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El ayuntamiento de Madrid pide la paralización de las medidas cautelares de hacienda

El área de Economía y Hacienda, pide en su defecto, un alzamiento parcial para los 127 millones en un grado de ejecución avanzado o completo

Agustín Millán
Agustín Millánhttp://pompona22.wixsite.com/agustinmillan
Foto periodista especializado en manifestaciones y actos sindicales. Desde 2011 fotografiando la crisis más dura de la historia moderna. Responsable de redes sociales de la Cumbre Social España. Fotógrafo con 5 campañas electorales entre ellas la de Manuela Carmena y la de Enrique Santiago en IU Madrid.
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El Ayuntamiento de Madrid quiere poder utilizar los acuerdos de crédito de 275 millones destinados a Inversiones Financieramente Sostenibles. Para ello, el área que dirige Carlos Sánchez Mato, propone el alzamiento total de las medidas cautelares al TSJM, para cumplir con lo pactado con el Estado en materia de estabilidad presupuestaria o, en su defecto, la aplicación de una caución sustitutoria para una parte de los créditos afectados.

La alcaldesa en funciones, Marta Higueras, –Manuela Carmena se encuentra en México, en la Feria Internacional del libro de Guadalajara-, anunció que el plazo para presentar este recurso de reposición termina el martes pero que el Gobierno municipal al presentar este recurso y no agotar los plazos, pretender poder reanudar aquello que ha quedado suspendido.

Según ha expresado el Consistorio, si se mantienen las medidas cautelares, se produciría la pérdida del objeto del proceso, explica el recurso. «La adopción de las medidas cautelares solicitadas por la Delegación del Gobierno produciría en este proceso un resultado totalmente ajeno al que les reconoce la ley procesal, porque no tendrían un efecto provisional o cautelar, sino definitivo e inexorable«, apunta.

Las Inversiones Financieramente Sostenibles -son inversiones que se realizan con cargo al remanente de tesorería (superávit) del año anterior y deben ejecutarse en el año en curso, en este caso 2017-. «Si quedan suspendidas por las medidas cautelares hasta que se dicte sentencia habrá pasado ese año y por tanto sería jurídicamente imposible realizarlas», apuntan desde la Concejalía de Economía y Hacienda.

Para el Ayuntamiento, según el recurso interpuesto, las dos razones por las que el TSJM acordó medidas cautelares «carecen de virtualidad jurídica».

Uno de los argumentos del TSJM es la prevalencia del interés general del conjunto del Estado en materia de estabilidad presupuestaria y cumplimiento de los compromisos con la Unión Europea. –El techo de gasto que Montoro impone a los Ayuntamientos-.

El Ayuntamiento de Madrid, argumenta; no es cierto que el incumplimiento de la regla de gasto pueda comprometer el interés general de España, argumenta el recurso del Ayuntamiento. «La normativa europea no establece ninguna consecuencia directa por el incumplimiento de la regla de gasto (a diferencia de lo que sucede con el déficit)».

Según la Concejalía que dirige Sánchez Mato, los más de 1.000 millones de superávit, «la situación presupuestaria del Ayuntamiento de Madrid no sólo es irreprochable, sino que se puede decir que es absolutamente ejemplar» de cara a la legislación europea.

También recuerda en el recurso, que los créditos afectados por las medidas cautelares ni siquiera afectan al cálculo de la regla de gasto, puesto que se hacen con cargo a remanente de tesorería del ejercicio anterior que no incrementa el gasto computable.

Que es el llamado techo de gasto                                                                                                                         

La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF), define la regla de gasto, como un instrumento de disciplina presupuestaria que trata de garantizar la sostenibilidad de las cuentas públicas de manera que, en un horizonte de medio plazo, el crecimiento del gasto de las AAPP venga limitado por la capacidad de financiarlo con ingresos estables y sostenidos en el tiempo.

El recurso, que aporta documentación de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) y del propio Ministerio de Hacienda y Función Pública, propone el alzamiento de las medidas cautelares para los 275 millones de Inversiones Financieramente Sostenibles afectados.

En su defecto, el Ayuntamiento solicita un alzamiento parcial para los 127 millones que se encuentran en un grado de ejecución avanzado o completo y una caución sustitutoria para los 15 millones de IFS que se corresponden con créditos ya autorizados. Esa caución se financiaría con cargo al Presupuesto de 2018.

¿Qué son las inversiones financieramente sostenibles?

Se trata de una medida adoptada mediante el Decreto Ley 2/2014, por el que los ayuntamientos que tengan superávit, en sus cuenta de tesorería y que no superen el máximo de deuda permitido, están autorizados a invertir ese remanente en inversiones sostenibles.

Lo que quiere decir es que, en vez de destinar ese superávit únicamente a la amortización de la deuda, los ayuntamientos pueden destinar ese remanente a actuaciones sostenibles, -inversiones que están encaminadas a mejorar de alguna forma las condiciones de vida y los servicios a los ciudadanos en el entorno local-.

Estas inversiones deben estar hechas con miras a largo plazo (vida útil de al menos 5 años) y están sujetas a un control presupuestario que garantice que son sostenibles financieramente para la entidad local.

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