Banco de España Redal
Banco de España | Foto: José A. Gómez

Uno de los ejemplos del largo alcance del poder real que tiene en España el Santander es el caso de la promotora inmobiliaria Inversión Hogar y cómo el Banco de España no ejecutó un embargo a la entidad ahora presidida por Ana Patricia Botín 101 Millones de euros, tal y como le ordenó el Juzgado de Primera Instancia nº 19 de Madrid en octubre de 2006 en un proceso de ejecución de títulos judiciales.

El 19 de mayo de 2006 se dictó sentencia en la que se condenaba al Santander a pagar a la empresa Inversión Hogar más de 80 millones de euros. Ésta instó la ejecución provisional de la sentencia y el juzgado, en auto de 30 de octubre de 2006, ordenó el embargo de 101 Millones de euros de su cuenta de tesorería en el Banco de España.

Notificada al día siguiente la orden de embargo, el Banco de España se negó a embargar los 101 Millones al Santander, alegando que podría suponer un desajuste en el cumplimiento por el Santander de sus compromisos por sus transacciones de mercado, lo que podría tener «impacto en el sistema financiero». Cabe preguntarse lo siguiente: ¿tan crítica era la situación del Santander y del sistema financiero español en el 2006, pleno periodo de prosperidad económica, que no podía soportar el embargo de 101 millones de euros? ¿El embargo de 101 millones de euros al Santander causaría en 2006 un impacto en el sistema financiero español, con todo lo acontecido posteriormente y los miles de millones que ha costado el rescate bancario? Evidentemente no.

El contenido del escrito del Banco de España, firmado por Francisco Javier Priego hoy secretario general de la institución y, entonces director del Departamento Jurídico, dirigido al Juzgado negándose a ejecutar el embargo, violentó el contenido y el espíritu de la Ley de Enjuiciamiento Civil que había entrado en vigor en el año 2001 y cuya principal innovación, como expresaba el apartado XVI de su Exposición de Motivos, fue el cambio radical en el nuevo régimen de la ejecución provisional que apostó decididamente por favorecerla y facilitarla, dificultando, de este modo, la oposición a la ejecución de condenas dinerarias hasta el punto de hacer la oposición «prácticamente ilusoria» en palabras de distintos catedráticos de derecho procesal.

El Santander, para impedir el embargo, presentó una solicitud de suspensión del mismo que no se ajustaba a las previsiones legales por cuanto solicitaba la suspensión de la ejecución del embargo de la cuenta de tesorería pero sin poner a disposición de la empresa Inversión Hogar los 101 Millones de euros, ni proponer una medida alternativa de ejecución que sustituyese al embargo acordado, como exigía la ley, lo que debió conllevar la inadmisión in limine (desde el inicio) por el Juzgado de la solicitud del Santander. Pero, inexplicablemente, no sólo no se produjo su inadmisión, sino que dicha solicitud fue ocultada y se acordó la suspensión del embargo sin que Inversión Hogar siquiera conociese la petición del Santander, todo un paradigma de indefensión material y vulneración de la tutela judicial efectiva y del derecho de defensa.

El Santander ofreció prestar una fianza que, conforme a la ley, no constituía medida alternativa al embargo de la cuenta de tesorería ya que la ley configura la fianza o aval en la ejecución provisional exclusivamente para responder por la demora producida durante el tiempo que estuviese paralizada la ejecución, pero no como medida alternativa o sustitutoria del embargo acordado de la cuenta de tesorería en el Banco de España. La paralización de la ejecución sólo era posible, legalmente, si el Santander ponía a disposición de Inversión Hogar las cantidades a las que había sido condenado más los intereses y las costas, es decir, los 101 Millones de euros por los que fue despachado el embargo de la cuenta de tesorería.

El Santander fue más allá. En una clara violación de los elementales principios y derechos a la tutela judicial efectiva, defensa y audiencia, el Juzgado acordó la suspensión del embargo “inaudita parte” sin que Inversión Hogar tuviera conocimiento de que el Santander había solicitado la suspensión de la ejecución, lo que le causaba una evidente indefensión al violentar su elemental derecho de defensa.

Para ello el Santander omitió todo traslado a Inversión Hogar de su solicitud de suspensión de la ejecución y aportó el aval mediante comparecencia ante la secretaria judicial, R.M.Martín  para evitar dar el obligado traslado a Inversión Hogar y, de esa forma impedir, que pudiera oponerse a la paralización del embargo solicitada por el Santander.

