la propia resolución ya parte con un vicio de legalidad. Aunque las normativas emanadas de la ABE tienen carácter vinculante desde un punto de vista técnico, no disponen de la categoría de Reglamento o de Directiva. Por lo tanto, nos encontramos ante un más que posible caso de fraude de ley y, por ende, de nulidad de todo el proceso de resolución del Banco Popular.

A todo esto, hay que añadir que esa reglamentación no entró en vigor hasta el mes de marzo de 2019. La JUR, en una comunicación a un afectado del Popular, a la que ha tenido acceso Diario16, afirmó que «las dos normas técnicas de regulación que Ud. menciona han sido adoptadas por medio de sendos Reglamentos publicados en el DOUE el 9 de marzo de 2019. De conformidad con lo dispuesto en sus textos respectivos, los mismos entrarán en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea».

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2 COMENTARIOS

  1. TODO LO QUE HIZO LA JUR ES ILEGAL
    LAS JUSTIFICACIONES DE LA ABOGACIA DEL ESTADO SON RIDICULAS.

    El 1 DE JUNIO SE JUEGA LA MINIMA CREDIBILIDAD QUE LE QUEDA A EUROPA.

    el aislamiento de Europa sigue adelante ,segun ultimas informaciones
    La Unión Económica Euroasiática iniciará negociaciones con Indonesia sobre libre comercio, esta decisión fue tomada por los líderes de los países de la organización. yo pense al principio lo mismo que pensaran ustedes ,ah indonesia un pais pequeño, tengo que decirles que Indonesia, es el cuarto país más poblado del planeta justo atrás de los EEUU que es tercero con 276 millones de habitantes, mientras que toda la Unión Económica Euroasiática, tiene 185.
    es decir rusia tiene paises de sobra para vender sus productos ,China mas rusia mas indonesia mas la india ,los paises mas poblados de la tierra ,le importa un carajo que Europa la sancione ,mas los restantes brics ,brasil
    sudafrica. se esta haciendo con africa y hay informaciones de que rusia sin gastar una millonada de rublos como la otan va aumentando su influencia sobre el fiasco europeo de afganistan gracias a su aliado de pata negra Tayikistán que hace frontera con afganistan.

    EUROPA TIRA MILES DE MILLONES A LA BASURA ARMANDO A AFGANISTAN PARA NADA ,TODO A LA BASURA Y LES DEJAN TIRADOS
    EN EL MOMENTO DECISIVO ,LO MISMO CON UCRANIA LES REGALAN MILES DE MILLONES SOLO PARA DESGASTAR A RUSIA QUE AL REVES SE HACE MAS FUERTE DIA A DIA ,PARA QUE MUERAN LOS UCRANIANOS POR LA OTAN ,PERO NO HAY DINERO NI HAY JUSTICIA NI VERGUENZA PARA HACER LO JUSTO CON MAS DE UN MILLON DE EUROPEOS ROBADOS DE FORMA DESCARADA .
    Alemania esta siendo desmantelada y vendida a estados unidos que maneja a europa como si fuera su titere

    —————————————————————————-
    un caso donde si hizo justicia el TJUE

    PONGO UN ARTICULO DE DIARIO 16 DEL 16/07/2021
    El TJUE declara definitivamente ilegales las decisiones de la JUR
    https://diario16.com/el-tjue-declara-definitivamente-ilegales-las-decisiones-de-la-jur/

  2. El 1 de junio EUROPA VA A JUZGAR A FAVOR DE LOS GRANDES MAFIOSOS. GAME OVER…
    LA SENTENCIA YA ESTE HECHA DESDE JUNIO DEL 2017.
    EUROPA ES UNA MAFIA Y ESPAÑA EL BANCO DE PRUEBAS. ESTO EN ALEMANIA, FRANCIA, ITALIA SERÍA IMPENSABLE.

    EUROPA ES UN ATAJO DE SANGUIJUELAS QUE CHUPAN LA SANGRE AL PUEBLO.

    HAN QUERIDO MANIPULAR A RUSIA Y SE ESTÁ COMPROBANDO QUE EEUU Y EUROPA QUE QUIEREN IMPONER EL CAPITALISMO SALVAJE DE EXPROPIACIÓN AL PUEBLO SE HA CHOCADO CONTRA SU PROPIA TRAMPA.

    LA BOLSA ES UNA ESTAFA… LOS BANCOS ESTÁN TODOS QUEBRADOS…YA NO HAY SOLUCIÓN SINO ES ROBAR LOS RECURSOS DE UCRANIA Y RUSIA…
    https://actualidad-rt.com/actualidad/431115-reservas-trigo-agotarse-causas-hambre-ucrania

    …expertos indican que la crisis actual no empezó tras el inicio del operativo militar ruso en Ucrania. «Quiero empezar diciendo explícitamente que la guerra entre Rusia y Ucrania no inició la crisis de seguridad alimentaria. Simplemente echó leña al fuego que ya ardía desde hace tiempo», destacó Menker en su informe ante el Consejo de Seguridad de la ONU.

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