Los secretarios generales de UGT y CCOO, Pepe Álvarez e Ignacio Fernández Toxo, han a registrado una propuesta en el Congreso de los Diputados, para reclamar que se deroguen los artículos 315.3, y 172 del Código Penal que socavan nuestra democracia y recortan el derecho de huelga.

Previamente, la pasado semana los secretarios generales de UGT y CCOO, enviaron una carta a los grupos parlamentarios la propuesta sindical de reforma del Código Penal para la descriminalización del ejercicio del derecho de huelga, recogido en la Constitución española, en el Título I. de la De los derechos y deberes fundamentales, Capítulo segundo. Derechos y libertades, Sección 1.ª De los derechos fundamentales y de las libertades públicas Artículo 28

  1. Todos tienen derecho a sindicarse libremente. La ley podrá limitar o exceptuar el ejercicio de este derecho a las Fuerzas o Institutos armados o a los demás Cuerpos sometidos a disciplina militar y regulará las peculiaridades de su ejercicio para los funcionarios públicos. La libertad sindical comprende el derecho a fundar sindicatos y a afiliarse al de su elección, así como el derecho de los sindicatos a formar confederaciones y a formar organizaciones sindicales internacionales o a afiliarse a las mismas. Nadie podrá ser obligado a afiliarse a un sindicato.
  2. Se reconoce el derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses. La ley que regule el ejercicio de este derecho establecerá las garantías precisas para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad.

Casi 300 sindicalistas, han sido encausados por ejercer el derecho fundamental a la huelga. En su gran mayoría por su participación en las huelgas generales del 29 de septiembre de 2010 y del 29 de marzo de 2012. Aunque hay dos huelgas generales, la del transporte 2008 que afectan a 12.

La propuesta sindical de reforma del Código Penal para la descriminalización del ejercicio del derecho fundamental de huelga, pide derogar el actual artículo 315.3 del Código Penal, así como la modificación del art. 172 sobre el delito de coacciones.

“El art. 315 debe proteger la relación colectiva de trabajo y el derecho de huelga, y no puede ser utilizado para criminalizar la actuación no violenta de los piquetes de la propia huelga, cuyas funciones forman parte del contenido esencial de tan importante derecho fundamental.” Explica la propuesta de los sindicatos CCOO y UGT.

Pepe Álvarez e Ignacio Fernández Toxo secretarios generales de UGT y CCOO / Fotos: Agustín Millán.

En el año 2015 se aprobó una enmienda al art. 315 en el Congreso y Senado durante la reforma del Código Penal en el año 2015, que se limita a modificar dicho apartado, pero sin derogarlo, como solicitaron los sindicatos. Aquella reforma no fue objetiva, “configura un tipo penal que habilita criterios interpretativos específicos contra la actividad sindical; interfiere en la aplicación de la doctrina jurisprudencial sobre los requisitos del delito de coacciones para sancionar por esa vía cualquier incidente o altercado en el desarrollo de un huelga, aunque no genere daños ni riesgo para personas o bienes; agrava las penas derivadas del delito genérico de coacciones; y opera en la práctica como un tipo especial agravado, por el mero hecho de ejercer un derecho fundamental, contradiciendo flagrantemente la doctrina constitucional”, explican el carta a los grupos parlamentarios los secretarios generales de UGT y CCOO, Pepe Álvarez e Ignacio Fernández Toxo.

Los sindicatos reclaman un cauce normativo, que permita suprimir, cualquier criminalización del derecho de huelga. El derecho de huelga está siendo duramente reprimido en España, mediante la aplicación del artículo del Código Penal (315.3), redactado durante la dictadura de Franco y que ha sido recuperado para reprimir y coartar el derecho de huelga en las últimas huelgas generales.

UGT y CCOO reclaman la derogación total de estos artículos y el apoyo de todos los grupos políticos a su propuesta. Quebrantar los derechos fundamentales recogidos por la Constitución Española, con argucias de la época franquista, viola los derechos, no solo de los sindicatos, sino de todos los trabajadores y trabajadoras, y del conjunto de la ciudadanía en general.

Para Pepe Álvarez secretario general de UGT, “se trata una propuesta para que, finalmente no haya ninguna posibilidad de que sindicalistas, por el simple hecho de participar, o de ayudar a que otros pueden participar en una huelga, se vean en las puertas de los juzgados, como hemos ido viendo a lo largo del último año. Todavía quedan algunos centenares por pasar, ante una acusación de la Fiscalía, desde todos los puntos de vista desmedida, y sin ningún tipo de rigor”.

“Esta es una buena oportunidad para que el Congreso restaure el derecho huelga, restaure la libertad para que los ciudadanos y los sindicalistas que queramos poder ejercer el derecho de huelga, lo podemos hacer con plenas garantías.

Pepe Álvarez de UGT espera “que sea tomada en consideración por los partidos políticos, más allá de las posiciones que puedan tener en un tema en otro, al principio de libertad. Esta es una proposición que quiere garantizar la libertad de huelga, la libertad de manifestación.”

En declaraciones a los medios, para Ignacio Fernández Toxo secretario general de CCOO, “la revisión que se hizo del artículo 315.3 en 2015 es «insuficiente», porque «sigue estableciendo la huelga como un sujeto sobre el que aplicar el Código Penal cuando lo que debería hacer es protegerlo de los abusos de los empresarios que, en muchos casos, han tenido repercusiones en forma de peticiones penales de prisión a sindicalistas».

DEJA UNA RESPUESTA

Comentario
Introduce tu nombre