Además, la fianza que presentó el Santander era un aval de Banesto, que ya por entonces estaba presidido por Ana Patricia Botín y formaba parte del Grupo Santander, por lo que el Santander se avalaba a sí mismo. El aval fue firmado por Jaime Pérez Renovales, actual secretario general y del consejo del Santander y, por entonces secretario general y del consejo de Banesto (ex subsecretario de la Presidencia con Mariano Rajoy y ex asesor y jefe del gabinete del vicepresidente del Gobierno y Ministro de Hacienda, Rodrigo Rato).

La jueza titular del Juzgado nº 19 de Madrid, María Isabel Ferrer-Sama Pérez, se cogió una baja de dos días por una lumbalgia, de manera que, el entonces Juez Decano, José Luis González Armengol, designó jueza sustituta a Yolanda Urbán Sánchez que, sin ningún conocimiento de la causa, acordó la suspensión del embargo mediante providencia del 7 de noviembre de 2.006 sin que el aval prestado por Banesto hubiese sido intervenido ante notario ni hubiese sido ratificado a presencia judicial, lo que suponía otro incumplimiento más de la práctica procesal acostumbrada, máxime cuando la suspensión del embargo se acordó 15 días antes de que se ratificase el aval a presencia judicial por Jaime Pérez Renovales y Francisco Doncel Razola el 22 de noviembre 2006.

Por tanto, el embargo de 101 millones de euros al Santander que el Banco de España no fue ejecutado, fue suspendido posteriormente por una resolución de una jueza sustituta que desconocía el expediente por completo, que fue nombrada por dos días a dedo por el Juez decano, ocultando todo el proceso a Inversión Hogar para que no se enterase de nada, con un aval prestado por una entidad del propio Grupo Santander, etc.

En definitiva, todo un cúmulo de «casualidades» que se repite ante los supervisores y los tribunales cuando el Santander está por medio.

5 COMENTARIOS

  1. REPUGNANTE. El del BdE que no ejecutó el embargo debería de estar en la cárcel por prevaricación. Y este caso debería de llegar a saberse en la justicia europea y en el nuevo mecanismo de protección a los denunciantes de corrupción. REPUGNANTE PAÍS.

  2. Los dirigentes del Banco de España y los funcionarios que les tocaba controlar para que la banca no estafara a sus clientes, son responsables del daño hecho a tantas miles de personas, que confiados en lo que debería haber sido, una buena, eficiente y honesta gestión, depositaron sus ahorros en manos de los que al final fueron unos fulleros desaprensivos estafadores. Cobran un excesivo sueldo, para hacer lo contrario de lo que deberían haber hecho, y parece que su trabajo ha consistido, más bien, mejor, más mal, en facilitar que los bribones hicieran trampas con total facilidad y hasta ahora sin ninguna responsabilidad penal ni moral. ¿Cómo es posible que el Banco de España y los excesivamente y poco merecido, bien pagados cerebritos que trabajan, se supone, para que los otros cerebritos de lo ajeno, no timen, roben, manipulen, engañen, no se hayan percatado de la estafa latente?. Queda clara la responsabilidad de esta importante y hasta ahora nula eficaz institución, por acción u omisión, en la mega estafa bancaria y robo de los ahorros de cientos de miles de inocentes y confiados ciudadanos, que pensaban que el Banco de España era una decente, honesta, seria, sensata e implacable institución al servicio de los ciudadanos y, no como hemos visto, comprobado; su supeditación, pleitesía, sometimiento, al gobierno de turno y omnipresentes poderes económicos, como vemos en este caso del banco Santander que nos ocupa, que en su delictivo caminar sustraen recursos, no pagan los impuestos que les corresponde, con la ayuda de la punible, tramposa, perversa colaboración de Montoro y exgobierno del defenestrado Rajoy , causando el vaciado de las arcas de todos, recursos de todos, necesarios para la eficaz gestión de nuestro querido País, de nuestra empresa llamada España. Extracto: «Notificada al día siguiente la orden de embargo, el Banco de España se negó a embargar los 101 Millones al Santander, alegando que podría suponer un desajuste en el cumplimiento por el Santander de sus compromisos por sus transacciones de mercado, lo que podría tener «impacto en el sistema financiero». Cabe preguntarse lo siguiente: ¿tan crítica era la situación del Santander y del sistema financiero español en el 2006, pleno periodo de prosperidad económica, que no podía soportar el embargo de 101 millones de euros? ¿El embargo de 101 millones de euros al Santander causaría en 2006 un impacto en el sistema financiero español, con todo lo acontecido posteriormente y los miles de millones que ha costado el rescate bancario? Evidentemente no».

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