En el día de hoy han coincidido dos hechos: el comunicado al President Torra que el juicio contra él por haberse negado a retirar los símbolos en las anteriores elecciones –según le había conminado la Junta Electoral Central– se celebrará el 18 de noviembre, pasadas las elecciones (un juicio en el que Torra está acusado por desobediencia) y una resolución que ha sido adoptada hoy que nada tiene que ver con la JEC. En un principio la fecha acordada era el miércoles 25 y el jueves 26 de septiembre, fechas en las que ya estaba anunciada la celebración del Debate de Política General del Parlament. La nueva fecha, sitúa el juicio una vez celebradas las elecciones generales.

En el juicio que se celebrará el 18 de noviembre, la Fiscalía de Cataluña ha pedido para Torra una condena de un año y ocho meses de inhabilitación para ejercer cargos de responsabilidad pública y una multa de 30.000 euros. Este procedimiento tuvo su inicio por una denuncia de la formación política de Ciudadanos ante la Junta Electoral Central.

La resolución adoptada hoy por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña establece como medidas cautelares, ante la demanda interpuesta por la asociación Impulso Ciudadano, presidida por el que fuera líder de Sociedad Civil Catalana, José Domingo, que tiene como fin “promover y defender el pluralismo político, ideológico, lingüístico y cultural en España”. Entienden en su denuncia que se está produciendo el incumplimiento de los deberes a los que “está sometida la Administración Pública en representación de la ciudadanía”.

En sus redes sociales, Impulso Ciudadano se mostraba satisfecho al anunciar que la denuncia estaba prosperando, al conocer la decisión del TSJC al respecto de las medidas cautelares:

 

 

La medida establece un plazo de 48 horas para retirar la pancarta que está actualmente colgada en el balcón de la plaza Sant Jaume, en el Palacio de la Generalitat. Además, le da al President un plazo de 5 días para recurrir la medida. Cabe señalar que esta medida no tiene nada que ver con cuestiones electorales, ya que la denuncia se ha interpuesto en términos generales, es decir, considerando que la institución del Govern debería ser “ajena” a estas cuestiones de índole “política”. Cabe señalar, también, que la decisión no ha sido unánime, ya que uno de los magistrados ha emitido un voto particular al considerar que no ve “perturbación significativa del interés público” en el hecho de blandir una pancarta reivindicativa.

Según ha señalado el letrado Gonzalo Boye, el plazo de 48 horas por parte del TJSC “no va ni de lazos ni de neutralidad del espacio público, sino de inhabilitaciones y alteración del panorama político”.

 

Recusación de los jueces que han de juzgar al President

 

El pasado ocho de julio, la defensa del President Torra pidió la recusación del magistrado instructor, Carlos Ramos, en su procesamiento por desobediencia. Según alegaba la defensa del President, el juez podría haber incurrido en una falta de imparcialidad en las afirmaciones contenidas en el auto de acusación del 27 de junio de 2019, tales como que “Torra pretendió (…) persistir en la desobediencia”. Según su abogado, “Se trata de frases, razonamientos y manifestaciones rotundas y de evidente culpabilidad que reflejan, en toda su intensidad, la posición ya asumida por parte del instructor”, pudiendo darse la circunstancia de estar atentando contra el derecho a la presunción de inocencia. Además, se denunció también la cercanía de este magistrado con el PSC, que fue quien promovió su nombramiento.

A continuación, el President Torra recusó a dos magistrados más: Jesús María Barrientos y Mercedes Armas, por su “absoluta falta de imparcialidad”. En el escrito que presentó su defensa, se indica que “Barrientos se ha pronunciado pública y publicadamente sobre aspectos que son esenciales dentro de lo que será el debate fáctico y jurídico del presente procedimiento”, citando algunas de sus manifestaciones públicas.

El Tribunal Superior de Justicia admitió a trámite la petición del President contra Barrientos y Armas y el 13 de septiembre decidió apartar cautelarmente a Barrientos y Armas de conocer del asunto hasta que fuera resuelta la cuestión sobre su recusación.

Un magistrado que rechaza su propia recusación 

 

Ha sido hoy cuando Carlos Ramos ha rechazado las recusaciones planteadas por el President Torra: él mismo ha rechazado su propia recusación y ha propuesto la inadmisión de las de Barrientos y Armas. El magistrado Ramos ha señalado que no existe ningún dato, “por mínimo que sea” que pueda probar que albergue malestar o disgusto contra el President de la Generalitat, y rechaza así que tenga enemistad manifiesta hacia Torra que pudiera justificar su separación de la causa por desobediencia contra el President.

 

 

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