La titular del Juzgado de Instrucción número 10 de Sevilla, Pilar Ordóñez Martínez, ha acordado que se continúe con el procedimiento para juzgar por un presunto delito contra los sentimientos religiosos a tres mujeres que realizaron el 1 de mayo de 2014 una supuesta procesión convocada bajo el nombre de “la hermandad del sagrado coño insumiso” por las calles del centro de la ciudad de Sevilla.

En el auto judicial, se especifica que estos hechos pueden constituir un delito contra los sentimientos religiosos recogidos en el artículo 525 del Código Penal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 779.1.4 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Aquel día, una convocatoria de feministas bajo el encabezamiento ‘Aquelarre Feminista’ celebró una marcha por las calles de la capital sevillana bajo la denominada Semana “de lucha social, de la indignación a la acción”.

Sin previo aviso a la Subdelegación del Gobierno, unas doce mujeres aparecen en los vídeos recogidos de aquel día con capuchas a modo de penitentes y otras cuatro portando la imagen “de lo que parece un órgano genital femenino, a modo de Imagen Sagrada, siendo portada en andas simulando un paso procesional de la Semana Santa”, según indica el auto judicial. Una de ellas le colocó un velo negro al órgano genital, a lo que se suman otro grupo de mujeres vestidas de negro y con mantillas imitando a las mujeres que visten de tal forma en la Semana Santa.

“La Virgen María también abortaría”, gritaron las manifestantes junto a la basílica de la Macarena

La procesión iba encabezada por un cartel que indicaba ‘Sagrado coño insumiso’. En el recorrido, las manifestantes realizaron cánticos y gritos y simulaban saetas y plegarias, todo ello acompañado de instrumentos musicales. Una de las imputadas gritó a la altura del Arco de la Macarena: “La Virgen María también abortaría”. Otras gritaban: “Hay que quemar la Conferencia Episcopal”, además de otros cánticos que manipulaban, según el auto judicial, la letra del Credo y el Ave María. Entre las frases destacaba: “Me la suda la Iglesia Católica”.

Por todo ello, la jueza de Sevilla ve “motivos suficientes” para atribuir este delito a las tres inculpadas. Tras concluir la instrucción de los hechos, la juez pide  a las acusaciones que en el plazo de 10 días soliciten la apertura de juicio oral, formulando escrito de acusación o sobreseimiento de la causa.

 

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