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El Tribunal de Justicia de la UE insta a cobrar el impuesto de inmuebles a la Iglesia

La resolución contra Italia abre el camino para que el Gobierno español pueda recaudar tributos por las más de 100.000 propiedades inmobiliarias que la Iglesia posee en nuestro país y revisar los acuerdos con la Santa Sede

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análisis

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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha anulado la orden por la que Bruselas renunciaba a recuperar las “ayudas ilegales” concedidas por Italia en forma de exención del impuesto municipal sobre bienes inmuebles a instituciones eclesiásticas y religiosas. De esta manera, las empresas y competidores que se sientan directamente afectados por las ventajas que el Estado italiano otorga a la Iglesia católica tendrán derecho a recurrir a los órganos jurisdiccionales de la Unión para solicitar la anulación de medidas de este tipo.

Mediante una decisión de 19 de diciembre de 2012, la Comisión Europea declaró que la exención del impuesto municipal sobre bienes inmuebles (ICI) concedida por Italia a entidades no comerciales (como instituciones eclesiásticas o religiosas) que ejercieran en sus edificios determinadas actividades sociales (colegios, alojamiento, internados, etc), constituía una “ayuda de Estado ilegal”. Sin embargo, la Comisión nunca llegó a ordenar la recuperación efectiva del dinero, por estimar que poner en marcha ese complejo proceso recaudatorio sería “absolutamente imposible”. Además, contrariamente consideró que la exención fiscal prevista en el nuevo régimen italiano del impuesto municipal único (IMU) ‒aplicable en Italia a partir del 1 de enero de 2012‒, “no constituía una ayuda de Estado”.

Fueron dos denunciantes, el centro de enseñanza privada Scuola Elementare Maria Montessori y un particular, Pietro Ferracci, propietario de un hotel bed & breakfast, quienes llevaron la cuestión a los juzgados europeos al sentirse agraviados y solicitar al Tribunal General de la UE que anulase dicha decisión de la Comisión. Los denunciantes alegaban que esa resolución les había colocado en una posición “competitiva desventajosa respecto de las instituciones eclesiásticas o religiosas instaladas en las inmediaciones que ejercían actividades similares a las suyas y podían beneficiarse de las exenciones fiscales en cuestión”.

Ahora cabe preguntarse si el amparo que el anterior Gobierno de Mariano Rajoy ha concedido durante años a la Iglesia católica, mediante acuerdos, ayudas y subvenciones por la vía de impuestos ha supuesto también un manejo de fondos públicos al margen de las directivas europeas. Cuando a Rajoy algún diputado le pidió un listado del patrimonio inmobiliario de la Iglesia española la respuesta, tan laxa como surrealista, fue que se había requerido la información al Colegio de Registradores de la Propiedad, pero que no hubo respuesta. Diario16 ha podido saber que la consigna entre los ministros del PP era meter en un cajón buena parte de las nuevas normativas que como esta llegaban de Bruselas. ¿Ha gozado la Iglesia católica, por tanto, de privilegios como el exención del IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles)? El Tribunal Supremo, en una sentencia de 4 de abril de 2014, estableció la exención total del pago de este impuesto por todos sus inmuebles, salvo los afectados por explotaciones económicas. El fallo concluyó que se trataba de un caso de interés general, “siendo evidente que la titularidad de bienes inmuebles de la iglesia Católica en España alcanza un volumen muy extenso”. En aquella sentencia los magistrados se acogieron al artículo 15.1 de la ley 49/2002 de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos, que establece que “estarán exentos del IBI los bienes de los que sean titulares, en los términos previstos en la normativa reguladora de las Haciendas locales, las entidades sin fines lucrativos, excepto los afectos a explotaciones económicas no exentas del Impuesto sobre Sociedades”. De esta manera, tuvo que ser el alto tribunal el que zanjara la cuestión (a favor de la curia), poniendo orden de paso a las múltiples sentencias dispares dictadas por los juzgados de lo contencioso administrativo en primera instancia.

Según cifras oficiales, se calcula que la Iglesia católica posee unos 100.000 inmuebles en España. Ello supondría que tendría que tributar unos cinco millones de euros de aplicarse sentencias como la que acaba de dictar el Tribunal Europeo. No parece que los obispos estén temblando ante esta resolución que llega de lejos, tanto como Luxemburgo, ya que la curia siempre ha gozado de bonificaciones de este tipo acogiéndose a los concordatos del Estado español con la Santa Sede. Así que pobre de aquel Gobierno que ose meterle mano a la fiera, ya que tendrá que lamentar, una vez más, aquel viejo dicho castellano de “con la Iglesia hemos topado”.

Obligar a pagar tributos a la Iglesia católica española siempre ha sido motivo de conflicto, cisma y ruptura entre el poder espiritual y el poder terrenal. El pasado mes de agosto, el Gobierno de Pedro Sánchez anunció que está elaborando un listado exhaustivo de bienes inmatriculados por la Iglesia católica –es decir, aquellos que la institución ha ido inscribiendo a su nombre en el Registro de la Propiedad con el paso de los tiempos–. De esa manera, el Ejecutivo socialista abrió un nuevo camino para que el Estado pueda reclamar la titularidad de estos inmuebles, o al menos, en su caso, pueda cobrar por ellos algún tipo de impuestos, siempre que no estén destinados al culto religioso. Fue entonces cuando estalló la polvareda mediática a cuenta de la Mezquita de Córdoba, que el Gobierno socialista de Susana Díaz pretendía convertir en un bien de titularidad pública. Hasta tal punto la idea molestó a la diócesis que el Cabildo Catedralicio recordó, a través de un comunicado, que “toda la legislación internacional y nacional avala que la titularidad del templo pertenece a la Iglesia Católica desde 1236”.

Cabe plantearse ahora si tras la reciente reunión que la vicepresidenta Carmen Calvo ha mantenido con el cardenal Pietro Parolin en el Vaticano el Estado español se pondrá en su sitio y de una vez por toda aplicará el principio de igualdad a la hora de cobrar los debidos impuestos a la Iglesia, tal como sugiere la sentencia del Tribunal Europeo. Lamentablemente, y pese a que la intención del Gobierno es suprimir beneficios fiscales a la curia, se ha cruzado por el camino el espinoso asunto de la exhumación de Franco del Valle de los Caídos. En ese contexto, las bonificaciones tributarias podrían ser la moneda de cambio en las difíciles negociaciones. El Estado tendría que transigir para que todo siga igual y Roma no pondría objeciones al traslado de los huesos del dictador. De ser así, una vez más la Iglesia católica habría mantenido sus viejos privilegios económicos tan injustos como medievales. Y es que en España los curas y los banqueros –ya lo hemos visto con la sentencia de las hipotecas‒, siempre ganan.

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3 COMENTARIOS

  1. Mi reino no es de este mundo Puede que su mundo no, pero sus herederos, baya que si.Un genocidio bendecido por ellos y la vida eternamente fácil y rica de este mundo con, la esquilma de sus feligreses y la resta que, pagamos si o si. Su maestro entró con un burro alquilado y sus alumnos ya son toda una potencia económica.

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